Nuevo varapalo judicial contra el canon digital. Despuíés de que el Tribunal de Justicia de Luxemburgo eximiera el pasado mes de octubre a las empresas de tener que pagar el canon digital, la SGAE ha empezado a perder la batalla en los tribunales españoles, que han ido incluso mucho más allá. Las claves para entender el canon digital.
Nokia y Dell acaban de ganar una larga batalla jurídica contra la entidad que preside Teddy Bautista y otras similares -como Agedi, AIE, Cedro o Vegap- consiguiendo no sólo el quedar libres de pago, sino que se anulen además todos los reintegros realizados hasta ahora.
La supuesta alegría con la que acogieron las entidades de gestión la pasada sentencia judicial, en la que se anulaba por un defecto de forma la orden ministerial de 2008 que fijaba las tarifas del canon digital, ha quedado así en nada. En aquella ocasión, su representante, Rafael Sánchez, señaló y destacó en numerosas ocasiones que la sentencia no entraba en el fondo de la cuestión, que era la aplicación del canon digital. Pero ese argumento ya ha sido echado por tierra por dos juzgados de lo mercantil.
Una tasa contraria a derecho
Aunque la SGAE ha recurrido, Francisco Javier Vázquez, titular del juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid, ha sido contundente. Da la razón a Nokia, desestima una demanda de la entidad, que reclamaba el pago del canon por la venta de móviles, y declara que "la orden citada, invocada con la actora (las entidades de gestión) como justificativa de su derecho de críédito, es contraria al principio de jerarquía normativa, contraria al Derecho comunitario y nacional, debiendo ser inaplicada, declarando la nulidad radical de las autoliquidaciones-declaraciones y facturaciones realizadas bajo vigencia de la misma".
Es decir, la sentencia deja la puerta abierta a que todas las compañías que han abonado el canon digital en función de esta orden ministerial inicien las correspondientes reclamaciones en sede judicial, algo que ya están haciendo de hecho ayuntamientos de toda España.
Nokia se había negado a pagar a la SGAE, pero había depositado en una cuenta notarial las cuotas pendientes, mientras se decidía el destino de ese dinero en sede judicial. Y el magistrado ha decido "absolver a la demandada de las pretensiones formuladas con imposición de costas a la parte actora (las entidades de gestión)".
La sentencia vuelve a recordar que ni las empresas ni los profesionales están obligados a pagar el canon, tal y como había dicho Luxemburgo, pero va además mucho más allá y concluye que los particulares tambiíén quedan absueltos cuando el perjuicio a los autores es mínimo. Las entidades de gestión, que pueden recurrir el fallo del juez, mantienen que con esto lo único que se origina es inseguridad jurídica. "Si Nokia no tiene que pagar a las entidades de gestión, lo primero que deben hacer es devolver el dinero que han cobrado en los móviles por el canon digital", asegura Rafael Sánchez.
Pero esa no es la única sentencia. Dell, el fabricante de ordenadores e impresoras, tambiíén fue llevado ante el juez, en este caso por Cedro y Vegap, por el mismo motivo, aunque por el canon digital que pagan las impresoras multifunción (que permiten fotocopiar y escanear) y fotográficas.
Al igual que en el caso anterior, el magistrado Santiago Senent, titular del juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid, aludiendo a la directiva europea y a la pasada sentencia del 21 de octubre de 2010 del Tribunal de Luxemburgo, ha decidido eximir del pago a Dell y condena en las costas a los dos organismos denunciantes.
Además, durante la declaración de Dell que se recoge en la sentencia, el fabricante de ordenadores declaró que ya había pagado mucho por ese concepto, ya que durante los años 2004, 2005 y 2006 había abonado el canon digital por esos productos cuando la orden de 2006 no los incluía.
De esta forma, la negociación para fijar el canon digital que se mantiene actualmente entre entidades de gestión y la patronal tecnológica se complica. Sobre todo por las ansias recaudadoras que suele protagonizar la SGAE. La última de ellas, saltó ayer a los medios de comunicación, cuando reclamó 661 euros al propietario de una cafetería que había fallecido, ni más ni menos, que hacía nueve años.