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Autor Tema: La Agencia Tributaria, obligada a ser accionista de Cleop por pedir el pago  (Leído 154 veces)

Eguzki

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La Agencia Tributaria, que no perdona un dí­a de retraso en el pago de impuestos, deberá convertirse en accionista de la Compañí­a Valenciana de Edificación y Obra Pública (Cleop) por haber presentado una solicitud de pago con cinco meses de retraso.


Así­ lo ha sentenciado el juez de lo Mercantil número 3 de Valencia, Josíé Marí­a Cutillas, que ha rechazado de plano el recurso que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) presentó para acogerse, dentro del convenio de acreedores, al pago en metálico en lugar de la capitalización.

La AEAT tomará un 9,6 por ciento del capital de Cleop, en pago por el 50 por ciento de la deuda que la constructora valenciana tiene con Hacienda. El otro 50 por ciento, 3,6 millones de euros, no lo cobrará.

La empresa que preside Carlos Turró debí­a a Hacienda 7,2 millones cuando se declaró en concurso de acreedores en 2012. Tras aprobarse el convenio en abril de 2014, los acreedores podí­an elegir, previa quita del 50 por ciento, entre cobrar en acciones de Cleop, en metálico en siete años con dos de carencia o mediante una combinación de ambas fórmulas. Si no se pronunciaban en 10 dí­as, se entendí­a que se acogí­an a la capitalización del críédito.

Como es habitual, ni la AEAT ni la Tesorerí­a de la Seguridad Social acudieron a la votación del convenio, a pesar de que les afectaba.

Aprobado el convenio en abril, el plazo para acogerse a la opción de pago en metálico acabó el 9 de mayo. Sin embargo, los abogados de la Agencia Tributaria no lo hicieron hasta que Cleop planteó la ampliación de capital y varios medios, entre ellos elEconomista, publicaron, el 30 de septiembre de 2014, que la AEAT se iba a convertir en la segunda accionista de Cleop.

Tirón de orejas del juez

Según la sentencia, la Agencia Tributaria presentó un recurso contra el convenio pidiendo su nulidad -a pesar de que no lo impugnó cuando podí­a- y, por otro lado, la solicitud de acogerse al pago en metálico. Esta solicitud la presentó primero a Cleop (8 de octubre) y luego al juzgado (20 de octubre).

Además de rechazar tanto la petición de nulidad como la solicitud de pago en metálico, por haberse presentado ambas fuera de plazo, el magistrado carga contra la AEAT por acogerse a un convenio de acreedores del que pide la nulidad.

"Es una incuestionable contradicción que, además, hace tábula rasa de sus propios actos, pretendiendo la nulidad de un acto cuya validez ha reconocido", afirma el juez. Y añade: "No sólo es una contradicción, sino un problema de tíécnica judicial".

La Seguridad Social tambiíén

La Seguridad Social tambiíén ha recurrido el convenio, en parecidos tíérminos que la AEAT, aunque más tarde aún, por lo que es probable que el juez lo desestime. En su caso, la deuda era pequeña y sólo se le adjudicará el 0,65 por ciento de Cleop.

Resueltos estos incidentes concursales, Cleop espera poder comunicar a la CNMV el levantamiento del convenio, que le supondrá un beneficio de 15 millones de euros por las quitas y la capitalización de parte de sus críéditos.

Una vez levantado el concurso, la empresa podrá volver a cotizar en el Mercado Continuo, donde el valor está suspendido desde que se declaró en concurso en julio de 2012

Javier Alfonso