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Autor Tema: Hacienda exime a varios sectores industriales del impuesto elíéctrico  (Leído 129 veces)

Eguzki

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El Gobierno ha decidido aplicar una exención del impuesto especial de la electricidad del 85%a varios sectores industriales, entre ellos, el cemento, el aluminio y la metalurgia. Se trata de una histórica reivindicación de la patronal CEOE con la que el Ejecutivo quiere compensar el encarecimiento de los costes energíéticos en la industria provocado por la nueva reforma elíéctrica y los impuestos energíéticos que entraron en vigor el pasado 1 de enero.

 La exención está incluida en una de las enmiendas presentadas por el Grupo Popular al proyecto de Ley de Fiscalidad Medioambiental que se tramita en el Parlamento. A los actuales beneficiarios de exenciones de un impuesto que pagan en la factura de la luz todos los consumidores y recaudan las comunidades autónomas, se sumarán a partir de la entrada en vigor de la ley tres nuevos grupos de industrias. Según la enmienda, estará exenta del pago del 85% del impuesto de la electricidad la energí­a que se destine a los siguentes usos: la reducción quí­mica y los procesos electroclí­ticos (aluminio); los procesos mineralógicos y los metalúrgicos.

En el segundo grupo están el vidrio, la cerámica (ladrillos, azulejos o sanitarios), el cemento (que incluye cal, yeso y hormigón); la piedra; productos abrasivos y aceros y ferroaleaciones. En el último, figuran los productos metálicos, los forjados, prensa, troquelados y distintos laminados.

El Gobierno quiere aplicar con ello la Directiva 2003/96 que sentó las bases “para armonizar la fiscalidad sobre los productos energíéticos y la electricidad” y aligerar así­ la factura elíéctrica de los denominados sectores intensivos en consumo energíético.

Sin embargo, ni todos los sectores intensivos ni otros incluidos en la citada directiva disfrutarán de este beneficio fiscal. Y es que esta permite tambiíén aplicar exenciones a aquellos productos en los que la energí­a represente más del 50% de su coste de fabricación y a los “productos energíéticos” (esto es, combustibles). Una discriminación que ha causado un profundo malestar en empresas de otros sectores industriales.

En España, el impuesto especial de la electricidad es del 5,11% (en estos momentos entre 4 y 5 euros MWh), lo que supone 10 veces el mí­nimo comunitario permitido para la industria, que se sitúa en 0,5 euros MWh. Su exención es una vieja reivindicación de los sectores empresariales. De hecho, el año pasado de 17 patronales industriales se lo reclamaron al Gobierno.

Este tributo, que se aplica desde el año 1998, tiene su origen en la antigua tasa que se aplicaba en el recibo de la luz para pagar las ayudas al carbón nacional. Ese año, cuando esta desapareció, el Gobierno del PP la convirtió en un impuesto especial sobre la electricidad, que el primer año se fijó en 0,65 pesetas kW/h y su recaudación se destinó a las comunidades autónomas. Hacienda ha decidido rebajarlo drásticamente para algunos sectores, pero dicha rebaja no afectará directamente a sus arcas, sino a las de los gobiernos regionales.

Cogeneración y otros sectores excluidos
La Directiva 2003/96 da libertad a los Estados miembros para otorgar beneficios fiscales a los llamados sectores intensivos, tanto en los impuestos sobre “los productos energíéticos como sobre la electricidad”. La armonización que persigue esta directiva aprobada en noviembre de 2003 establece un mí­nimo impositivo, por encima del cual, pueden subir los tributos o no. En España, el impuesto de la electricidad es 10 veces superior al mí­nimo comunitario.

La normativa europea permite la exoneración fiscal a los productos energíéticos que no se utilicen como carburante de automoción ni combustible para calefacción; los productos energíéticos de doble uso (en este caso se incluyen, entre otros, los utilizados en reducción quí­mica y en los procesos electrolí­ticos y metalúrgicos); la electricidad utilizada a efectos de reducción quí­mica y procesos electrolí­ticos y metalúrgicos y la electricidad cuando represente más del 50 % del coste de un producto, así­ como a los procesos mineralógicos (cemento, cal, vidrio, etc.).

El Gobierno quiere aprovechar esta normativa para rebajar de forma drástica el impuesto de la electricidada a muchos sectores. Pero no lo hará extensivo a todos los que la directiva permite, lo que puede crear algún conflicto en el trámite del proyecto de ley. Fuentes empresariales se lamentaban ayer de que “el Gobierno no haya aprovechado el margen mayor que da la directiva europea de minorar y excluir los impuestos energíéticos en otros sectores industriales y actividades intensivas en energí­a, como por ejemplo la cogeneración o las renovables”. Tambiíén a otras manufactureras de elevado consumo energíético no incluidas en la lista.
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