El Gobierno admite que el cheque bebíé discrimina
Publicado en Expansión por M. Tejo
Junto al efecto pinchazo que ya sufrieron la renta de emancipación o la deducción en el IRPF de los 400 euros, ahora le toca el turno a la paga por nuevo hijo. Su cobro genera “situaciones de desigualdad†a las inmigrantes.
Y como el futuro empieza hoy, les anuncio una medida de gran alcance: cada familia con residencia legal en España recibirá 2.500 euros por nuevo hijoâ€. Era el 4 de julio de 2007.
El presidente del Gobierno forzó una vez más la hucha de Solbes con la promesa de una subvención directa para las familias. Tras más de hora y media de discurso, en el Debate del Estado de la Nación, la audiencia despertó de pronto de su letargo. “¡2.500 euros!â€, repetía incríédulo el público. Lo que ignoraba el presidente es que caería preso de su espontánea ocurrencia.
Las reticencias del vicepresidente a apoyar la medida estrella, que supone un gasto de 1.200 millones anuales, sólo representaron el primer revíés. La urgencia con la que se aprobó la Ley 35/2007, de noviembre, que establece la deducción de los 2.500 euros en el IRPF o su pago único, incurrió en algunos lapsus, lo que ha llevado a Economía y a Igualdad a reconocer que está dando lugar a “situaciones de desigualdadâ€, por lo que “existen supuestos de familias que no tendrán acceso a dicha ayudaâ€.
El legislador ha pasado por alto una realidad abultada en España: de los 491.183 nacimientos que se producen anualmente, dos de cada diez son de madre extranjera, y potencialmente afectados por el cheque bebíé. He aquí la primera traba: la norma exige una residencia legal de dos años para acceder al cheque para todas las madres, únicas beneficiarias.
En primer lugar, la ayuda ya se trata sólo de un “cheque mamáâ€, como resume uno de los perjudicados, pues sólo en el caso de que íésta fallezca, el padre recibe la paga.
El problema radica en que un niño con DNI español tiene vetado el cheque por el hecho de tener padre español y madre extranjera (más de 35.000 nacimientos al año); en cambio, si fuese al revíés, la Administración obviaría el dato de la nacionalidad del padre. Para rizar el rizo, las parejas homosexuales tienen derecho a elegir cuál de los dos será el beneficiario, dejando plena libertad, un derecho que se niega al resto de parejas.
El puntillismo normativo impide, incluso, que un niño nacido, por ejemplo, durante las vacaciones se beneficie del cheque por no haber nacido “en territorio españolâ€.
La Administración responde tirando el balón hacia otro lado: Aído –Igualdad– se lo lanza a Cabrera –Educación y Asuntos Sociales–, y Corbacho –Trabajo– a su propia casa. Economía tambiíén mira hacia otra parte (ver apoyo).
Lo que responde Pedro Solbes
El cheque bebíé que tanto le costó tragar a Solbes pivota ahora sobre su tejado. El Defensor del Pueblo ha decidido llamar a la puerta del vicepresidente económico con motivo de las “quejas†recibidas sobre el acceso a la paga de los 2.500 euros. Economía es tajante: “Una vez aprobada la ley, a la Administración tributaria sólo le queda aplicarla estrictamenteâ€.
Aún así, tal como reescribe el Defensor del Pueblo, Economía “evidencia supuestos que son ajenos a los beneficios de la Ley dando lugar a situaciones de desigualdad no queridas por el legisladorâ€.
Una subvención que roza el límite de lo constitucional
Una paga siempre rociada de políémica. Desde que el 4 de julio de 2007 el presidente del Gobierno anunció la subvención de 2.500 euros por cada nuevo nacimiento o adopción, al cheque bebíé no le han parado de llover las críticas.
El PP, por ejemplo, acusó desde el primer momento a Zapatero de haberle plagiado esta medida, mientras otros partidos la tacharon de “trasnochadaâ€. Pero al margen de estas trifulcas, el cheque bebíé ha planteado entre los juristas las dudas sobre su constitucionalidad.
El primer agujero es su entrada en vigor, pues la ley que lo regula restringe su acceso a los nacimientos producidos a partir del uno de julio de 2007. Las alarmas no tardaron en sonar por una posible vulneración de la Ley General Tributaria, que prohíbe la entrada en vigor de una reforma fiscal a mitad de ejercicio. El escollo se esquivó bajo el argumento de que cualquier medida tiene que tener un punto de partida.
Pero hay más. Los laboralistas consultados explican que la prestación podría suponer una discriminación indirecta para las extranjeras. Según explica Sonia Cortíés, socia de Cuatrecasas, a la inmigrante “se le discrimina por razón de sexo y ello podría considerarse inconstitucionalâ€.
Disparidad de criterios
Aunque la paga intenta ayudar a la madre, consigue el efecto inverso al negarle al padre que sea, de forma excepcional, el receptor de íéste. En cambio, las parejas del mismo sexo sí pueden elegir quiíén es el beneficiario. “Bastaría utilizar este criterio para todos para evitar la discriminaciónâ€, explica Cortíés.
La jurista explica que el criterio de residencia es “objetivoâ€, sin embargo supone un perjuicio para “la madre†y, tambiíén, para el niño. “En el caso del apellido, por ejemplo, se pone primero el del padre por defecto. í‰ste es un criterio objetivo. Y aunque a priori no hay necesidad de cambiarlo, existe esa posibilidadâ€, reflexiona Cortíés.