Una de las grandes novedades de la reforma fiscal de Cristóbal Montoro es que obligará a la banca a pagar impuestos por primera vez desde que estalló la crisis financiera. Esto se debe a que, a partir de su entrada en vigor el próximo año, la norma no permitirá a las entidades compensarse sus enormes críéditos fiscales por más del 60% de su base imponible (su beneficio). Eso no significa que vaya a perder esos críéditos, sino que tardará más tiempo en recuperarlos –esta recuperación está garantizada desde el año pasado–. Y, mientras tanto, Hacienda consigue ingresar algo del sector, una ayuda más para tratar de cumplir los objetivos de reducción del díéficit público.
Los bancos cuentan con 68.000 millones en activos fiscales diferidos (DTA), de los que 40.800 tienen su recuperación garantizada por tiempo indefinido. Los DTA garantizados provienen de las fuertes provisiones realizadas en los años anteriores para sanear la exposición inmobiliaria y las aportaciones a planes de pensiones, que no son deducibles fiscalmente sino que generan un activo fiscal para el futuro (diferido) que se resta de los impuestos que pagarán las entidades. Con el cambio de la norma del año pasado, el Gobierno garantiza que las entidades recuperarán todos esos activos aunque no tengan beneficios suficientes o aunque tengan píérdidas o se liquiden. El resto (no garantizados) provienen de bases imponibles negativas, es decir, de píérdidas contables de años anteriores.
El grueso de estos críéditos se generó en 2012, el año en que el sector sufrió las mayores píérdidas de su historia por los famosos 'Decretos Guindos'. En los últimos ejercicios, el sector los ha utilizado para no pagar Impuesto de Sociedades, aunque ha vuelto a beneficios, con lo que ha devengado dicho gravamen; según el Banco de España, se devengaron 521 millones en el primer semestre de este año. Incluso los ha empleado para engordar su resultado con una parte de los DTA, que es lo que hicieron masivamente las cajas en 2013. Esto se debe a que, con la norma actual, estos críéditos se pueden compensar sin límite contra los beneficios del ejercicio.
Y eso es lo que va a cambiar con la reforma fiscal a partir de 2015. Ninguno de los DTA, sea cual sea su origen, va a poder compensarse con el 100% del beneficio, sino que tendrá un tope del 60% del mismo. Es decir, que los bancos tendrán que tributar por el 40% restante. No sólo se devengará el impuesto, sino que se ingresará efectivamente en las arcas públicas. Es decir, si un banco gana 100, ahora mismo debería pagar 30 a Hacienda (devenga 30) pero utiliza sus DTA y paga cero. A partir del próximo año, debería pagar 30 y pagará realmente 12 (el 30% del 40% de su beneficio).
Así se recoge en el artículo 11.12 de la nueva ley, referido a los DTA procedentes de provisiones y pensiones (los específicos de la banca): "Las dotaciones por deterioro de los críéditos u otros activos derivadas de las posibles insolvencias de los deudores no vinculados con el contribuyente, no adeudados por entidades de derecho público y cuya deducibilidad no se produzca por aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.1.a) de esta Ley, así como los (...) correspondientes a dotaciones o aportaciones a sistemas de previsión social y, en su caso, prejubilación, que hayan generado activos por impuesto diferido, se integrarán en la base imponible de acuerdo con lo establecido en esta Ley, con el límite del 60 por ciento de la base imponible positiva previa a su integración, a la aplicación de la reserva de capitalización establecida en el artículo 25 de esta Ley y a la compensación de bases imponibles negativas".
Hacienda consigue recaudar ya
En cuanto a los procedentes de píérdidas de años anteriores, la norma se aplica a todas las empresas aunque no sean financieras, y se recoge en el artículo 26 de la nueva norma: "Las bases imponibles negativas que hayan sido objeto de liquidación o autoliquidación podrán ser compensadas con las rentas positivas de los períodos impositivos siguientes con el límite del 60 por ciento de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización establecida en el artículo 25 de esta Ley y a su compensación".
Esta norma no reduce los DTA que obran en poder de la banca. En el ejemplo anterior, el banco que gana 100 pagará 12, pero le quedarán 18 DTA que no ha utilizado en su balance que podrá compensar en los ejercicios siguientes. "Lo que se va a hacer con esta reforma es alargar hasta el Día del Juicio la compensación total de los DTA, pero Hacienda consigue aumentar su recaudación desde ya, lo que le importa mucho para cumplir con los objetivos de díéficit", explica Francisco de la Torre, inspector de Hacienda y autor del libro ¿Hacienda somos todos?
Aparte de las consecuencias para Hacienda, la garantía de recuperación de los 40.800 millones citados implica que los bancos no tendrán que deducírselos del capital, como exigen las normas de Basilea III, lo que incrementaría su solvencia. De hecho, esa es la razón por la que se han garantizado, al igual que ha sucedido en el resto de Europa; es más, es el motivo por el que el tipo del Impuesto de Sociedades para la banca se va a mantener en el 30% en vez de bajarse al 25% como en las demás empresas, ya que así no disminuye el volumen de los DTA. La reforma fiscal no tiene implicaciones a efectos de solvencia, puesto que la cantidad garantizada es la misma; simplemente, se tendrá que recuperar en un número mayor de años