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Autor Tema: Las subvenciones y sus perceptores se harán píºblicos en internet  (Leído 64 veces)

Eguzki

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Una enmienda del PP a la Ley de Racionalización del Sector Público, que se tramita en el Senado, va a permitir la publicación de la información de que dispone la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre quienes las reciben o las cantidades y que otorgan todas las administraciones públicas, incluyendo tambiíén a las autonomí­as, entes locales y organismos autónomos.

Se trata del capí­tulo más importante en el gasto de las administraciones. Existe una gran diversidad de subvenciones, que suelen concederse mediante procedimientos complejos, que se articulan como instrumento de la polí­tica presupuestaria. Su objetivo es apoyar a las demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas y privadas, y, sobre todo, racionalizar el sistema económico y propiciar reformas.Suelen concederse mediante procedimientos complejos, pueden solaparse entre administraciones y en muchos casos no están exentas de un posible fraude.

En lí­nea con los principios de publicidad y de información pública de la Ley de Transparencia que entró en vigor en diciembre, la enmienda modifica varios artí­culos de la Ley General de Subvenciones de 2003. En concreto, en el nuevo artí­culo 18 se determina que la BDNS, que elabora la Intervención General del Estado (IGAE) del ministerio de Hacienda, «operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones». Pero es en la modificación del artí­culo 20 donde se sustancia que la Base debe promover la transparencia y servir como instrumento para la planificación de las polí­ticas públicas así­ como «colaborar en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas públicas».

El cambio normativo establece que «para garantizar el derecho de los ciudadanos» a conocer todas las subvenciones convocadas en cada momento y para contribuir a los principios de publicidad y transparencia, la IGAE publicará en su página web una serie de contenidos. Entre ellos, menciona los anuncios de todas las convocatorias de subvenciones mediante un enlace electrónico. Y tambiíén las subvenciones concedidas. «Para su publicación», las administraciones concedentes deberá remitir a la BDNS «las subvenciones concedidas», tanto de personas fí­sicas como jurí­dicas , con indicación según cada caso «de la convocatoria, el programa y críédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas o proyectos subvencionados».

Además, se establece que la BDNS podrá suministrar información sobre las sanciones interpuestas por infracciones muy graves en casos de fraude. Se publicará el nombre y apellido o denominación social del sujeto infractor, la infracción cometida, la sanción impuesta y la subvención a la que se refiere.

Tambiíén se establecen una serie de excepciones a la hora de facilitar estas informaciones. Así­, no serán publicadas las subvenciones concedidas cuando la publicación de los datos del beneficiario en razón del objeto de la subvención «pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen»

La IGAE será quien determine mediante una instrucción el detalle de los datos a publicar. Lo más probable es que esta media se aplique primero en la Administración Central y despuíés en las territoriales.