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Autor Tema: La Junta de Castilla-La Mancha deroga la orden que obligaba a cerrar las  (Leído 130 veces)

Eguzki

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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha derogado la orden por la que estableció el cierre de las urgencias nocturnas de 21 Puntos de Atención Continuada (PAC) de la región despuíés de las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en las que daba la razón de forma cautelar a los ayuntamientos afectados.

La Consejerí­a de Sanidad y Asuntos Sociales ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la orden por la que se deroga la orden anterior, de fecha 20 de noviembre de 2012, con el fin de "evitar perjuicios en la prestación del servicio surgidos de las reclamaciones judiciales y de acatar las resoluciones del tribunal".

El Gobierno de Castilla-La Mancha argumenta que los pronunciamientos que sobre dicha orden se han realizado por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha hacen "prácticamente imposible la consecución y objetivos de mejora que se pretendí­an obtener con la misma".

Por otro lado, asegura que la orden del pasado 20 de noviembre que establecí­a el cierre de las urgencias se fundamentaba en "el escaso uso de estos recursos" que "obstaculiza el logro de una sanidad más eficiente, eficaz, útil, rápida, moderna, racional y efectiva".

Asimismo, plantea que la suspensión cautelar de las medidas dictadas por el Tribunal Superior de Justicia provoca la "desamornización" del sistema global de la comunidad autónoma.

Por ello, de acuerdo con "los principios de eficacia y coordinación" en la prestación sanitaria de urgencia, el Gobierno castellanomanchego considera necesario dictar esta nueva orden, que deroga la anterior y que entra en vigor hoy mismo.

Esta decisión se toma "sin perjuicio de la ulterior necesidad de proceder a racionalizar la atención sanitaria urgente que se presta en las zonas básicas de salud, con el fin de optimizar la utilización de los recursos fí­sicos, humanos y materiales, sin que por ello se comprometa la calidad de la asistencia sanitaria de la población y siempre persiguiendo el interíés general y la máxima protección del bien jurí­dico que constituye la salud como bien constitucionalmente protegido".

La Consejerí­a de Sanidad recalca en cualquier caso que la reorganización territorial y funcional del servicio de urgencias se basó en estudios tíécnicos y agilizaba la asistencia urgente y emergente en las zonas básicas afectadas mediante la ubicación de unidades de soporte vital con personal sanitario, "respondiendo a criterios de racionalidad de los recursos públicos, inmediatez y continuidad en la atención sanitaria urgente y emergente".

La orden que hoy queda derogada entró en vigor el 14 de enero y sólo tres dí­as despuíés el Tribunal Superior de Justicia dictó un primer auto de medidas cautelarí­simas para suspender sus efectos.

El 29 de enero dictó otro auto de medidas cautelares en el que mantení­a la suspensión de la orden en Tembleque (Toledo), cuyo ayuntamiento fue el primero que recurrió y al que en fechas posteriores se fueron sumando los demás.

El Gobierno de Castilla-La Mancha presentó un recurso de reposición ante esa decisión, pero fue desestimado el 5 de marzo por el Tribunal Superior con cinco votos a favor y dos votos particulares.