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Autor Tema: El Banco de España podrá vender bancos a quien quiera sin necesidad de una  (Leído 168 veces)

Eguzki

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La fórmula de la subasta para la venta de las entidades intervenidas o rescatadas, que se ha utilizado hasta ahora en todas las ocasiones, ya no será obligatoria, puesto que el Banco de España podrá vender directamente las entidades a quien considere conveniente. Para ello, tendrá que justificar que la realización de una subasta, con el largo proceso que conlleva, supone una amenaza para la estabilidad del sistema financiero, puede perturbar el funcionamiento de la economí­a, no asegura el uso más eficientes de los recursos públicos o no protege a los clientes.


El borrador de Real Decreto de reestructuración y resolución ordenada de entidades de críédito, que el Gobierno aprobará el próximo viernes, establece en su artí­culo 44.7 que "cuando el desarrollo del procedimiento al que se refiere el apartado anterior [la venta de una entidad] pudiera dificultar la consecución de alguno de los objetivos enumerados en el artí­culo 18 y, en particular, cuando el FROB justifique adecuadamente, previo informe del Banco de España, que existe una seria amenaza para la estabilidad del sistema financiero como consecuencia de la situación de la entidad o constate que el desarrollo de dicho procedimiento puede dificultar la efectividad del instrumento de resolución, la selección del adquirente o adquirentes podrá realizarse sin necesidad de cumplir con todos los requisitos de procedimiento indicados en el apartado anterior".


Dichos requisitos establecen que, además de competitivo, el procedo debe ser transparente, no discriminatorio, libre de conflictos de interíés, lo más rápido posible y con el objetivo de maximizar el precio de venta. Todos ellos pueden ser incumplidos si el FROB lo considera conveniente para la estabilidad del sistema. Es decir, puede realizar un proceso de venta opaco, discriminatorio o que no elija a la mejor oferta (la que maximice el precio de venta).


Los objetivos a los que se refiere el citado artí­culo, que deben estar en peligro para que el FROB se salte el procedimiento competitivo, incluyen "asegurar la continuidad de aquellas actividades, servicios y operaciones cuya interrupción podrí­a perturbar la economí­a o el sistema financiero y, en particular, los servicios financieros de importancia sistíémica y los sistemas de pago, compensación y liquidación". Esto da a entender que la aplicación de procesos de venta discrecionales se dará especialmente en los casos de entidades sintíéticas como BFA- Bankia


Asimismo, tambiíén forman parte de estos objetivo "evitar efectos perjudiciales para la estabilidad del sistema financiero, previniendo el contagio de las dificultades de una entidad al conjunto del sistema y manteniendo la disciplina de mercado; asegurar la utilización más eficiente de los recursos públicos, minimizando los apoyos financieros públicos que, con carácter extraordinario, pueda ser necesario conceder; proteger a los depositantes cuyos fondos están garantizados por el Fondo de Garantí­a de Depósitos de Entidades de Críédito los fondos reembolsables y demás activos de los clientes de las entidades de críédito."


Enormes poderes para el FROB


Esta potestad se suma a los amplí­simos poderes de que gozarán tanto el FROB como el Banco de España a partir de ahora para, entre ellos los de "intervención temprana" ante señales de alerta en una entidad, reestructuración y resolución ordenada, es decir, la liquidación de entidades por primera vez en nuestra Historia. Incluso se hacen con la competencia sancionadora, que hasta ahora residí­a en el Ministerio de Economí­a.


Para ejercer la adjudicación directa, el FROB sólo tendrá que contar con el visto bueno del Banco de España. Ahora bien, como se trata de recuperar el dinero público inyectado en los bancos en apuros -dinero que en principio va a salir del rescate de hasta 100.000 millones de la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera-, tendrá que comunicarlo a la Comisión Europea "a efectos de lo establecido en la normativa en materia de ayudas de Estado y defensa de la competencia".


Ruptura con el procedimiento actual


Hasta ahora, todas las ventas de entidades intervenidas o nacionalizadas en la crisis se han hecho mediante subastas competitivas: CCM, donde venció Cajastur (subastada antes de la creación del FROB y con un procedimiento nada transparente); CajaSur, que fue a parar a BBK; CAM, donde se impuso el Banco Sabadell ante la retirada de los demás interesados; y Unnim, adquirida por BBVA. Faltan por venderse CatalunyaCaixa, Banco de Valencia (las subastas de estas dos fueron interrumpidas por la petición del rescate), BFA-Bankia y NovaGalicia, más las entidades adicionales que tengan que recibir ayudas del rescate y que no puedan devolverlas.


Estas subastas han sido inversas, es decir, ganaba quien menos dinero pedí­a por quedarse con ellas, en forma de EPA (esquema de protección de activos) para sanear el balance de la entidad nacionalizada. A partir de ahora, con la introducción del 'banco malo', el FROB podrá segregar los activos tóxicos, que irán a parar a este vehí­culo, de los sanos, que serán los que se vendan. Lógicamente, no hará falta sanearlos, por lo que ahora sí­ será posible obtener un precio por ellos