INICIO FOROS ÍNDICES DIVISAS MATERIAS PRIMAS CALENDARIO ECONÓMICO

Autor Tema: Los contribuyentes pueden solicitar ya el borrador del IRPF  (Leído 786 veces)

Orpheo

  • Moderador
  • Excelente participación
  • ***
  • Mensajes: 15.428
  • Karma: +6/-2
  • Sexo: Masculino
Los contribuyentes pueden solicitar ya el borrador del IRPF
« en: Marzo 02, 2009, 03:48:52 pm »
Europa Press
Madrid.- Desde este lunes dí­a 2 de marzo, se abre el plazo de solicitud del borrador del IRPF de 2008 y de los datos fiscales para aquellos contribuyentes que no lo pidieron marcando la casilla correspondiente en la declaración de la renta presentada el año pasado o que no lo confirmaron. El plazo para pedirlo acaba el 23 de junio.

A fecha 28 de febrero, ya hay 15.275.792 solicitudes de borrador y/o datos fiscales recibidas a travíés de la declaración del IRPF presentada en 2008 (ejercicio fiscal 2007) o mediante la confirmación del borrador del IRPF 2007, según ha informado la Agencia Tributaria.

Una vez recibido, los contribuyentes deben revisar el borrador y pueden modificarlo o completarlo si quieren. Hecho esto, podrán confirmarlo a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio (hasta el 23 de junio si domicilia el pago).

Pueden solicitar el borrador del IRPF todos los contribuyentes que reúnan las condiciones fijadas por la ley para recibirlo. Si reúne estas condiciones, la Agencia Tributaria se lo enviará y si no, le remitirá los datos fiscales.

Condiciones para recibir el borrador
En concreto, recibirán el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

La deducción por adquisición de vivienda habitual con príéstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos tampoco impiden recibir el borrador.

Se podrá solicitar por Internet a travíés de la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), por telíéfono, (901 12 12 24/ 901 200 345) o en las oficinas de cualquier delegación de la Agencia Tributaria. Tambiíén es posible suscribirse al servicio de alertas para que la Agencia Tributaria le enví­e por SMS el número de referencia del borrador y lo pueda ver por Internet.

Menos contribuyentes
Con la solicitud del borrador comienza la Campaña de la Renta de 2007, que se extenderá entre el 4 de mayo y el 30 de junio. Como principal novedad, la Agencia Tributaria ha elevado el lí­mite de ingresos anuales que eximen de presentar la declaración de la renta cuando el contribuyente tiene más de un pagador y ha introducido dos nuevas deducciones: la de 400 euros y por alquiler de la vivienda habitual.

Así­, el organismo mantiene en 22.000 euros los rendimientos í­ntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), pero eleva de 10.000 a 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.

Sí­ están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así­ como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

Nuevas deducciones
Como novedad de este año, los contribuyentes que no hayan recibido mensualmente a travíés de sus nóminas la deducción de 400 euros podrán solicitarla al presentar la declaración de la renta, así­ como la nueva deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, que se suma a las que ya existen por este mismo motivo en algunas comunidades autónomas.

En concreto, los contribuyentes con rentas inferiores a los 24.000 euros netos al año que vivan en un inmueble alquilado podrán beneficiarse de esta deducción, con un lí­mite del 10,05% de la cuota estatal sobre un importe máximo de 9.015 euros anuales. No obstante, la ayuda es progresiva, de tal forma, que la deducción es menor cuanta mayor renta anual se perciba, siempre con el lí­mite de los 24.000 euros.

Finalmente, la Agencia Tributaria ha decidido este año mantener un único modelo para la declaración del IRPF, novedad que se introdujo el pasado ejercicio, frente a los modelos ordinario y simplificado que existí­an hasta ahora.

Gestha pide revisar los borradores
Los Tíécnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han pedido a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que les permita revisar los borradores correspondientes a la próxima campaña de renta que comienza en mayo, así­ como participar en el diseño de la carta personalizada que la Agencia remitirá a cada contribuyente, con el fin de acabar con los errores e imprecisiones detectados en anteriores campañas.

En un comunicado, Gestha ha pedido participar en el diseño de los criterios informáticos que se aplicarán en dichos borradores y de la carta personalizada.

Gestha señala que la Agencia Tributaria tiene previsto enviar esta carta a cada contribuyente con el fin de revisar "minuciosamente" los errores relacionados, principalmente, con las reducciones u omisiones que pueden generar beneficios fiscales ventajosos para el ciudadano


En individuos, la locura es rara; en grupos, partidos, naciones y épocas, es la regla", Nietzsche.

musuki27

  • Baja participación
  • **
  • Mensajes: 55
  • Karma: +0/-0
Re: Los contribuyentes pueden solicitar ya el borrador del IRPF
« Respuesta #1 en: Marzo 02, 2009, 04:46:39 pm »
Gracias orfheo. :023: