E.C.
El 96% de los españoles utiliza Whatsapp como principal vía de comunicación.
Los motivos por los que la empresa de mensajería instantánea da de baja, sin previo aviso, a sus clientes
Sin previo aviso ni explicación posterior. "Su número de telíéfono no está autorizado a usar nuestro servicio" respondía el móvil de í“scar cuando trataba de acceder a Whatsapp. No sabía por quíé motivo, pero había sido expulsado del servicio de mensajería instantánea más popular del mundo. "Mi vida social se limitó muchísimo", confiesa. No es para menos si se tiene en cuenta que esta es la aplicación utilizada por el 96% de los españoles como principal vía de comunicación.
í“scar no tuvo ocasión de defenderse, tampoco recibió justificación alguna por la que ahora era 'persona non grata'. Durante semanas envió infinidad de correos a la compañía, respondidos tarde y de forma automática por un robot. Finalmente, a travíés de LinkedIn, consiguió contactar con el único trabajador español de la marca. A modo de favor, le desveló el motivo de su expulsión: había sido bloqueado por más de 20 usuarios.
La suspensión de la cuenta no es habitual en Whatsapp, pero sucede. Lo ideal sería leerse su normativa de uso, solo está disponible en inglíés. Aunque en caso de ser expulsados solo tendríamos que recurrir a otro servicio, otras veces lo que se pierde es el alma. En 2010, con motivo del 'April Fool's Day' (el día de los Santos Inocentes aglosajón), la compañía de videojuegos GameStation modificó su contrato de compra: "estás de acuerdo en concedernos por ahora y para siempre, tu alma inmortal. Pinche en el enlace inferior para anular esta cláusula". Solo un 12% de los clientes clicaron en el enlace.
Este mismo mes de junio, seis personas accedieron a "entregar a su primer hijo para toda la eternidad" a una cafetería del barrio Canary Wharf de Londres. Era la 'Cláusula Herodes', de obligado cumplimento si se quería acceder a la red wifi del local. Este estudio, realizado por la firma finlandesa F-Secure y respaldado por la agencia Europol, vino a demostrar la escasa atención que le prestamos a los contratos digitales.
El largo listado de normas incluye una cláusula por la que la compañía puede proceder a la expulsión en cualquier momento... Y no está obligada a avisar ni a dar motivos. Si uno se detiene a leer el contrato, se encontrará con que el servicio solo está disponible para uso personal, no comercial. Obviamente, no se permite la suplantación de identidad, como tampoco publicar falsedades "que pudieran dañar a Whatsapp". Y si se intenta obtener acceso no autorizado a la aplicación, a sus sistemas o a sus redes tambiíén se procederá a la suspensión de la cuenta.
En cuanto al contenido, se prohíbe difundir material "ilegal, obsceno, difamatorio, calumnioso, amenazante, acosador, odioso, racista o íétnicamente ofensivo, o que alienten a una conducta que pueda ser considerada una ofensa criminal, dar lugar a responsabilidad civil, viole alguna ley, o sea de otro modo inapropiada". Lo mismo con el material para adultos cuando no se identificada como tal, con los archivos con derechos de autor -"a menos que usted sea el propietario o tenga permiso de su legítimo propietario"- o lo que contengan virus.