Fomento quiere ajustar al máximo el coste de la obra pública y en busca de ese objetivo ha tomado una decisión que traerá cola. La secretaría de Estado de Infraestructuras que lidera Rafael Catalá ha trasladado a la Abogacía del Estado una resolución por la que insta a suprimir la revisión de precios en los contratos de obra y servicios que, a partir de finales de abril, tengan que ver con ese área de Fomento. De ella cuelgan las direcciones generales de Carreteras o la de Ferrocarril.
Con esta decisión se deja a riesgo y ventura de las constructoras cualquier subida en los costes por la evolución de la economía, el encarecimiento de la energía o de las materias primas durante la ejecución de proyectos.
Las políticas de austeridad del Gobierno han supuesto una notable reducción del presupuesto para inversiones desde 2009. En este contexto, el secretario de Estado observa en su resolución que se han aplicado reprogramaciones en los plazos de ejecución de obras y se han rebajado anualidades. Pero los compromisos adquiridos para próximos años y la política de recortes impulsada por Hacienda siguen dejando “un escaso margen de maniobra para abordar nuevas actuacionesâ€, dice el texto de Catalá.
A menos presupuesto, mayor necesidad de centrarse en las actuaciones prioritarias y de “contar con un nivel de certidumbre en cuanto al coste de las mismas [por las obras]â€, reflexiona. Lo que pretende el Gobierno es que sus contratistas realicen ofertas “viables†en los concursos, incluyendo las posibles desviaciones en el coste de ejecución.
El gestor de la infraestructura ferroviaria, Adif, ya ha empezado a licitar obra primando la renuncia a la revisión de precios, lo que ha generado indignación entre los contratistas y ha motivado una carta del presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Juan Lazcano, al propio Catalá. En ella se recoge que el proyecto de renovación de la vía Torrelavega-Santander incluye “como criterio de puntuación y valoración global de las ofertas la renuncia expresa a la aplicación de la revisión de preciosâ€. Desde la CNC se valora que esta innovación en los contratos podría ser ilegal. Lazcano pide en la misiva, fechada la semana pasada, que se “reconduzcan†los pliegos que se están publicando ante la “extraordinaria†preocupación generada.
Guerra contra las bajas
Uno de los retos en la pasada legislatura fue acabar con las bajas temerarias (ofertas muy por debajo del precio de licitación) y posteriores modificados que fueran alineando el precio de ejecución con el presupuesto de licitación. Un reto que tambiíén ha asumido la actual ministra Ana Pastor. Desde su departamento se asegura que la baja media en las ofertas recibidas en los últimos años se sitúa en torno al 25%, mientras el precio final de las obras “ha sido similar a los presupuestos de licitaciónâ€.
Fomento opina que sus estimaciones económicas en los pliegos ofrecen margen suficiente para que los ofertantes prevean posibles desviaciones en la ejecución de las obras. Pero donde antes se ejecutaba un proyecto en unos meses, ahora se puede llevar varios años por las restricciones presupuestarias. En este sentido, según fuentes del sector, la supresión de la revisión es una patata caliente para las empresas.
“La revisión de precios es el único procedimiento que tienen las empresas para que se liquiden las obras por sus costes reales. Y eso es tanto más importante cuando la Administración está alargando los plazos con las reprogramaciones y, aún más, cuando los Ministerios inversores son los que hoy pagan con más atraso sus obrasâ€, explica Jaime Lamo de Espinosa, presidente de la patronal de constructoras de obra civil ANCI.
El colectivo aprecia que el momento elegido para la supresión de la revisión de precios tambiíén es inoportuno a la vista de las tensiones de tesorería que sufren las constructoras por los retrasos del pago de la Administración. En ANCI calculan que se están pagando las obras a seis meses vista.
Reglas del juego hasta ahora
1. La revisión de precios se basa en fórmulas aprobadas en Consejo de Ministros e índices oficiales. En virtud del artículo 89 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Administración tiene potestad para eliminar esa figura en los contratos de obras y servicios, en los que debe detallarse por regla general las fórmulas o sistemas de revisión de precios aplicables.
2. La alteración de los tíérminos de los contratos de obra pública, en materia de precios, no es posible antes de cumplirse un año desde la formalización o antes de alcanzar el 20% de ejecución.
3. La revisión de precios excluye la evolución del coste de la mano de obra y recoge 16 materiales básicos en la construcción cuyos cambios de valor pueden repercutir seriamente en el coste de una obra: desde el cemento, hasta la madera, el cobre, aluminio, materiales bituminosos, áridos y rocas, materiales plásticos, etcíétera. En contextos de fuertes desviaciones al alza del precio de la mano de obra o de la financiación, la Administración puede autorizar, con carácter transitorio, la introducción de factores correctores de estas circunstancias inesperadas.
4. Expertos del sector de la construcción valoran que la revisión de precios en los contratos de Fomento suele ser imputable a una media del 40% del presupuesto en una obra. Las mismas fuentes calculan que hasta ahora, al final del plazo de ejecución de un proyecto, los precios de las materias primas venían encareciíéndose alrededor del 3% al 3,5%. Con ello, en una obra de 100 millones se revisaban precios sobre 40 millones del presupuesto y a la conclusión de la obra el encarecimiento venía a ser de 1,4 millones. Los presupuestos de Fomento en 2013 recogen casi 240 millones de gasto por revisión de precios en contratos que vienen de años atrás.
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