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Autor Tema: ¿Por quíé pagamos de más por la plusvalí­a municipal?  (Leído 141 veces)

fancy4

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¿Por quíé pagamos de más por la plusvalí­a municipal?
« en: Julio 07, 2014, 05:26:51 pm »
Los ayuntamientos ejecutan de forma errónea la llamada plusvalí­a municipal, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana cuando se produce la venta de una propiedad (como una vivienda, una plaza de aparcamiento, un local, etc.), o se percibe una herencia o donación, según se desprende de una sentencia firme a la que ha tenido acceso EXPANSIí“N.
La anomalí­a a la hora de liquidar este impuesto podrí­a suponer unos ingresos extra de casi 400 millones de euros al año en esta tasa, según fuentes judiciales. Los tribunales han dado la razón a un vecino de Cuenca, pionero en denunciar el mal cálculo de este impuesto y no deberá pagar a Hacienda los 18.000 euros de más que el Fisco le exigí­a.
Pero fuentes de diversas organizaciones municipales admiten que este sobrecoste se produce por igual en todos los ayuntamientos españoles, tal como ha podido comprobar este diario. Los consistorios calculan al alza casi el 40% de la liquidación de este tributo y, por este motivo, podrí­an enfrentarse a devolver más de 1.600 millones por las desviaciones practicadas en los últimos cuatro ejercicios, lí­mite máximo para la reclamación, si las demandas se extienden y se crea una nueva jurisprudencia.
La ley de Haciendas Locales de 2004 estipula que la plusvalí­a, o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Ivtnu), debe gravar el aumento del valor de una propiedad, como máximo en los últimos 20 años. Pero la formulación que utiliza para determinar el cálculo induce a los ayuntamientos a gravar la subida de precio que tendrí­a en los próximos 20 años. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM), en sentencia firme, dicta que el míétodo es erróneo.
Las fuentes admiten que la sentencia tiene sentido. Pero atribuyen el error al propio redactado de la ley que resulta ambigua en este sentido, que los municipios sólo se han dedicado a aplicar. Tambiíén diversos colegios notariales han venido a señalar a este diario que el objeto imponible es confuso en el redactado.
La plusvalí­a municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana supone unos ingresos para los entes locales que rondan los 1.000 millones de euros al año (ver gráfico adjunto). Este tributo grava el incremento del valor del suelo en la venta o traspaso de una finca, en un máximo de 20 años, según un gravamen anual cercano al 3% que fijan los ayuntamientos. Si el perí­odo fuera de 20 años, la base imponible serí­a del 60% del valor del suelo.
El fallo
El error lo descubrió Antonio Escribano, un arquitecto y matemático de 72 años, cuando se negó a aplicar en 2010 la liquidación que le proponí­a el Ayuntamiento de Cuenca. Este propietario sostuvo que el consistorio no gravaba el incremento del valor que habí­a habido en los últimos 20 años, sino el que habrá en los próximos 20 años, con razón de un 3% anual. Escribano puso el siguiente ejemplo: con un terreno que tiene un valor de 100 euros, el ayuntamiento aplica un impuesto sobre el 60% de su valor si el perí­odo gravado es de 20 años. La liquidación calcula entonces que la base imponible es de 60 euros. A esta cantidad se le aplica el impuesto de plusvalí­as, que ronda el 30%. El consistorio cobrarí­a 18 euros.
Pero este cálculo supone valorar el incremento del gravamen entre 2012 y 2032, cuando costará 160 euros, pero debe calcularse el incremento alcanzado en los últimos 20 años, desde 1992. Para que en esos 20 años el precio del suelo haya aumentado un 60% hasta los 100 euros, supone que el valor inicial era de 62,5 euros. La base imponible sobre la que aplicar el gravamen del 30% serí­a esa diferencia de 37,5 euros. El impuesto serí­a entonces de 11,25 euros. Lo que el consistorio habrí­a gravado de más es, entonces, 6,25 euros, un 37% más de lo debido.
Los datos de liquidación de 2010 de los entes locales en España arrojan una recaudación lí­quida mediante este impuesto de 1.108 millones de euros. En los últimos cuatro años (a partir de ese perí­odo prescribe la posibilidad de reclamación), alcanza los 4.348 millones de euros. El 37% de estos ingresos supondrí­a unos 1.600 millones que podrí­an llegar a ser reclamados, lo que serí­a un nuevo varapalo para las cuentas públicas locales.
La sentencia
Tras la liquidación errónea del consistorio castellano, Antonio Escribano reclamó al Tribunal Económico Administrativo de la región, que desestimó su recurso. Entonces optó por la ví­a judicial y, representado por el abogado Carlos Tobí­as, demandó al ayuntamiento al Juzgado de lo Contencioso administrativo número 1 de Cuenca. El juez dio la razón a Escribano. El consistorio recurrió al TSJ, que desestimó su petición. “En base a los informes matemáticos que acompaña ofrece argumentos lógicos y coherentes para entender que la fórmula aplicada por íél mismo [...] se ofrece como correcta, a los efectos de gravar de manera correcta la plusvalí­a generada durante el periodo de tenencia del bien”, dicta.



en lo que va de año se an ganado 436 sentencias con este tributo por parte de los  demandantes y un importe superior a los 2,345.000 euros devueltos que deben devolver los ayuntamientos   se creo que como bien dice el reportage en los que va de años aun quedan mas de 2356 sentencias por salir cuyo importe podia superar    15 millones de euros que los municipios deben devolver este es otro quebradero mas de los multiples desfalcos que se comenten a diario en españa apesar de que todas las sentencias dan la devolucion se sigue cobrando de medio el doble de lo que luego estipula la sentencia ,

los ayuntamientos lo saben que al fin pierden pero desde hace años se sigue actuando por parte de ellos de mala fe , tiene una prescripcion que de pasar luego no la tienen que devolver ,asi actuan los ayuntamientos con las plusvalias   unos caen y otros espabilan pero  mas de 1600 millones se pierden por no demandar a los ayuntamientos los procesos no son largos y de media en menos de un año se gana el recurso :016: