Supremo anula multa a SOS por presunto pacto precio mínimo
El Tribunal Supremo ha dado la razón a SOS Corporación Alimentaria al anular la multa de dos millones de euros impuesta por el Tribunal de Defensa de la Competencia en junio de 2007 por el presunto pacto con la distribución de un precio mínimo de venta al público para sus marcas de aceite Carbonell 0,4 grados y Koipesol, informó hoy la compañía. En su sentencia con fecha de 10 de diciembre de 2009, el Tribunal Supremo falla a favor de la compañía en su recurso de casación contra la sentencia que dictó la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en enero de 2008, anulando y dejando sin efecto la sanción.