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Autor Tema: Los promotores logran que la reserva de suelo para VPO se suspenda cuatro años  (Leído 159 veces)

Eguzki

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¿Por quíé reservar suelo para seguir construyendo viviendas protegidas si no hay demanda suficiente siquiera para esta clase de pisos y además en algunas regiones son más caras que las viviendas libres? La respuesta ha llegado en forma de enmienda del PP al proyecto de ley de rehabilitación. Así­, según el texto que modificará la futura norma, las comunidades autónomas podrán dejar en suspenso hasta cuatro años, a contar desde la entrada en vigor de la ley, la reserva mí­nima de suelo para edificar vivienda protegida (VPO).

No obstante, la enmienda, que saldrá adelante con toda seguridad por ser impulsada por el partido mayoritario, estipula que para poder suspender esa reserva tendrán que cumplirse dos requisitos. El primero de ellos es que en el territorio donde se vaya a dejar sin efecto dicha reserva deberá existir un porcentaje de VPO ya terminadas y sin vender superior al 15% de los pisos protegidos previstos o resultantes del planeamiento vigente. Además, insiste en que deberá haber “una evidente desproporción entre la reserva legalmente exigible y la demanda real con posibilidad de acceder a dichas viviendas”.

En la modificación que se incluirá en la ley, que se aprobará el jueves, otro de los requisitos que establece como imprescindible para poder aplicar esta suspensión es que los instrumentos de ordenación urbana del municipio no hayan sido aprobados definitivamente antes de la entrada en vigor de esta norma o no cuenten aún “con la aprobación definitiva del proyecto de equidistribución necesario”.

Como criterio general, la Ley de Suelo establece que los planeamientos urbaní­sticos deben reservar el 30% de la edificabilidad a la construcción de viviendas con algún grado de protección para garantizar el acceso a una casa a todas las familias, con independencia de su nivel de ingresos. Ese porcentaje se puede modular incluso al alza (en Madrid ha llegado a ser del 50%) para atender a las circunstancias de algunas urbes. Fuentes del PP explicaron que la enmienda trata de adecuar la legislación a la realidad del mercado.

O dicho de otro modo, con tantas viviendas vací­as o en desuso no tiene mucho sentido reservar suelo para seguir construyendo esta clase de casas. Primero porque no hay demanda aunque sean más baratas que las del mercado libre, ya que la financiación está igual de difí­cil para unos y otros inmuebles. Es más, en comunidades como Castilla-La Mancha en la actualidad es más difí­cil comprar una VPO que una vivienda libre.

Otro argumento de peso que explica esta supresión de la reserva de suelo es que el nuevo plan cuatrienal elimina todas las ayudas públicas a la promoción de VPO, por lo que hubiera sido un sinsentido mantener esa obligatoriedad, según admiten desde una promotora. Un informe de la Defensora del Pueblo puso de manifiesto cómo en España las comunidades gestionan un parque de 250.000 casas públicas, de las que 13.500 están vací­as. Y de estas, casi 10.000 (9.700) podrí­an ocuparse ya.

Los promotores habí­an reclamado esta medida como una de las acciones que contribuirá a sacar al mercado el ingente stock de pisos terminados que existen. En el documento que a travíés de CEOE han hecho llegar al Gobierno recuerdan que eliminando esas rigideces se podrán localizar zonas donde hay potencial de demanda de obra nueva que no se ha construido todaví­a porque el suelo estaba reservado a VPO. “Se trata de flexibilizar el funcionamiento de la industria y adecuarlo a las condiciones de cada territorio”, defiende la patronal.

La no certificación energíética conllevará multas
Cuando falta menos de un mes para la entrada en vigor del certificado energíético obligatorio para viviendas que se quieran vender o alquilar (1 de junio de 2013), el PP ha establecido el tipo de infracciones al respecto y sus correspondientes sanciones. Desde leves a muy graves, de 300 a 6.000 euros, cantidad máxima que incluso puede incrementarse. Una falta leve, por ejemplo, será intentar vender o alquilar un piso sin hacer mención a su calificación.

El PP ha incorporado este ríégimen sancionador a travíés de sendas enmiendas al proyecto de ley de rehabilitación. De este modo, se considerarán infracciones muy graves falsear la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como tíécnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar con los permisos pertinentes, y publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no estíé respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado.

Las infracciones graves serán incumplir la metodologí­a de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro, no incorporar el certificado de eficiencia energíética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real y vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor.

Finalmente, constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de edificios sin hacer mención a su calificación o no exhibir la etiqueta de eficiencia.
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