La Audiencia de Barcelona alude a la gravedad de la financiación irregular de Unió
Los jueces rechazan suspender el ingreso en la cárcel pese a que es inferior a dos años
Dos excargos del partido y un empresario aceptaron los hechos para reducir la pena
La corrupción política debe castigarse con severidad para que cunda el ejemplo. Cualquier decisión que no ponga freno a esa lacra sería “obscena†para unos ciudadanos sometidos al azote del paro y de los recortes. Así argumenta la Audiencia de Barcelona una decisión de calado: denegar la suspensión de la pena de prisión para tres condenados por el caso Pallerols, con el que Unió Democrí tica de Catalunya (UDC) se financió irregularmente a travíés de las subvenciones de la Unión Europea para formación de parados. Los jueces estiman que en este asunto la pena de cárcel debe servir “para intimidar a todos aquellos ciudadanos/políticos que pudieran sentirse tentados†por la corrupción y para que “interioricen la necesidad†de ajustar su actuación a criterios de “íética políticaâ€.
Tras una tortuosa investigación de 14 años, el caso se cerró hace dos meses con una sentencia de conformidad pactada entre la fiscalía y los acusados, que aceptaron penas mínimas de cárcel —inferiores, en todos los casos, a los dos años— a cambio de asumir los hechos: o sea, que parte del dinero destinado a los cursos fue a parar a las arcas del partido que, ahora igual que entonces, dirige Josep Antoni Duran Lleida.
El empresario andorrano Fidel Pallerols y el exsecretario de organización de Unió, Vicení§ Gavaldí , fueron condenados a siete meses de cárcel por fraude de subvenciones; exdirector general de Trabajo, Lluís Gavaldí , aceptó un año y medio por malversación. Pese a la levedad de las penas, los magistrados han ordenado el ingreso en prisión de los acusados porque la “incuestionable gravedad†de los hechos, que se enmarcan en lo que “coloquialmente se denomina corrupción política a travíés de una trama organizadaâ€.
El empresario y los excargos de Unió “orquestaron una trama dirigida a que parte de los fondos públicos†sirvieran para “engrosar las arcas†del partido democristiano, que tambiíén fue condenado como responsable civil subsidiario y “partícipe a título lucrativo†en el fraude. Al aceptar ese relato de los hechos, Unió admitió haberse financiado de forma irregular a costa de subvenciones para parados, pese a los esfuerzos negacionistas de Duran Lleida. El desvío de fondos ascendió a 388.484 euros. La mitad de ese dinero sirvió para comprar mobiliario de las sedes de Unió y para pagar nóminas de militantes del partido que, aunque no realizaban ningún trabajo, figuraban como empleados de las academias de Pallerols.
Los abogados de los condenados pidieron suspender la ejecución de las penas. La fiscalía no se opuso a ello. La Audiencia de Barcelona, sin embargo, justifica su decisión en que los hechos son “de indudable gravedadâ€. El auto destaca “lo inadmisible que resulta que algunas personas que deciden dedicarse a la noble función del ejercicio de la política†(...) “incurran en conductas corruptasâ€. No se trata, además, de un “caso esporádicoâ€, sino que, “desgraciadamenteâ€, la corrupción política está extendida, abunda la resolución judicial.
El ingreso en prisión es necesario, razonan los magistrados, para “frenar†ese tipo de conductas y fomentar que los servidores públicos “ajusten su actuación a criterios de íética políticaâ€. Lo contrario equivale a una “cuasi impunidad†de “políticos y poderosos†que “sucumbieron a las ventajas que proporciona el ejercicio del poderâ€. Sería “obsceno†que las decisiones de los jueces no sirvieran de “cortapisa†para evitar el desvío de fondos. Sobre todo, añaden, en una íépoca de crisis, con “personas que a diario engrosan los dramáticos índicos de desempleosâ€, y sometidos a “continuos recortes en servicios sociales†y a “una demanda de sacrificios†que se ceba en los “más díébilesâ€.
La resolución de la Sección Segunda se ha adoptado por mayoría. El magistrado Javier Arzúa Arrugaeta ha emitido un voto particular porque considera que no hay razones suficientes para denegar el beneficio de la suspensión de pena. La decisión no es firme y los condenados pueden interponer un recurso de súplica ante la misma sala que la ha adoptado. Tambiíén pueden, en su caso, solicitar el indulto al Gobierno central.