A la hora de hacer la declaración de la renta, sepa que, además de las deducciones clásicas por vivienda habitual, discapacidad, adopción, familia numerosa, escolaridad o fomento del auotempleo, las comunidades autónomas contemplan otras más… singulares. A continuación algunos ejemplos extraídos del manual práctico que elabora la Agencia Tributaria.
Información recogida del blog de Bankinter
Por ayuda domíéstica:
Andalucía contempla un 15%, con un máximo de 250 euros, del importe satisfecho por cuenta del empleador o empleadora a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar, que constituya su vivienda habitual (consultar pág 528). En Castilla y León tienen otra similar con un máximo de 300 euros, aunque la deducción será aplicable “solo por los contribuyentes que a la fecha de devengo del impuesto tengan un hijo menor de 4 años, al que sea de aplicación el "mínimo por descendiente" regulado en la normativa del IRPF (consultar pág 589).
En Valencia contemplan dos llamativas: Una de 153 euros por la realización por uno de los cónyuges de la unidad familiar de labores no remunera-das en el hogar, cuando en una unidad familiar integrada por ambos cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera por los hijos menores y por los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, sólo uno de sus miembros perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas (ver requisitos en pág 632). Y otra de 418 euros por cada hijo mayor de 3 años y menor de 5 años por la conciliación del trabajo con la vida familiar. Esta última corresponderá exclusivamente a la madre siempre y cuando cumpla una serie de requisitos (ver pág 630).
Por donaciones con finalidad ecológica y/o investigación científica-tíécnica:
Aragón contempla una por esta finalidad del 15% del importe de las donaciones dinerarias puras y simples efectuadas durante el período impositivo a entidades y organismo autonómicos o a entidades sin fines lucrativos dedicadas a este fin (consultar requisitos en pág. 532). Canarias incluye una deducción del 10% del importe de las donaciones dinerarias puras y simples efectuadas con finalidad ecológica a una serie de instituciones con un máximo de 150 euros o no exceder del 10% de la cuota íntegra autonómica (consultar pág 549).
En Cataluña, un 25% de las cantidades donadas a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos (consultar pág 591). Y un 20% por donaciones con finalidad ecológica en la Comunidad Valenciana (ver pág 638). Y en Asturias tienen una por certificación de la gestión forestal sostenible del 30% de las cantidades invertidas para la obtención de dicha certificación (requisitos en pág 543).
Por donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana (el 15%) o valenciana (10%).
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años sin vínculo de parentesco:
Asturias da 341 euros por cada persona mayor de 65 años que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año en ríégimen de acogimiento sin contraprestación (requisitos en pág 538). Y Madrid, 900 euros por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 33% que conviva durante más de 183 días al año con el contribuyente en ríégimen de acogimiento sin contraprestación, cuando no diera lugar a la obtención de ayudas o subvenciones de la Comunidad de Madrid (requisitos pág 610).
Castilla La Mancha contempla 500 y 600 en caso de acogimiento familiar no remunerado de menores (requisitos pág 571). Y Asturias, 126 euros o 253 euros por cada menor en ríégimen de acogimiento familiar en función del número de días de convivencia (requisitos en pág 543).
Andalucía perite para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral deducirse el importe satisfecho por el contribuyente, en concepto de gastos de defensa jurídica derivados de la relación laboral en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades, con el límite de 200 euros (ver pág 528).
Illes baleares regula una deducción de 15% por gastos en primas de seguros individuales de salud (requisitos pág 548).
Canarias otorga 100 euros por contribuyentes que perciban prestaciones de desempleo y lleven más de seis meses en paro (requisitos en pág 557).
Valencia y Madrid contemplan una por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interíés, aunque en el ejercicio 2013 esta deducción no resulta de aplicación, dado que el porcentaje de deducción es negativo.
Murcia regula una del 10% de las inversiones realizadas en instalaciones de recursos energíéticosrenovables (requisitos pág 619) y del 20% por inversiones en dispositivos domíésticos de ahorro de agua con un importe máximo de deducción de 60 euros anuales.
Cataluña otorga 150 carácter general) o 300 euros (personas viudas con descendientes a su cargo) por el pago de intereses de príéstamos para los estudios de máster y doctorado. Los contribuyentes pueden deducir el importe de los intereses pagados correspondientes a los príéstamos concedidos mediante la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación para la financiación de estudios de máster y de doctorado.
Galicia deduce el 30% por gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos (requisitos pág 603).