En plena eclosión de nombres de la lista Falciani, obtenida por el diario francíés Le Monde y repartida a varios medios internacionales, la justicia española ha puesto en cuestión el uso que el Gobierno de Josíé Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) hizo de ese repertorio de presuntos defraudadores con cuentas opacas en el HSBC de Ginebra. La Audiencia de Madrid ha ordenado investigar la supuesta amnistía de evasores que la Agencia Tributaria (AEAT) puso en marcha en mayo de 2010 y que permitió a cientos de ellos evitar condenas de hasta seis años de cárcel al permitirles regularizar su situación. Los magistrados dan la razón al Sindicato de Tíécnicos de Hacienda (Gestha) y obligan al Juzgado de Instrucción 37 de Madrid a que prosiga el proceso contra María Dolores Bustamante, exdirectora de Gestión Tributaria, y Carlos Cervantes, exdirector de Inspección, a los que ese colectivo acusaba de prevaricación. El tribunal archiva el caso respecto al exdirector de la AEAT Juan Manuel López Carbajo, que dirigió todo el proceso.
Al recibirse los 659 nombres de grandes defraudadores de la primera lista Falciani —facilitada por el informático francoitaliano a las autoridades francesas—, Hacienda no abrió automáticamente un proceso de inspección, lo habitual cuando existe cualquier indicio de fraude. En su lugar, la agencia decidió entregar en mano a 558 de esos evasores (el resto de los casos habían prescrito) un requerimiento en el que se les informaba del descubrimiento de sus cuentas en Suiza y se les invitaba a presentar las correspondientes declaraciones complementarias para tributar por los fondos que mantenían ocultos en el HSBC de Ginebra. El requerimiento, les daba un plazo de 10 días para responder y les advertía que, de no hacerlo, se abriría contra ellos un procedimiento de inspección.
Esa decisión política, la de no abrir inspección, supuso en la práctica una segunda oportunidad para gran parte de estos evasores, sospechosos de haber cometido delitos fiscales (al superar lo defraudado por ellos los 120.000 euros). Gracias al aviso de Hacienda, fueron automáticamente absueltos tras abonar las cuotas y evitaron así penas de prisión. Tras recibir el requerimiento, 306 de los 558 destinatarios presentaron declaraciones complementarias que Hacienda consideró “espontáneasâ€, lo que les libró automáticamente de la cárcel. De ese modo, la AEAT recaudó 260 millones de euros, de los cuales 200 fueron abonados por la familia Botín, con varios de sus miembros en la lista.
Hacienda justificó su decisión por las dudas sobre la validez de la lista y la posibilidad de que los jueces consideraran que tenía un origen ilícito al haber sido sustraída del HSBC. Otra de las razones que dio fue la necesidad de interrumpir la prescripción de las deudas, algo que tambiíén podría haberse conseguido abriíéndoles inspección.
Sin embargo, los colectivos de inspectores y tíécnicos de Hacienda montaron en cólera al considerar esta política una “amnistía fiscal encubiertaâ€. El sindicato mayoritario de estos últimos, Gestha, puso una querella contra el director de la agencia —Juan Manuel López Carbajo— y los directores de Inspección y Gestión. Estos dos últimos —Carlos Cervantes y Dolores Bustamante— fueron los que indicaron a todos los delegados regionales de la AEAT el procedimiento a seguir con los evasores de la lista Falciani en un correo electrónico enviado a todos ellos el 26 de junio de 2010. Según mantuvo el sindicato en su querella, esos directivos trataron de “dejar impunes†los presuntos delitos contra la Hacienda Pública que esos defraudadores hubieran podido cometer.
La querella, sin embargo, fue archivada de plano por el Juzgado de Instrucción número 37 de Madrid al considerar que, para poder apreciar el delito de prevaricación, debía existir una “resolución administrativaâ€, y la comunicación enviada por Cervantes y Bustamante a los delegados regionales de la agencia, según el juez, no lo era. Gestha recurrió esa decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Los magistrados de la sección primera de ese tribunal rechazan ahora la argumentación del juez y ordenan reabrir el caso. Afirman que ese correo electrónico es “un acto administrativo que supone una declaración de voluntad de contenido decisorio y que afecta a los derechos de los administrados o a la colectividad en generalâ€, por lo que sí podría servir de base para un supuesto delito de prevaricación. El tribunal excluye al exdirector general de la agencia, Juan Manuel López Carbajo porque considera que, a pesar de haber sido el superior común de Cervantes y Bustamante, no existen pruebas contra íél. Pero podría volver a ser imputado si surgen pruebas contra íél durante la investigación que se va a iniciar.
Manuel Altozano