Cataluña ha cumplido con su amenaza, y desde el pasado 10 de abril tiene en vigor una ley para gravar los depósitos de las entidades de críédito. La norma se diseñó en noviembre de 2012, con el Gobierno de la Generalitat en funciones, se aprobó el 18 de diciembre de ese año y se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña el 19 diciembre, con efectos a partir del 1 de enero de 2013.
El Ejecutivo central movió ficha al crear un tributo estatal por las mismas fechas por este mismo concepto al 0%. El objetivo era evitar que las comunidades autónomas puedan aplicar uno propio, dado que dos administraciones no pueden gravar el mismo hecho imponible.
La Generalitat apuntó en diciembre de 2012 que el tributo aportaría 500 millones de euros. El tributo gravará a las entidades financieras, que pagarán un 0,3% para los primeros 150 millones que tengan en depósitos, un 0,4% hasta los 600 millones y un 0,5% a partir de esa cantidad. Sin embargo, las entidades que tengan su domicilio social en Cataluña tendrán derecho a una deducción de 200.000 euros.
Tambiíén se contempla un beneficio fiscal de 5.000 euros por "cada sucursal u oficina ubicada en el ámbito territorial catalán", cantidad que se elevará a 5.500 euros si las sucursales se encuentran en edificios inferiores a 2.000 habitantes. En cualquier caso, el impuesto se cobrará a las entidades de críédito y no a los clientes.
Fuentes cercanas al Ministerio de Hacienda confirman que el Estado ha recurrido el impuesto por varias razones. Primera, porque se abrió la posibilidad al graven –aunque no se ha implantado de manera efectiva hasta este mes– cuando el Ejecutivo catalán estaba en funciones. Segundo, porque se creó sin seguir los trámites adecuados para este tipo de norma. Y, tercero, porque colisiona con la norma estatal del impuesto al 0%.
El Gobierno solicitó a los tribunales medidas cautelares para que no llegara a aplicarse, si bien estas fueron rechazadas. Cristóbal Montoro, en todo caso, matizó la posición del Gobierno el en marzo del año pasado y anunció que estudiaba la imposición de un tipo "moderado" a los depósitos bancarios para compensar a las comunidades que vieron anulado su impuesto autonómico despuíés de que el Ejecutivo creara un impuesto estatal a tipo 0%.
En Hacienda barajan dos opciones: ceder el impuesto a las autonomías pero limitando el tipo de gravamen para dotarlo de cierta homogeneidad o, crear un tipo reducido para el impuesto estatal, entre el 0,02% y el 0,03%,
Y es que antes de que el Gobierno impusiera el impuesto al 0% para que las autonomías no pudieran cobrar arbitrariamente su propio impuesto, Extremadura, Andalucía y Canarias ya lo recaudaban. El senador extremeño Fuentes Gallardo llegó a cuantificar en 230 millones de euros lo que habrían dejado de recaudar en 2013: 39 millones de Extremadura, 96 millones de Canarias y 95,5 millones de Andalucía.
Desde la Generalitat catalana defienden una solución para su situación. Una salida sería que se les deje aplicar el impuesto, que se les compense como a las otras comunidades o buscar otra fórmula de consenso para suplir esos ingresos.
Asturias tambiíén creó su propio impuesto sobre los depósitos, tambiíén recurrido en los tribunales, con fecha de aplicación de 1 de enero de 2013, con el que pretendía recaudar unos 30 millones de euros. Tras haber sido recurrido al Tribunal Constitucinal, este permitió su apliación en julio del año pasado.
La Generalitat Valenciana, por su parte, incluyó en octubre del año pasado la posibilidad de imponer tambiíén una tasa sobre los depósitos para obtener hasta 230 millones de euros para cuadrar los Presupuestos de 2014.