Las indemnizaciones de los ERE están ahora entre 33 y 35 días, según los laboralistas
La reforma laboral lleva ya tres meses en vigor. En este tiempo, los abogados laboralistas no ven un gran cambio en las políticas laborales de las empresas: siguen optando por el despido como primera opción contra la crisis, a pesar de que la reforma facilitó las medidas de flexibilidad interna alternativas a la destrucción de empleo. Dentro de dichas iniciativas destaca la reducción salarial sobre todas las demás.
Esta semana se cumplen los primeros cien días de aplicación de la reforma laboral que abarató y facilitó los despidos y, al tiempo, dio más facilidades al empresario para adoptar medidas de flexibilidad interna.
¿Cómo se está aplicando esta reforma?, ¿quíé uso están haciendo de ella las empresas? Tras consultar a algunos de los principales despachos de abogados laboralistas que asesoran la política de recursos humanos a compañías nacionales y extranjeras, la primera impresión es que "las empresas no están haciendo un uso expríés y urgente de la reforma", dice David Díaz, socio de Baker & McKenzie. "Muchos esperan a ver cómo la competencia utiliza las nuevas medidas o cómo los jueces empiezan a interpretar las demandas", explica Jordi Puigbó, coordinador del área laboral de Cuatrecasas.
Dicho esto, la principal conclusión de gran parte de los laboralistas preguntados es que los despidos siguen siendo la primera opción a la hora de hacer frente a la crisis. A la mayoría de los despachos consultados prácticamente no han llegado peticiones empresariales para aplicar las nuevas medidas de flexibilidad interna (modificar las condiciones sustanciales de trabajo, como salario, jornada o turnos; y descolgarse del convenio colectivo de referencia, entre otros).
"Lo que nos llega son todo despidos", asegura Daniel Cifuentes, socio de Olswang. Algo en lo que coincide totalmente su colega y socio de Abdón Pedrajas & Molero Antonio Pedrajas. "Las empresas piden en un 90% medidas de extinción más que de flexibilidad interna", dice. Y en este punto, la reforma sí ha hecho mella al aumentar considerablemente los despidos objetivos (colectivos e individuales) por causas económicas, para los que la reforma ha eliminado la autorización administrativa (solo hace falta la voluntad del empresario) y ha fijado como principal requisito el que haya tres trimestres de caída de ingresos o ventas. "Si antes el 90% de los despidos eran disciplinarios, ahora estos son el 50% y el otro 50% son objetivos por causa económica", añade Pedrajas.
El efecto de este aumento de los ERE por causas económicas, con las nuevas condiciones de la reforma, es un claro abaratamiento de la factura que las empresas pagan por los despidos. "Antes, cuando te sentabas a negociar, partías de ofrecer 45 días, ahora esto ya no es una referencia", precisa Díaz, con el que coinciden el resto de laboralistas. Según la experiencia de estos expertos, las indemnizaciones de los ERE están ahora entre 33 y 35 días. Una de las causas de por quíé se pagan más de los 20 días que exige la ley es que, a pesar de ya no ser necesario el acuerdo en los ERE para garantizar su autorización, "el pacto sigue siendo el objetivo en la mayoría de los casos", y para conseguirlo se encarecen, pero menos que antes. "Además, las formas en la presentación de un ERE son ahora más importantes que nunca", coinciden los expertos. Son las únicas vías para conseguir ciertas garantías (no plenas) de que el ERE no se recurra al juez.
Desde despachos como Baker & McKenzie, no obstante, explican que sus clientes "ya hicieron los ajustes más importantes antes de la reforma, así que ahora optan por alternativas al despido". En ese punto, todos los consultados coinciden en que la medida de flexibilidad más utilizada es la bajada salarial, mediante la modificación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
El descuelgue no se usa
Entre las peticiones patronales más demandadas estaba la de crear más facilidades para que las empresas pudieran descolgarse de su convenio de referencia y no aplicarlo. La reforma dio estas facilidades pero, según los laboralistas, la complejidad del itinerario que debe seguirse si no hay acuerdo entre empresa y trabajadores ha hecho que prácticamente ninguna empresa apueste por esta medida de flexibilidad.
Los cambios que vienen
El Congreso ultima estos días los cambios definitivos de la reforma laboral. Esto y la jurisprudencia que empiece a producirse en los juzgados efectuarán en los próximos meses algunas modificaciones más en la normativa laboral.
NUEVA CAUSA OBJETIVA Una de las enmiendas a la reforma laboral que podría incorporarse al texto final es la que concreta más las causas objetivas de despido. Así, precisa que para que concurra la causa económica la empresa debe haber registrado tres meses de caída de ingresos o ventas “ordinariasâ€. Con ello pretende incluir a sectores, como el turismo, que por coyuntura tienen más difícil cumplir el requisito de tres trimestres con caída de ingresos.
ABSENTISMO Los despachos laboralistas ya han empezado a registrar algún que otro caso de despido por la nueva definición de absentismo. Otra de las enmiendas a la reforma laboral podría modificar, en favor del trabajador, esta nueva definición, con lo que los despidos serán algo más difíciles.
PRUEBA DE UN Aí‘O En el bufete Abdón Pedrajas & Molero ya han recibido varios casos de despidos en el periodo de prueba de un año en los nuevos contratos de emprendedores. El Supremo ya anuló este periodo de prueba en algunos convenios donde estaba configurado tal y como fija la reforma. Habrá que ver si las próximas sentencias lo respaldan.
SIN SENTENCIAS En general, existe mucha expectación entre los laboralistas para saber cómo interpretan los jueces la reforma. Esperan conocer las primeras sentencias significativas de primera instancia a partir de junio.