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Autor Tema: El borrador del IRPF no incluye los inmuebles adquiridos en 2009  (Leído 349 veces)

Eguzki

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Conviene revisar los datos facilitados con que Hacienda elabora los borradores
Madrid.- Los errores de los borradores de la declaración de la renta de años anteriores (según Hacienda el año pasado se rectificaron el 40%) han alertado a los contribuyentes que han comenzado a recibir en sus domicilios los correspondientes a la actual campaña del IRPF.

Según algunas asesorí­as fiscales, una de las habituales consultas en estos dí­as de los compradores de vivienda en 2009 es que la inversión en vivienda realizada en 2009 no figura en dicho borrador. No hay que olvidar que se pueden aplicar la deducción más importante del impuesto (un 15% de la inversión hasta un lí­mite de 9.015 euros por persona incluyendo capital e intereses en el caso de un príéstamo hipotecario).

Sin embargo, no se trata de un error. El caso es que, en los datos fiscales que se incluyen en los borradores enviados, Hacienda identifica el príéstamo hipotecario y las cantidades aportadas a los bancos. Pero la Agencia Tributaria no aplica la deducción del 15% ya que desconoce si ese críédito se ha empleado para la compra de la vivienda habitual (en este supuesto sí­ procede la desgravación) o si se ha usado para la adquisición de un segundo piso (en este caso, no ha lugar la deducción).

Eso mismo ha ocurrido en otros ejercicios. Lo que debe hacer el comprador es modificar el borrador de declaración. Para ello, el contribuyente debe llamar a los telíéfonos facilitados por Hacienda en la carta que ha recibido para rectificar el borrador o en todo caso ponerse en contacto con la delegación fiscal que le corresponda. De esta forma, deberá marcar en la casilla correspondiente que la hipoteca corresponde a la adquisición de la vivienda habitual. Tambiíén puede realizar la declaración de la renta en los plazos establecidos para su presentación (a partir del 3 de mayo) con sus propios datos.

En cualquier caso, conviene revisar todos los datos fiscales facilitados con que Hacienda elabora los borradores. La Agencia Tributaria insiste en que dichas declaraciones se realizan con la información de que dispone la Administración (facilitada por empresas y entidades financieras) en ese momento y que en ocasiones pueden tener incoherencias. Hacienda aconseja revisar esa declaración previa, que sólo es definitiva si el contribuyente la confirma.