Por... Alfredo Bullard
Dada la moda de sobrerregular sugiero una ley para proteger a los ciudadanos, en especial a los menores de edad, de las actividades de los congresistas.
Primero, debe limitarse su contacto con el público. Para preservar la educación y la cultura toda publicidad política o declaración pública de congresistas solo puede propalarse en el horario de 1 a 5 de la mañana. Ello para evitar que la población, y en especial los niños, estíén expuestos a escuchar tonterías de todo calibre en el horario familiar, en especial propuestas de regulaciones ridículas que den a entender que las personas no somos libres y que afecten nuestra dignidad al tratarnos como retrasados mentales.
Segundo, toda publicidad política o declaración pública debe ir acompañada de la siguiente frase: “Las propuestas y decisiones de este congresista pueden ser dañinas para su bienestar y para su libertadâ€. La frase debe ocupar el 20% del área de la pantalla o cartel y leerse detenidamente en las emisiones por radio.
Tercero, en toda publicidad política o declaración pública de un congresista se requiere incluir una foto rotativa de congresistas robando luz, matando perros, toqueteando asistentes o defendiendo la minería ilegal, a fin de que los ciudadanos estíén al tanto de los riesgos de apoyarlos y escucharlos. En el mismo espíritu deben alternarse fotos de las colas para compras de productos en el primer gobierno de Alan García, anaqueles vacíos en los supermercados y tiendas de Venezuela o desempleados caminando por las calles a fin de que estemos advertidos de los costos de las regulaciones que dan.
Cuarto, deben respetar el principio de veracidad. No pueden mentir bajo sanción de destitución. Deben añadir en sus declaraciones cuáles son sus verdaderas intenciones, quíé gremios o grupos sociales o empresariales los han contactado para empujar una iniciativa y sobretodo señalar expresamente el análisis costo-beneficio de las propuestas de ley que presenten. No son admisibles fórmulas carentes de contenido como “La propuesta del proyecto de ley no ocasiona ningún costo para el Estado Peruano†o similares. Las fórmulas y propuestas deben basarse en evidencia científica que sustente sus bondades y que pueda ser requerida por cualquier autoridad o ciudadano para su verificación.
Quinto, críéese un impuesto a las iniciativas legislativas estúpidas a fin de desincentivar su presentación. Dada la evidencia empírica existente se presumirá que la iniciativa es una estupidez, salvo que el congresista que la presente demuestre lo contrario. Sin perjuicio de ello, en caso la propuesta llegue a aprobarse, el congresista proponente deberá asumir el 10% de los costos y daños que la iniciativa causó a la sociedad.
Sexto, durante las campañas electorales o durante su gestión, los congresistas no podrán (1) usar testimonios de artistas, deportistas o personajes animados para promover votos o apoyo público ni podrán presentarse en programas cómicos, de concurso o similares a fin de aumentar injustificadamente su popularidad; ni (2) usar argumentos o tíécnicas que exploten la ingenuidad de los votantes y ciudadanos, de manera tal que puedan confundirlos o inducirlos a error con respecto a los beneficios que traerán las regulaciones que propongan.
Síéptimo, todo candidato a congresista o congresista electo deberá llevar un cartel sobre su vestimenta, de dimensiones de treinta centímetros por treinta centímetros, que de manera clara y legible indique: “Como congresista puedo convertirme en un peligro para su libertad y para la salud del país. Somos propensos a la sobrerregulación, al poco uso del sentido común y a tomar decisiones que aumenten nuestra popularidad a costo de los votantes, contribuyentes, empresas y consumidores. Somos peligrosos. Tenga cuidadoâ€.