La presencia de cláusulas suelo de manera poco transparente en los contratos hipotecarios era un secreto a voces para el Banco de España. Desde hace meses -algunos abogados hablan de año y medio-, su servicio de reclamaciones viene emitiendo informes, no vinculantes, en los que da respuesta favorable a las reclamaciones de clientes contra varias entidades financieras por la falta de transparencia a la hora de informar sobre ellas.
En dichos documentos, como al que ha tenido acceso El Confidencial, el Banco de España no entra a valorar si las cláusulas son o no abusivas, sino si la entidad en cuestión quebrantó la normativa sobre transparencia o buenas prácticas bancarias. Es decir, si informó adecuadamente a sus clientes sobre la presencia de estas cláusulas en los contratos hipotecarios y sobre las implicaciones de dicha presencia.
“En relación con los hechos que motivan esta reclamación, podría observarse, por parte de la entidad reclamada, quebrantamiento de la normativa de transparencia y las buenas prácticas y usos bancarios al no haber quedado suficientemente acreditada la entrega a su cliente de la oferta vinculanteâ€.
Así, en este informe, con fecha de febrero de 2013, el organismo regulador señala que “nada nos indica del cumplimiento, o no, por parte de la entidad prestamista del requisito de información previa que corresponde en relación a las cláusulas financieras de la financiación hipotecaria a formalizarâ€. Y añade, por tanto, que “dicha circunstancia no puede ser sino merecedora de un pronunciamiento contrario al proceder de la entidad reclamada…â€
El Banco de España constata que el notario incluyó en la parte final de la escritura que tenía a la vista la oferta vinculante, si bien advierte de que “la entidad no acredita su previa entrega a la ahora reclamante y ello con la antelación debidaâ€. El organismo recomienda que este documento se entregue con una antelación no menor a tres días hábiles.
La banca ignora los informes en su contra
Los informes del Servicio de Reclamaciones del Banco de España no son vinculantes. Es decir, el banco no está obligado a someterse a sus conclusiones y, en la práctica, casi nunca lo hace, según aseguran a El Confidencial diferentes abogados.
De hecho, el propio Banco de España reconoce que "de persistir la parte reclamante en su consideración de que la cláusula es abusiva, deberá, si lo considera oportuno, recabar la intervención de la autoridad administrativa de consumo y/o de los jueces y tribunales de justicia, únicos competentes, cada uno en su ámbito de actuación, para determinar la existencia de tal circunstancia y los efectos que de ellos pudieren derivarseâ€.
"A los bancos les debería interesar llegar a un acuerdo. Sin embargo, esto suele ser bastante inusual", señala Javier Sevillano, abogado experto en derecho bancario de Legal & Media. Explica que "la banca prefiere dilatar el proceso en los tribunales, donde puede ganar hasta 28 meses. Durante este tiempo no tiene que devolver un euro y, además, consigue desmotivar y laminar el ánimo del resto de clientes que decide acudir a la vía judicial".
La cuestión no es baladí. Según Denunciascolectivas.com, a partir de datos del Banco de España, en 2010, el 30% de las hipotecas contaba con una cláusula suelo. Esta plataforma, que defiende a más de un millar de afectados, estima que el perjuicio para los 4 millones de damnificados durante el año 2013 podría ascender a 6.000 millones de euros. Una cifra que es el resultado de aplicar lo que se ahorraría cada familia de media, unos 1.520 euros al año, al considerar una media de las cláusulas suelo de 3,5% y un Euribor del 0,588% -cierre de noviembre-, y teniendo en cuenta un diferencial de 0,6% de media de las hipotecas suscritas entre el año 2004 y el año 2010.
Cláusulas legales
Durante 2011, el Banco de España recibió 11.800 reclamaciones y quejas por parte de los consumidores y usuarios bancarios, una cifra casi un 20% inferior a la de 2010, pero significativamente muy superior respecto a varios ejercicios anteriores. De hecho, en su memoria de 2011, el organismo reconoce un fuerte repunte de las reclamaciones ante "la creciente complejidad de los productos financieros, una mayor sensibilidad de los consumidores hacia los servicios ofrecidos por los bancos y la incidencia de la actual situación económica".
La presencia de cláusulas abusivas, como el suelo y el techo en las hipotecas, ha motivado numerosas quejas ante las cuales, en los últimos años, el discurso del Banco de España se ha ido modificando, según los abogados. "Hace tres o cuatro años se limitaba a establecer que las cláusulas no eran abusivas y no entraba en profundidad sobre la falta de transparencia a la hora de informar al cliente, algo que sí que hace desde el último año y medio, en línea con las sentencias recientemente conocidas tanto del Tribunal de Justicia Europeo como del Tribunal Supremo", explica un abogado que prefiere mantener el anonimato. "Ahora, por el contrario, ya se entra a valorar si ha habido mala praxis bancaria en la comercialización de esas hipotecas y si el banco informó debidamente al cliente", añade.
En línea con el Tribunal de Luxemburgo y el Supremo, el Banco de España reconoce en su informe la legalidad de dichas cláusulas siempre y cuando se haya informado debidamente al cliente. Y añade que la presencia de cláusulas “suelo†es muy habitual en los príéstamos hipotecarios.