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Autor Tema: Bruselas podrá restringir las ventas en corto y los CDS para reducir riesgos  (Leído 229 veces)

Eguzki

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Los ministros de Economí­a de la Eurozona han aprobado este martes una norma que da poderes limitados a la nueva Autoridad Bursátil Europea para restringir o incluso prohibir temporalmente las ventas en corto al descubierto y los seguros para cubrir el impago de la deuda (CDS, por sus siglas en inglíés) en situaciones de emergencia que amenacen la estabilidad financiera o la confianza de los mercados en un Estado miembro o en el conjunto de la Unión.


La nueva Autoridad (ESMA, por sus siglas en inglíés) se ocupará además de coordinar la actuación de los supervisores nacionales en los casos de prohibición o restricciones.

El objetivo de esta iniciativa es limitar la especulación con estos instrumentos financieros. Los lí­deres europeos consideran que este tipo de apuestas bajistas contra los bonos de los paí­ses perifíéricos han agravado la crisis de deuda de la Eurozona.

Se trata tambiíén de evitar que se repitan casos como el de Alemania, que en plena crisis de la zona euro en mayo de 2010 prohibió las ventas a corto al descubierto sin consultarlo con el resto de socios, lo que agravó la situación.

El acuerdo ha sido posible despuíés de que tanto la Comisión como la presidencia húngara hayan dado garantí­as a Reino Unido de que tendrá en cuenta sus preocupaciones sobre los nuevos poderes de la Autoridad Bursátil (ESMA, por sus siglas en inglíés) durante las negociaciones con la Eurocámara, que debe ratificar el compromiso.

Previamente, el Ecofin ha tumbado una propuesta de compromiso presentada por la vicepresidenta económica, Elena Salgado, que diluí­a los poderes de la Autoridad Bursátil y dejaba en manos de los ministros de Economí­a de la UE la decisión polí­tica de declarar una situación de emergencia.

El vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), Vitor Constancio, se ha opuesto a diluir los poderes de la Autoridad Bursátil. "Durante la crisis hubo decisiones descoordinadas de los diferentes paí­ses, lo que no fue bueno para la credibilidad", ha recordado.

Papel de coordinación
En la actualidad, los poderes que tienen los supervisores nacionales para restringir las ventas a corto varí­an mucho de un Estado miembro a otro. Por ello, la nueva norma da a las autoridades nacionales poderes claros para prohibir temporalmente, hasta tres meses con posibilidad de prórroga, las ventas en corto de cualquier instrumento financiero. Las prohibiciones estarán coordinadas por la nueva Autoridad Bursátil Europea.

Si el precio de un instrumento financiero cae bruscamente durante un dí­a, los reguladores nacionales tendrán además poderes para restringir las ventas en corto en ese instrumento hasta el final del siguiente dí­a para ralentizar las caí­das.

Las ventas en corto son apuestas bajistas sobre el valor de una acción. El inversor pide prestados los tí­tulos que piensa que van a bajar y los vende. Cuando caen los recompra más baratos para devolverlo. En las ventas en corto al descubierto, el inversor ni siquiera alquila los tí­tulos, lo que incrementa el riesgo de incumplimiento creditico.

La norma impone además dar más transparencia a este mercado, ya que en la actualidad resulta difí­cil para participantes y reguladores saber quíé valores se están vendiendo en corto y su importancia global. Para ello, obligará a los inversores que apuesten a la baja más del 0,2% del capital de una compañí­a a notificarlo a los reguladores, y tambiíén deberán informar al mercado cuando sus posiciones cortas superen el 0,5%.