La batalla entre la 'City' londinense, el mayor centro financiero de Europa, y las autoridades del 'Viejo Continente' por la prohibición de las posiciones cortas se decanta hacia Reino Unido.
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Niilo Jí¤í¤skinen, ha propuesto anular los "poderes excepcionales" conferidos a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglíés) para regular o prohibir las ventas en corto en los Estados miembros.
Las posiciones cortas consisten en toman prestados títulos de otros inversores para venderlos en el mercado a la espera de que pierdan valor. Una vez que la caída se produce, los operadores bajistas cierran su posición recomprando las acciones para devolvíérselas de nuevo a los propietarios iniciales, que cobran un interíés por el príéstamo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuenta con ocho abogados generales que se pronuncian sobre ciertos litigios antes de la sentencia final de la corte, que suele seguir las recomendaciones de estos juristas en la mayoría de los casos.
Londres se opone
El carácter especulativo y la falta de transparencia que suele rodear a estas transacciones empujaron a algunos países como España a prohibirlas de manera unilateral, antes de que la Unión Europea en su conjunto decidiese actuar en 2012.
Con el fin de armonizar el mercado interior, los socios comunitarios aprobaron, con la abstención del Reino Unido, un reglamento destinado a unificar la respuesta europea contra la operaciones especulativas con deuda soberana. En concreto, endurecieron las normas para la venta en corto al descubierto (aquellas en las que el inversor no posee los activos en el momento de la venta), y prohibieron las transacciones al descubierto de los seguros de impago vinculados a la deuda soberana.
Los Estados miembros sólo podrían "salirse" temporalmente de esas normas cuando la ESMA lo autorizase, competencias que quedaron reguladas en el artículo 28 del reglamento sobre la base del artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Reino Unido no logró parar la tramitación de la medida durante el proceso legislativo, por lo que interpuso un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el que solicitaba su anulación y alegaba, entre otros motivos, que el artículo 114 no era la base legal adecuada.
Victoria parcial
Niilo Jí¤í¤skinen ha dado la razón a la 'City' en este punto, aunque rechazó los otros argumentos que presentó contra la medida.
El abogado sostiene que efectivamente el artículo 114 no constituye la base jurídica adecuada para otorgar competencias extraordinarias a la ESMA. Recalcó que dichas competencias "van más allá de lo que legítimamente podría adoptarse como una medida de armonización necesaria para el establecimiento o el funcionamiento del mercado interior".
En este contexto propone que se anule el artículo 28, ya que en la práctica obliga a las autoridades nacionales a acatar las decisiones de la ESMA, por lo que más que una armonización en la toma de decisiones, se trataría de una sustitución de las decisiones nacionales por decisiones europeas, y eso va más allá de los límites del artículo 114.
La ESMA se estableció en 2009 como parte del nuevo sistema de supervisión financiera de la UE, que tambiíén incluía la Autoridad Bancaria Europea (EBA), la Autoridad Europea de Supervisión de Seguros y Pensiones (EIOPA) y el Consejo Europeo de Riesgo Sistíémico (ESRB).