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Autor Tema: Las empresas denuncian al Gobierno ante la UE por la morosidad píºblica  (Leído 84 veces)

Eguzki

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Las empresas españolas han dicho basta. La morosidad que sufren –sobre todo las pequeñas y medianas (pymes)– merma su liquidez y estrangula sus expectativas. Casi tres años despuíés de que se aprobara la nueva Ley de Morosidad, el sector público no sólo no paga a tiempo, sino que está tramitando varias modificaciones legales que permitirán alargar los plazos legales de pago y, por tanto, incumplir la Directiva europea sobre morosidad.
Por ello, la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), que aglutina a 1,5 millones de empresas, ha elevado una denuncia a la Comisión Europea, a la que ha tenido acceso EXPANSIí“N, para que las autoridades comunitarias actúen de oficio contra España y obliguen (con sanciones, se entiende) a las Administraciones Públicas a pagar a tiempo y a cumplir la normativa europea.
Bruselas ha habilitado un buzón anónimo de denuncias, para evitar posibles represalias a proveedores. La de la Plataforma es la primera que se hace en España.
El sector público español abona sus facturas, de media, en un plazo de 111 dí­as, casi el cuádruple de los 30 que exige la ley. «Es evidente que existe por parte de las administraciones españolas una falta de cumplimiento de la normativa europea y de la propia normativa española en materia de morosidad con relación a los plazos de pago», reza el documento.
Esta morosidad comercial tan abultada se debe, sobre todo, a los datos de las autonomí­as y los ayuntamientos. La Administración Central ya cumple la ley, en muchos casos. De hecho, los últimos datos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) revelan que en el cuarto trimestre se registró por primera vez un plazo de pago legal, de 30 dí­as.
Sin embargo, hay que recordar que los datos podrí­an estar desvirtuados, ya que el Gobierno puede posponer la fecha de «aprobación» de las certificaciones de obra pública. De hecho, esto último es una de las grandes razones por las que se ha interpuesto la denuncia ante Bruselas.
Cambios legales  No en vano, las quejas de las pymes no se refieren tanto a la tardanza del sector público como a esos nuevos cambios legales que podrí­an dar barra libre a la morosidad pública y privada. El primero de ellos, la modificación legal ya aprobada para certificar tarde las obras públicas. El año pasado, de tapadillo, el Gobierno modificó el artí­culo 216.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, para que el inicio del plazo de pago a los proveedores no fuera el dí­a en que se presta el servicio, sino «la fecha de aprobación de las certificaciones de obra».
Ello «condiciona el pago por parte del deudor a un acto (verificación y comprobación) que ha de hacer íéste, en el que no puede intervenir el acreedor y que se puede extender por encima de los 30 dí­as naturales», critica el documento.
«Es evidente que el artí­culo es totalmente contrario a la directiva», denuncia la PMcM. De hecho, el artí­culo 4 de la norma comunitaria determina el inicio del cómputo del plazo de pago «desde la recepción de la factura o solicitud de pago equivalente, o en caso que la fecha de dicha recepción sea dudosa, a partir de la recepción de los bienes o la prestación del servicio», según la Plataforma.
Por otro lado, el Ejecutivo pretende instaurar, por ley, un confirming (fórmula de pronto pago a travíés de un banco, con un coste para el acreedor) propio en el comercio y que los proveedores tengan que pagar por cobrar.
El escrito de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad apunta que «la presente situación en el sector de la distribución y del comercio minorista español es totalmente contraria a los principios fundamentales de la Directiva, por lo que no hay «protección alguna por parte del Estado español a un gran volumen de empresas que desarrollan su actividad en este sector».
Coste para el proveedor  Por último, otra disposición en el Anteproyecto de Ley de financiación empresarial permite instaurar el confirming para el resto de sector de actividad.
«Es evidente que con estas nuevas modificaciones legislativas se intenta enredar el concepto de plazo de pago con el de medios de pago y el de financiación de activo corriente, queriendo permitir que en la práctica se pacten plazos de pago ilimitados y provocar un coste financiero adicional para el proveedor que quiera cobrar dentro del plazo legal de 60 dí­as», subraya la denuncia.
En resumen, para los denunciantes queda claro que «el mandato europeo en materia de morosidad y lo regulado en dicha materia en las normas del Estado Español difieren».
Ahora la pelota está en el tejado de la Comisión Europea, que se reunirá próximamente con miembros del Gobierno para discutir (y criticar) el asunto (ver información adjunta). Si la Comisión asume los argumentos de las empresas españolas, multará al Gobierno