INICIO FOROS ÍNDICES DIVISAS MATERIAS PRIMAS CALENDARIO ECONÓMICO

Autor Tema: ¿Quiíén gana y quiíén pierde con la reforma fiscal de los expertos?  (Leído 251 veces)

Eguzki

  • Socio Foxinver
  • Excelente participación
  • ***
  • Mensajes: 26.157
  • Karma: +0/-1
Todas las reformas fiscales de calado tienen ganadores claros, perdedores y contribuyentes que se quedan más o menos igual. La propuesta presentada el viernes por la comisión de expertos presidida por Manuel Lagares no es una excepción. El documento sigue las recomendaciones generales de los organismos internacionales y apuesta por reducir la fiscalidad directa (IRPF y Sociedades), subir la indirecta (reordenación del IVA y aumento de impuestos especiales). Además, rebaja los impuestos sobre los rendimientos del ahorro y grava más la mera propiedad de inmuebles que la compra.

Son medidas que los expertos aseguran que impulsarán a la economí­a en su conjunto y generarán empleo. Si ello se cumple, todos los ciudadanos salen beneficiados.
 Sin embargo, el efecto de la reforma sobre el bolsillo particular de cada contribuyente es dispar en función de cada caso. La falta de concreción de las medidas propuestas impide, en algunos supuestos, saber si uno forma parte de los ganadores o de los perdedores. En otros casos, es fácil detectar si la reforma eleva o rebaja la factura fiscal.

Rentas muy bajas: Pierden por la reclasificación del IVA
 Las rentas muy bajas pierden con la reforma. Ello es así­ porque, por ejemplo, un contribuyente que gana o recibe una prestación de 11.500 euros anuales, actualmente no paga o abona muy poco por IRPF. Otro contribuyente con un hijo que gana 12.000 euros anuales prácticamente tampoco tributa tampoco. Estos perfiles no se benefician de la rebaja del IRPF y, en cambio, sí­ sufren la propuesta de reclasificar productos en el IVA de tal forma que los alimentos elaborados y el agua, entre otros bienes, pasen a tributar al 21% frente al 10% vigente. La subida de impuestos sobre el tabaco y el alcohol tambiíén puede encarecer la factura fiscal. Además, cuanto menores son las retribuciones, mayor porcentaje de renta se destina a consumo y menor es la capacidad de ahorro, otra de las áreas que la reforma fiscal incentiva.

Lagares propuso en rueda de prensa que las rentas inferiores a 14.000 euros no pagaran el impuesto, cifra que no aparece sin embargo en el documento. Un contribuyente que gana 14.000 euros abona actualmente unos 1.140 euros anuales por IRPF. En estos casos, el ahorro sí­ que es considerable.

Rentas medias: Ganan por rebajas de tipos y pierden por tener vivienda en propiedad
 En el caso de las rentas medias es muy difí­cil calibrar si el efecto final de la reforma es positivo o negativo, ya que el informe elude las concreciones. Se indica que el tipo mí­nimo del IRPF debe quedar en el 20% y el máximo en el 44%. Entre ambas cifras existen muchas posibilidades. Un sueldo medio o medio alto (entre 20.000 y 40.000 euros) abonará menos impuestos por IRPFcon la propuesta de la comisión. Entre otros motivos, porque el impuesto funciona por tramos y, por lo tanto, la reducción del 24,75% al 20% del primer escalón del impuesto beneficia a todos los contribuyentes, especialmente a los que tienen sueldos inferiores

Sin embargo, hay modificaciones impositivas en el informe que incrementarán la presión fiscal sobre las rentas medias. Los expertos no ofrecen las cifras para poder saber si este incremento será tan fuerte que revierta totalmente la bajada del IRPF. Más allá de la reordenación del IVA, la idea de imputar una renta en el IRPFa la vivienda habitual supone un aumento impositivo importante en un paí­s en el que 13 millones de contribuyentes tienen su casa en propiedad.

De hecho, esta medida ha derivado en el voto particular de uno de los expertos, el catedrático de Derecho Financiero y Tributario Pedro M. Herrera Molina. “En unos momentos en que la morosidad de las hipotecas bancarias es muy elevada, establecer un gravamen adicional por el disfrute de la propia vivienda generará notables injusticias y puede darse el caso de que el contribuyente no disponga de la necesaria liquidez para hacer frente al pago del impuesto”, señala este experto. Y añade: “El gravamen afectará a muchos perceptores de rentas medias y tambiíén podrí­a afectar a ciertos grupos de perceptores de rentas bajas (pensemos en pensionistas o parados de larga duración). Es cierto que el informe señala que los contribuyentes con retribuciones inferiores a 20.000 euros y viviendas por debajo de 90.000 euros quedarí­an excluidos de la imputación de la vivienda habitual en el IRPF. Sin embargo, el texto sugiere que deben cumplirse ambas condiciones, lo que deja en una situación de debilidad a contribuyentes con rentas muy bajas pero que vivan en una vivienda con un valor catastral superior a 90.000 euros. Imputar una renta por la casa habitual es una medida transitoria que desaparecerí­a en el momento en que se aplique su recomendación de fijar un “nuevo impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)”.

La reforma de este tributo supondrí­a actualizar anualmente el valor catastral y acercarlo a precios de mercado. Ello equivale a un fuerte aumento fiscal ya que los valores catastrales vigentes se encuentran en torno al 50% de los de mercado. Además, proponen fijar un tipo “algo inferior del 1%”, cuando hoy el tipo medio se sitúa en torno al 0,7%, aunque los ayuntamientos tienen margen para elevarlo hasta el 1,1%. Esto significa que los propietarios de viviendas pagarán mucho más y las clases medida que tienen una vivienda en propiedad y una segunda residencia sufrirán tambiíén un duro golpe que puede dejar en nada la rebaja en el IRPF. A cambio del fuerte aumento del IBI, los expertos abogan por eliminar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, que se aplica sobre la compraventa de casas de segunda mano.


Rentas altas: Mayor rebaja en el IRPF y premio por la capacidad de ahorro
 El informe de los expertos abogan por rebajar el tipo marginal máximo del IRPF, que nunca podrí­a superar el nivel del 50% y deberí­a moverse en torno al 44%. De aplicarse esta medida, los sueldos elevados sufrirí­an una importante reducción. Actualmente, el IRPF tiene siete tramos y el gravamen máximo es del 52% para bases imponibles superiores a 300.000 euros. Además, en comunidades como Cataluña que han hecho un uso al alza de su capacidad normativa, estas rentas aplican un tipo del 56%. Es decir, en el peor de los casos, este contribuyente verí­a como su gravamen máximo se rebaja seis puntos y, además, tambiíén se beneficiarí­a de la reducción del número de tramos y tipos de los escalones inferiores.

En cierta medida, es lógico que la rebaja para estos contribuyentes sea superior ya que tambiíén sufrieron un incremento por encima del resto cuando el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó un recargo “temporal” en el IRPFen 2012 y que todaví­a está vigente.
Por otra parte, los sueldos altos son los que tienen mayor capacidad de ahorro y, por lo tanto, son los grandes beneficiados de la propuesta de fijar un tipo único del 20% frente al gravamen progresivo actual que alcanza el 27%. Hay diversas medidas en esta misma dirección, como eliminar la penalización por las plusvalí­as generadas en menos de un año. Uno de los objetivos perseguidos por la reforma propuesta por Lagares es incrementar el ahorro interno, una condición necesaria para financiar la economí­a y reducir la dependencia exterior. En la medida en que las rentas bajas destinan la mayor parte de su renta a consumo, la reforma beneficia a los contribuyentes que sí­ tienen capacidad de ahorro.

Patrimonio: Los ricos en Cataluña serán los más beneficiados
 Los expertos abogan por suprimir el impuesto sobre el patrimonio, que tildan como un “IBI bis”. Este tributo grava, con carácter general, la riqueza neta a partir de 700.000 euros y con una exención por vivienda habitual de hasta 300.000 euros. La decisión de los expertos será especialmente celebrada en Cataluña, comunidad que aglutina más de la mitad de declarantes y el tributo, por decisión de la Generalitat, se empieza a aplicar a partir de 500.000 euros. Un patrimonio inmobiliario de cuatro millones de euros se ahorrará en Cataluña 41.950 euros anuales, un rebaja que compensa de sobra el incremento del IBI. En cambio, la fiscalidad patrimonial sí­ aumentará para aquellos que tienen, por ejemplo, dos viviendas y no estaban sujetos al impuesto sobre el patrimonio. Madrid es la única comunidad que no aplica este impuesto.

Ríégimen especial para atraer a “inversores, artistas y deportistas de íélite” extranjeros
 Hay que seguir los pasos de Portugal o Reino Unido, que han establecido un ríégimen para atraer “personas de alta renta”. Bajo esta premisa, el informe Lagares propone reformar totalmente el actual ríégimen de impatriados español —ya ofrece ciertas ventajas para colectivos foráneos que llegan a España con un contrato de trabajo– y establecer un “ríégimen fiscal para los extranjeros residentes no habituales”. Los expertos reclaman que los pensionistas de otros paí­ses —que actualmente no cuentan con beneficios especí­ficos— se incluyan en el nuevo sistema de tributación. Este colectivo, gozarí­a de un tipo mí­nimo por las pensiones que cobre si desplaza su residencia en España.

El nuevo ríégimen —que se ampliarí­a de los cinco años actuales a diez— contemplarí­a beneficios como no aplicar a los “extranjeros residentes no habituales” la imputación en el IRPFde la vivienda habitual o fijar un tipo mí­nimo en Sucesiones. Además, los expertos abogan por recuperar la Ley Beckham, que permitirí­a que cualquier contribuyente que llegue a España con un contrato de trabajo tributara en el IRPF como un no residente. A efectos prácticos, ello abrirí­a la puerta nuevamente a que un extranjero con un sueldo millonario aplicara al tipo mí­nimo del IRPF (24,75%), en lugar del 52% o 56%. En 2010, este beneficio fiscal se vetó para contribuyentes que ganaran más de 600.000 euros, un lí­mite que la Comisión reclama suprimir para atraer “inversores, administradores, directivos, artistas o deportistas de íélite”.

 


El tipo del 30% en Sociedades se mantiene para quien lo solicite

El efecto de la reforma fiscal propuesta por la comisión de expertos para las empresas varí­a mucho en función de su estructura, inversiones y sector. La recomendación de rebajar de forma paulatina el tipo nominal del 30% del impuesto sobre sociedades al 25% y, posteriormente, al 20% resulta beneficiosa para todas las grandes empresas que no se encuentran en el ríégimen especial de empresas de reducida dimensión. Sin embargo, esta medida se acompaña con una supresión drástica de beneficios fiscales como la deducción por reinversión, por actividades en I+D, por inversiones medioambientales o por creación de empleo, entre otras.

Por otra parte, la rebaja del tipo nominal del 30% supone una mala noticia para aquellas compañí­as que tuvieran bases imponibles negativas pendientes de aplicar de ejercicios anteriores o presenten en sus balances, como es el caso de muchas entidades financieras, “activos por impuestos diferidos”. Para evitar perjuicios, los expertos proponen que las empresas con bases imponibles negativas puedan solicitar a la Agencia Tributaria mantener el tipo de gravamen del 30% hasta que finalicen la compensación de píérdidas fiscales. Respecto a los activos por impuestos diferidos, se propone que la Agencia Tributaria realice un ajuste por iniciativa propia o petición expresa que evite cualquier daño.

Por otra parte, el informe de la comisión señala que, cuando mejore la liquidez de las empresas, deberí­a suprimirse el ríégimen de IVAde caja que permite que las empresas abonen el impuesto al cobrar la factura y no cuando se emite. Argumentan que genera “complejidad administrativa” y puede aumentar las “bolsas de economí­a sumergida”.