Los consumidores no se fían de Viajes Marans. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recomendado "extremar las precauciones" con la agencia de viajes, y ha aconsejado a sus clientes ponerse en contacto con los proveedores para comprobar en quíé estado se encuentra el viaje. Y en caso de que Marsans no haya pagado aún al proveedor, "quizás convenga cancelar anticipadamente el viaje".
Según explicó hoy en un comunicado, la cancelación de la licencia de venta de billetes de avión por parte de la Asociación Internacional del Transporte Aíéreo (IATA) ha "despertado sospechas" sobre la solvencia de Viajes Marsans, que "han sido confirmadas por algunos socios" de la organización de consumidores en los últimos días, tras sufrir problemas de pago en los hoteles contratados.
En caso de que el cliente cancele el viaje contratado, Viajes Marsans ha de reintegrar el importe abonado, exceptuando los gastos --justificados y documentados-- y las penalizaciones, que suponen el 5% del total de cancelar entre diez y 15 días antes; el 15% de hacerlo entre los tres y diez días previos; y el 25% si se anula en las últimas 48 horas.
De no reintegrarse el importe abonado, la OCU aconseja solicitar la hoja de reclamaciones, y reclamar ante la Junta Arbitral o ante los Juzgados de Primera Instancia --donde no es necesario abogado si el importe exigido es inferior a 900 euros--. En caso de que, al finalizar el viaje, el prestador de los servicios contratados presente la factura para su abono alegando que la agencia no los ha sufragado, la asociación de consumidores recomienda contactar con las autoridades policiales locales y, en cualquier caso, presentar una denuncia ante los tribunales al regresar.
Fianza de la compañía
La OCU señaló que se ha dirigido a la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, donde tiene su sede el grupo Marsans, para "conocer si el organismo está al corriente de la constitución de una fianza por parte de la compañía".
Concretamente, las agencias deben disponer de un fondo para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los contratantes de un viaje combinado y, especialmente, del reembolso de los fondos depositados y el resarcimiento por los gastos de repatriación en el supuesto de insolvencia o quiebra.