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Autor Tema: El butano bajará un 4,6% en octubre gracias a una sentencia del Supremo  (Leído 149 veces)

Eguzki

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El butano está a punto de convertirse en el único producto energíético que bajará en octubre porque el precio de la bombona se reducirá en un 4,6 por ciento, hasta los 16,10 euros por botella a pesar de que se le aplica desde el 1 de septiembre un IVA del 21 por ciento.


El motivo es que una sentencia del Tribunal Supremo tumbó hace unos meses la fórmula de cálculo impuesta por el Gobierno que se aplicaba hasta el momento. Pero el Ministerio de Industria aún no ha impulsado una nueva metodologí­a. De esta manera, prevalece el mecanismo vigente hasta 2008, justo antes de imponerse la fórmula que ahora es ilegal.

La metodologí­a antigua repercute de una manera más realista la evolución de las materias primas y, por tanto, en este momento corresponde aplicar una bajada sobre la bombona. Sin embargo, los operadores avisan de que, si ahora se utiliza la fórmula de 2008, en enero se producirá el efecto contrario en el resultado y habrá fuertes subidas.

De ahí­ que una vez más insistan en la necesidad de liberalizar por completo este sector que a dí­a de hoy incurre en graves píérdidas. De hecho, varias compañí­as extranjeras han abandonado este negocio en España por los márgenes negativos que genera.

El cambio de la fórmula en 2008 fue motivado porque el Gobierno querí­a aplacar las fuertes oscilaciones de las cotizaciones internacionales y, por ello, optó por introducir un nuevo tíérmino en el cálculo, con la letra griega lambda, que toma como referencia los niveles históricamente bajos de abril y mayo, a la vez que adolece de un gran decalaje a la hora de repercutir el precio de la materia prima.

Con este tíérmino los operadores incurrí­an en graves píérdidas, tal como ratificó el Supremo en su fallo del pasado 5 de junio y que fue adelantado por elEconomista. Y es que los operadores han llegado a denunciar que por cada bombona que vendí­an llegaban a perder un euro.

Sin embargo, un recurso de la Asociación Española de Operadores de Gases Licuados de Petróleo (AOGLP) del 26 de noviembre de 2009 ha dado la vuelta a esta situación y, ante la inacción por parte del Ministerio de Industria para buscar una solución, el precio será marcado por la fórmula antigua, que ahora beneficia al consumidor, pero no hay que olvidar que más adelante dañará al bolsillo.

Medidas de los operadores
Lo único que ha hecho el Ejecutivo es publicar la sentencia en el Boletí­n Oficial del Estado pero, una vez pasado el periodo reglamentario para revertir la situación, las novedades brillan por su ausencia.

De ahí­ que AOGLP ha convocado una junta directiva para el próximo 21 de septiembre donde decidirá algún tipo de medida con el objetivo de criticar la actitud del Ejecutivo por no afrontar el problema, a pesar de tener una sentencia del Supremo como escenario de fondo.

Las petroleras proponen suprimir la actual metodologí­a de manera progresiva y sustituirla por otra que cuantifique la materia prima y traslade a su coste mensualmente el precio de la variación de las cotizaciones internacionales.

Asimismo, el sector cree conveniente retirar el tíérmino C, que se destina a retribuir a las empresas distribuidoras, y actualizar la cuantificación adecuada de todos sus componentes de esta actividad.

En este sentido, la situación crí­tica del sector ha provocado un descontento generalizado de las agencias distribuidoras con las petroleras. Los repartidores denuncian que sus comisiones son fijadas unilateralmente por las compañí­as y, en consecuencia, se han ido abandonando muchos puntos de distribución.

Las agencias de distribución critican que volver a la fórmula antigua les perjudica seriamente porque no recoge los costes de su negocio e incurren en píérdidas.

En cualquier caso, las petroleras tampoco están conformes con la antigua fórmula y denuncian las sucesivas modificaciones en contra del sector del marco legal desde 1992 que pueden haber tenido un efecto negativo para los operadores, que ronda ya los 700 millones de euros.

Cabe destacar que la demanda ante el Supremo pide que se anule la orden ministerial, pero no exige indemnizaciones. Eso sí­, la sentencia deja abierta la puerta a que los diferentes operadores exijan que se les reconozcan las píérdidas de los últimos años.

Pero esta eventual reclamación tendrá que ser una decisión individual de Repsol, Cepsa y de la portuguesa Galp.

Para los operadores esta situación es consecuencia de un marco regulatorio que ha instalado la píérdida (derivada del desfase entre el coste real del producto final y el precio al que se ha estado vendiendo) como mal endíémico en los balances de las compañí­as.

Además, el Alto Tribunal apunta al "acusado componente de carácter social" en las fluctuaciones de precio, aunque tambiíén dice que ello no deberá implicar la insuficiencia del precio máximo regulado administrativamente.

Venta a píérdidas
Una de las claves de este fallo es que destaca que el Estado no puede exigir que los suministros se hagan a precios que no cubran los costes a lo largo de periodos prolongados, ya que agrava la falta de competencia en el mercado. Por último, la resolución judicial apunta que la protección de los consumidores vulnerables no tiene por quíé implicar la venta a píérdidas de los operadores.

Y este precisamente es uno de los temas prioritarios del Ministerio de Industria a la hora de abarcar la reforma energíética: cómo protege a los consumidores más desprotegidos a la vez que avanza en la liberalización de los sectores, tal como dicta la Comisión Europea