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Autor Tema: Telefónica pierde contra Hacienda en el Supremo un pleito de 279 millones  (Leído 154 veces)

Eguzki

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Telefónica se ha llevado un revíés en los juzgados en su pelea por evitar una sanción de la Agencia Tributaria. Según una sentencia reciente del Tribunal Supremo, la compañí­a presidida por Cíésar Alierta tendrá que hacer frente a una liquidación de 279,2 millones por una contabilidad inadecuada de las cuentas de 2001 a 2004. Los magistrados del Alto Tribunal han fallado a favor de los abogados del Estado que llevaban más de seis años pleiteando contra la multinacional, en plena cruzada de Hacienda contra las grandes corporaciones.
Un dictamen del 12 de diciembre de 2012 de la Audiencia Nacional obligaba a Telefónica a pagar esos 279,23 millones de euros por una errónea contabilización del impuesto de sociedades, según habí­a advertido con anterioridad (en 2009) el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). Contra esta resolución, la compañí­a presentó en abril de 2013 un recurso de casación al considerar que la sentencia contení­a una interpretación incorrecta de la ley, una medida contra la que se opuso la Administración.

Para Telefónica, la Audiencia Nacional habí­a cometido una incongruencia al haber desestimado determinadas pretensiones fiscales de la compañí­a relativas a la deducción por actividades exportadoras que los abogados del Estado habí­an aceptado en las negociaciones previas a la sentencia del 12 de diciembre. Además, consideraba que el dictamen de la Sala de lo Contencioso-Administrativo habí­a dejado sin atender las peticiones de la sociedad sobre el tratamiento fiscal por las provisiones –reconocimiento de píérdidas patrimoniales– realizadas en filiales de Brasil y Perú. Es lo que se conoce como “incongruencia omisiva”.

En una resolución de 13 folios, el Tribunal Supremo falló el pasado 6 de febrero estimar el recurso de casación interpuesto por Telefónica contra la sentencia de la Audiencia Nacional y anularla. Pero al mismo tiempo desestima el recurso de la compañí­a contra el acuerdo del TEAC de septiembre de 2009 y confirma el informe y la penalización. Telefónica asegura que no le afectará a sus cuentas al tenerla ya provisionada.

En consecuencia, la compañí­a tiene que pagar los 279,2 millones de euros, una de las mayores multas que se recuerdan entre las compañí­as cotizadas. De hecho, el mayor desembolso que el grupo dirigido por Cíésar Alierta habí­a hecho a Hacienda fue el que pagó en 2013 por 135 millones a raí­z de las inspecciones fiscales correspondientes a los ejercicios 2005 y 2007.

Antes, en 2012, Telefónica habí­a finalizado el litigio que mantení­a en el Tribunal Supremo y cuya ejecución tuvo lugar en octubre, en relación con las actas de inspección del grupo consolidado fiscal en España, por el impuesto sobre sociedades de los ejercicios 1998 a 2000, estimando parcialmente el Tribunal sus alegaciones. La cuota finalmente ingresada fue de 110 millones de euros.

La gran victoria

No obstante, no todo han sido derrotas fiscales. La mayor victoria judicial de Telefónica contra la Hacienda pública es la que se apuntó con motivo de la sentencia parcial del mismo 12 de diciembre de 2012 en la que los abogados del Estado le reconocieron como fiscalmente deducible las minusvalí­as obtenidas por el grupo en relación con la transmisión de determinadas participaciones sociales: TeleSudeste, Telefónica Móviles Míéxico y Lycos. Se trataba de un críédito fiscal de 7.400 millones, 2.600 millones netos.

La parte mollar del dictamen era la relacionada con Lycos, posteriormente refundada como Terra Networks. Telefónica solicitó a Hacienda el reconocimiento de una mayor base imponible negativa por un importe máximo de hasta 7.418 millones de euros. La compañí­a pidió aplicar como valor de adquisición fiscal el que resultarí­a de tomar el valor de mercado de las acciones de Lycos Inc. recibidas, en lugar del valor contable por el que fueron registradas por haberse acogido a lo dispuesto en el artí­culo 159 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Es lo que se llama el fondo de comercio o diferencial entre el valor en libros al que se tiene registrada la participación y el precio pagado en la compra. Despuíés de ocho años de tiras y aflojas con la Administración, Telefónica le ganó el pleito pese a que en su propia memoria anual admití­a que habí­a “una muy escasa probabilidad de que la administración tributaria aceptara su reconocimiento (del críédito fiscal)”. Esos 2.600 millones son los que dejarí­a de pagar Telefónica en impuestos, ya que la legislación española permite utilizar el 30% de las píérdidas para reducir los pagos impositivos sobre los beneficios posteriores que genere la compañí­a.

Agustí­n Marco