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Autor Tema: Los acreedores se hartan de Santamarí­a y no refinanciarán a Reyal Urbis  (Leído 358 veces)

Eguzki

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Se acabó lo que se daba para Reyal Urbis. Las 59 entidades financieras acreedoras de la empresa de Rafael Santamarí­a se han hartado de poner dinero en un pozo sin fondo y han decidido no concederle más prórrogas, segí­n confirman distintas fuentes del sindicato. Ahora bien, no van a llevarlo a concurso de acreedores, sino que se ofrecen dos opciones para las entidades: llevarse un lote de activos y cancelar su deuda, o convertirla en un príéstamo bilateral con unas condiciones bastante favorables para Reyal.

El único obstáculo para cerrar esta solución es el propio Santamarí­a, que sigue poniendo pegas a pesar de que varias entidades pidieron su cabeza en la refinanciación del año pasado. Según algunas de las fuentes consultadas, está pidiendo que las entidades que se vayan hagan una aportación de liquidez para poder mantener viva a su inmobiliaria, algo a lo que los bancos se niegan. La deuda bancaria de Reyal asciende en la actualidad a 3.700 millones, más otros 300 de las patrimoniales de Santamarí­a.

Reyal logró salvarse del concurso en mayo de 2010 tras una durí­sima negociación en la que hubo que superar las reticencias de varios bancos extranjeros. Esta refinanciación impuso una serie de condiciones que la empresa habí­a incumplido un año despuíés por la parálisis absoluta del mercado inmobiliario. Por ello, en junio se abrió una nueva negociación que, aunque no ha concluido, ya ha dejado clara la negativa del sindicato a prolongar otro año más la agoní­a.

Según algunas fuentes, la dación en pago es la fórmula por la que se está decantando la mayorí­a de las entidades, pero otras afirman que la negociación sigue abierta y que hay bancos que prefieren la "bilateralización", es decir, la conversión de su parte en el críédito sindicado en un príéstamo bilateral entre la entidad en cuestión y Reyal.

Susto o muerte

Las dos opciones que tienen los acreedores son las siguientes. Por un lado, se hacen lotes con los activos -en los que se incluyen tanto buenos como malos de forma equitativa- que se reparten entre los bancos mediante un "sorteo guiado" para que los lotes sean homogíéneos. El que lo desee, puede llevarse su lote y cancelar su parte del críédito, teniendo en cuenta que los activos valen ahora mucho menos que el críédito con el que se financiaron.

La segunda opción es convertir la deuda actual en un príéstamo bilateral a varios años más con la garantí­a del lote que te toque. El problema es que esos príéstamos deben incluir no sólo la deuda actual, sino tambiíén los intereses y los gastos de mantener dichos activos (impuestos, etc.). Y si ese la carga financiero lleva a la empresa a tener fondos propios negativos, el banco tiene que convertir esos intereses en participativos para que computen como recursos propios. "Esta opción tiene la ventaja de que la deuda es sólo tuya y no dependes de nadie, y además tienes unos activos con los que te puedes quedar en cualquier momento".

La primera opción exige provisionar los activos a razón de un 10% de su valor anualmente, según las normas del Banco de España. La segunda, en cambio, permite no considerar el críédito moroso sino mantenerlo como subestándar, una categorí­a que exige menos provisiones (y seguramente ya dotadas). Por tanto, los partidarios de "bilateralizar" en teorí­a son aquellos que sufrirí­an un mayor impacto en su cuenta de resultados.

¿Por quíé no va a concurso?

La gran pregunta en este proceso es por quíé los acreedores no llevan directamente a Reyal a concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos), que serí­a el segundo mayor de la historia tras el de Martinsa-Fadesa. La respuesta es doble. En primer lugar, un concurso hace subir la tasa de morosidad de las entidades y las obliga a provisionar de golpe el 25% de su deuda (menos el valor de las garantí­as), y el 75% restante en el plazo de un año. Dado que el valor de las garantí­as es muy bajo y que la mayorí­a de los acreedores tiene este críédito como subestándar -con una dotación del 15%-, les tocarí­a dotar mucho.

En cambio, si se adjudican los activos, los bancos tienen que provisionar el 10% anual comentado anteriormente, y pueden intentar aguantar todo lo posible el valor de tasación para no reconocer la píérdida. Además, pueden utilizar para ello las provisiones ya constituidas para el críédito.

En segundo lugar, un concurso de acreedores puede cuestionar todos los movimientos realizados en los dos últimos años, algo que se conoce como "retroacción". Así­, entidades que se salieron total o parcialmente del sindicado el año pasado, como BBVA o Sabadell, podrí­an verse obligados a devolver los activos que se llevaron para que se sumen a la masa patrimonial del concurso.

Pese a todo, hay quien no descarta que el propio Santamarí­a solicite el concurso si las entidades no se avienen a sus exigencias: "Me extrañarí­a que se resignara a perder todo su patrimonio si todos los bancos optaran por la dación en pago, para eso preferirí­a el concurso", opinan en una entidad.