La ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energíética que entró en vigor el 1 de enero de 2013 establecía nuevos tributos al sector elíéctrico y del gas con los que el Gobierno aspiraba a recaudar 2.700 millones de euros anuales para paliar la sangría del díéficit de tarifa. Entre ellos, figuraba un canon por la utilización o aprovechamiento de las aguas continentales para la producción de energía elíéctrica que, a día de hoy, no se ha aplicado por las trabas que el Ejecutivo ha encontrado para su desarrollo.
Solventadas estas, y con el beneplácito del Consejo de Estado, el real decreto que desarrolla dicho canon podría ser aprobado en breve por el Consejo de Ministros. Las instalaciones afectadas por esta tasa deberán pagar a principios del próximo año lo correspondiente a 2013 y 2014. Entre estos dos ejercicios y 2015, el Gobierno tenía previsto recaudar 305 millones, según informó durante la tramitación de dicha ley de medidas fiscales (15/2012).
El proyecto de real decreto, al que ha tenido acceso CincoDías, modifica una primera propuesta, por la cual, el canon se aplicaba a todas las cuencas hidrográficas. Al final, este queda limitado a “las cuencas intracomunitarias†sobre las que el Estado es competente y no se aplicará en los ríos que transcurren por una sola comunidad autónoma, cuyas competencias le permitirían quedarse con lo recaudado, tal como exigieron en el trámite de audiencia del real decreto.
Además, tal como establece la directiva marco del agua adaptada al ordenamiento jurídico español (en la Ley de Aguas), “los ingresos recaudados por este canon se destinarán a la protección y mejora del dominio público hidráulico". De hecho, según el artículo 12 del real decreto, la recaudación del canon tendrá “naturaleza extrapresupuestaria†y se ingresará en una cuenta específica de la Agencia Tributaria.
¿Cómo, pues, servirá este canon para reducir el díéficit de tarifa si sus ingresos no van al sistema elíéctrico? Porque, al igual que para el resto de los tributos energíéticos que deben destinarse a fines medioambientales, la ley 15/2012, en su disposición adicional segunda, establece que los Presupuestos del Estado destinarán al sistema una cantidad equivalente a la recaudada por dichos gravámenes.
Además de aplicarse únicamente a las cuencas intracomunitarias, el RD que desarrolla el canon aclara otra duda que se planteaba entre las elíéctricas sobre la definición de potencia instalada para determinar el canon: esta será la suma de las potencias de los grupos que componen la central hidroelíéctrica, lo cual significa pagar más.
La base imponible del canon será el valor económico de la energía hidroelíéctrica producida (o retribución total por la energía incorporada al sistema elíéctrico en un año) y el tipo será del 22% de la base imponible. El canon, se reduce un 90% para instalaciones con menos de 50 MW, para bombeo de más de 50 MW y para las que deban ser incentivadas por razones de política energíética.
Dos tributos para las concesionarias
Entre los tributos energíéticos que entraron en vigor en enero de 2013, el más relevante es el que grava con un 7% los ingresos procedentes de la venta de electricidad generada con cualquier tipo de tecnología, tambiíén, por tanto, la hidráulica. Un tributo compatible con el canon (una especie de tasa pero no un impuesto)que grava la utilización del recurso hídrico que es un bien de dominio público, pero no, como en aquel caso, los ingresos por generar electricidad.
Teniendo en cuenta que los impuestos energíéticos son finalistas (deben destinarse a fines medioambientales y, en el caso de los que gravan el agua, a infraestructuras para mejorar los recursos), el Gobierno estableció “una afectación presupuestaria†en la ley de creación de dichos impuestos, esto es, que los Presupuestos del Estado destinarían un importe igual a lo recaudado por estos gravámenes al sistema elíéctrico. Es por ello, que este no puede recibir más de lo que Hacienda ingrese por aquellos.
Además, un 85%de la recaudación por tributos de carácter medioambiental deben destinarse a las comunidades autónomas. De hecho, por un error, el año pasado tuvo que pagar a estas 500 millones de la recaudación de uno de los nuevos tributos:el del impuesto de hidrocarburos sobre el consumo de gas natural (el mal llamado cíéntimo verde). El Gobierno lo corrigió con otra afectación presupuestaria.
El real decreto del canon hidráulico se aprobará próximamente a propuesta del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, con la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y del Consejo de Estado. El canon es anual, pero los contribuyentes podrán fraccionarlo en cuatro pagos anuales. Las confederaciones se llevarán un 2% de lo recaudado