Por... Manuel Quezada Barrón
Chihuahua— Los trabajadores pueden exigir a sus patrones el pago de su salario en efectivo con el fin de evitar que los bancos se lo retengan a aquellos que cayeron en cartera vencida, informó ayer el director de Trabajo y Previsión Social, Híéctor Morales.
En tanto, la presidenta de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados de Chihuahua A.C., Angelina Yadira Aguirre, consideró que las instituciones financieras incurren en un manejo “mañoso y socialmente injusto†al disponer del sueldo de los empleados y se pronunció por que el Gobierno federal les ponga un alto de inmediato.
Ambos indicaron que si el acreditado aceptó ciertas cláusulas propuestas por el banco, aceptando el descuento o retención de su salario, entonces la acción sí puede ser legal.
Sin embargo, dijeron que se requiere analizar cada caso en particular para ver si se puede hacer algo para evitar las retenciones.
Aguirre manifestó que los contratos incluyen ciertas cláusulas que dan diversas atribuciones a los bancos.
Estos casos los genera el sistema neoliberal capitalista que opera en el país, que no fija límites o reglas a los bancos, apuntó.
“El Gobierno federal debe tomar en cuenta que hay una crisis económica y financiera y debe tomar cartas en el asunto, ya que si bien es cierto que se requiere un manejo responsable del críédito, las reglas deben servir a las necesidades de la sociedad en generalâ€, expresó.
En esa lógica, afirmó que el Gobierno tiene la obligación de vigilar que no haya contratos desproporcionados por parte de los bancos.
“Realmente esto es una injusticia para la sociedad y ante la crisis no hay opciones para que la gente busque otros caminos, como dejar de pagar, lo cual lleva a otras consecuencias como las que se viven en Chihuahua: violencia, falta de empleo y otrasâ€, anotó.
Insistió en que los contratos bancarios reflejan un “manejo mañosoâ€, ya que no atienden a las necesidades de la sociedad y no hay normas que establezcan límites a su proceder.
“Como no hay límites, las instituciones ponen las reglas que quieren y como ellas sólo tienen fines lucrativos, no les interesa si la gente puede o no pagarâ€, manifestó.
A pregunta expresa de si la operación es legal en caso de que el usuario haya firmado un contrato y aceptado las condiciones del descuento, explicó que en Derecho Mercantil la regla es que se tiene que ceñir a lo pactado entre las partes.
Indicó que los bancos ponen la condición de que una vez transcurridos 90 días se cae en morosidad y empiezan a cobrar a travíés de terceros o por la misma institución, a travíés de retenciones o descuentos.
A su vez, el director del Trabajo y Previsión Social, Híéctor Morales, dijo que los trabajadores afectados pueden pedir a su patrón que les pague en efectivo y evitar así el descuento unilateral de los bancos.
Agregó que el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo establecen normas de protección al salario del trabajador respecto al patrón.
Explicó que el salario debe estar exceptuado de embargo, compensación o descuento, con las excepciones establecidas por la ley.
Cuando un patrón deposita el salario del trabajador en el banco, ya cumplió con su obligación de ley, añadió.
Sin embargo, señaló que el descuento escapa de su responsabilidad cuando un empleado hace un contrato mercantil con un prestador de servicios o proveedor y definen quíé hacer con los saldos de su cuenta.
En ese caso rigen las condiciones establecidas en el contrato de ley y a ellas se deben sujetar las partes, concluyó el funcionario.