El Consejo General de la Abogacía Española define a íésta como una profesión libre e independiente que presta un servicio a la sociedad y que es incompatible con cualquier actividad que pueda suponer menosprecio a la libertad, la independencia o la dignidad que le son inherentes. El deber de todo abogado es cooperar con la Justicia, asesorando, conciliando y defendiendo en derecho los intereses que le sean confiados con el máximo celo y diligencia y guardando el secreto profesional. Esto es lo que hacemos a diario los profesionales que nos dedicamos a esto de la abogacía. Sin embargo, hay un aspecto de nuestro trabajo que no se suele tener en cuenta por el público en general y que puede llegar a ser altamente satisfactorio para la ciudadanía si se tuviera más en cuenta: la actividad preventiva del abogado.
En efecto…, a menudo cuando a preguntas de mi interlocutor respondo que soy abogado, recibo una respuesta del tipo “ espero no tener que utilizar tus servicios…â€, olvidándose, precisamente, que los abogados no sólo realizamos nuestra actividad ante los Tribunales de Justicia, sino que desarrollamos una labor preventiva que ayuda a resolver de forma natural los conflictos, e incluso, los evita. Redacciones de contratos, revisiones de documentos que nos dan a firmar, (prestamos con o sin hipoteca, arrendamientos…), asesoramiento antes de proceder a firmar cualquier documento, actividades íéstas que pueden evitarnos, finalmente, conflictos, píérdida de tiempo y de dinero.
La labor preventiva de la abogacía es una de las actividades extrajudiciales, como lo son tambiíén la negociación en un conflicto ya planteado, en evitación de un procedimiento judicial que, como poco, son extensos en el tiempo. Y dejo al margen de estas consideraciones, el que se pueda conseguir una sentencia favorable. Porque no olviden que no basta con tener la razón…, además, te la tienen que dar.
A modo de ejemplo…, si una persona acude a un banco a solicitar un príéstamo para la compra de una vivienda, que puede ser la inversión más importante de su vida, ¿no sería razonable pensar que, antes de firmar nada, se debería dejar aconsejar por un abogado que le va a prestar un consejo y ayuda que, además, puede reportarle mejores condiciones en el príéstamo?. Por lo tanto, ¿cuándo deberíamos acudir en busca de los servicios de un abogado o abogada?. Siempre que haga falta asesoramiento legal y no sólo cuando se pueda estar al borde de un juicio. Precisamente, acudir antes al abogado puede evitar y reconducir problemas más serios y costosos.
Vale.
Oberon