Nuevo desbarajuste energíético. Tal como adelantó ayer por la mañana Expansión.com, la edición de Internet de EXPANSIí“N, una sentencia de la Audiencia Nacional anula el artículo 2 de la orden ministerial que, a partir de 2006, obligó a las elíéctricas a devolver dinero por los derechos de emisión de dióxido de carbono (CO2) que habían recibido previamente de forma gratis.
Ese artículo 2 excluía de esas devoluciones a las instalaciones de ríégimen especial (renovables). La Audiencia acaba de emitir una sentencia de la que se desprende que esa exclusión no corresponde, ya que el Real Decreto-ley 3/2006, por el que se establecía el mecanismo de la devolución, no contemplaba distinciones entre instalaciones.
Tíécnicamente, las renovables no recibieron derechos gratuitos de CO2. Cabría pensar que no deberían devolver algo que no recibieron. No obstante, bajo la sentencia subyace el convencimiento de que las renovables sí que se beneficiaron del sobrecoste que suponía en el sistema elíéctrico ese CO2.
La sentencia abre las puertas a devoluciones que pueden ser millonarias por parte de las renovables. El problema es determinar si esto es viable y, sobre todo, cómo hacerlo y en quíé cuantía. Las elíéctricas se han visto obligadas a devolver cientos de millones de euros.
800 millones
Las cantidades exactas se fueron fijando periódicamente. En concreto, 1.100 millones en 2006; 50,6 millones en 2007; 1.074 millones en 2008 y 436 millones en 2009. En total, más de 2.600 millones. Según la sentencia, una parte debería ser repercutida a las renovables (800 millones, calcula una elíéctrica).
En su día, el Gobierno justificó las órdenes ministeriales bajo el argumento de que, aunque las elíéctricas habían recibido gratuitamente los derechos, los habían internalizado como costes. Es decir, los habían repercutido en precios. De ahí que el Gobierno decidiera obligarles a reembolsarlos. La sentencia es fruto de un recurso que interpuso Unión Fenosa hace dos años.
Además de pedir la nulidad de la normativa, Fenosa llegaba a demandar tambiíén a otros grupos energíéticos, como Iberdrola, el primer productor de energías renovables en España. La sentencia llega en el peor momento para las energías limpias. El Gobierno se dispone a rebajar las subvenciones que reciben (5.000 millones en 2009) y limitar los nuevos proyectos.
La obligatoriedad de devolver derechos fue impulsada cuando Joan Clos era ministro de Industria, explicó ayer Europa Press. La norma, además de corregir una anomalía elíéctrica, trataba de paliar el díéficit de tarifa. Este díéficit se origina porque los costes del sistema son superiores a los ingresos por tarifas de la luz. La normativa de devolución de derechos dejó de aplicarse el año pasado, cuando Industria, ya con Miguel Sebastián como ministro, impulsó medidas para solucionar el díéficit tarifario.
La sentencia de la Audiencia mete en un laberinto al Gobierno. Habría que hacer encaje de bolillos jurídico para que se replanteara todo el sistema de las devoluciones. Legalmente habría que hilar fino para determinar si es posible la retroactividad.
En todo caso, el Gobierno podría usar la sentencia en su propio beneficio y utilizarla como herramienta de negociación para forzar a las renovables a la rebaja de primas. Independientemente de la sentencia de la Audiencia desemboque en que las renovables tengan que devolver dinero, o no, lo que nadie niega en el sector es la inseguridad jurídica que se abre ahora.
Victorino Alonso
Fenosa ha ganado un pleito al empresario Victorino Alonso en el Tribunal Supremo. Despuíés de más de una díécada litigando en lo que se conoce como «el fraude del carbón», se ha condenado a Alonso (como responsable de la extinta Agrupación Minera del Bierzo y de Unión Minera del Norte), a abonar a Fenosa siete millones, más intereses, por incumplir contratos.
Lo que se da, sí se quita
- Bajo el Programa Europeo sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kioto, se establecieron las bases para crear sistemas de asignación de derechos de emisión de dióxido de carbono (CO2).
- La Directiva 2003/87/CE, del Parlamento Europeo, de 2003, estableció las cantidades que cada Gobierno podría dar gratuitamente.
- El Decreto 1866/2004 aprobó el Plan Nacional de derechos de emisión en España y, en enero de 2005, el Consejo de Ministros determinó los derechos exactos que iba a recibir cada elíéctrica.
- El Ministerio de Industria, en 2006, determinó que las elíéctricas habían estado contabilizando como costes los derechos de emisión, a pesar de que íéstos se les habían entregado gratis.
- En el Real Decreto-Ley 3/2006, de 24 de febrero, se estableció que procedía la aminoración de los derechos entregados a las elíéctricas años antes.
- La decisión de que se devolviera el dinero se tomó con Joan Clos como ministro de Industria. En órdenes ministeriales sucesivas se fueron concretando los procedimientos para la aminoración de derechos.