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Autor Tema: México: Bancos podrían operar con bitcoins...  (Leído 111 veces)

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México: Bancos podrían operar con bitcoins...
« en: Septiembre 19, 2017, 11:47:01 am »
Por... Diana Nava | Jeanette Leyva


Cofemer recibió la propuesta de Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera conocida como Ley Fintech, en la que se permitiría de aprobarse, que las instituciones de crédito puedan realizar operaciones con activos virtuales.

La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la propuesta oficial para crear la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera conocida como Ley Fintech, en la que se permitiría de aprobarse, que las instituciones de crédito puedan realizar operaciones con activos virtuales, como el Bitcoin, esto previa autorización del Banco de México.

El proyecto de Ley Fintech ya se encuentra en la comisión para recibir comentarios de los interesados y posteriormente ser discutido y aprobado por el Congreso.

Hace unas semanas, el presidente Enrique Peña Nieto dio a conocer que la regulación sería enviada al Congreso antes del 20 de septiembre, es decir, el miércoles.

Con la legislación se busca que las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) operen bajo la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), así como del Banco de México (Banxico).

La Ley Fintech busca regular tres sectores: las empresas de fondeo colectivo -también conocidas como crowdfunding-, a los fondos de pago electrónico y a las monedas virtuales.

En el caso de los activos virtuales, la ley subraya que será el Banco de México el que determine los activos virtuales que se tomarán en cuenta, por lo que no menciona directamente las monedas virtuales como el Bitcoin o Ethereum.

De acuerdo con la propuesta de ley, las instituciones de crédito, uniones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con niveles de operaciones I a IV y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con niveles de operación I a IV podrían realizar operaciones con los activos virtuales.

Respecto a la forma de operar de los activos virtuales, la Secretaría de Hacienda, explicó a la Cofemer que se tomó en cuenta a lo establecido en el estado de Nueva York, donde se les obliga a obtener una licencia especial conocida como BitLicense.

Por otro lado, la Financial Crime Enforcement Network reconoce a las plataformas que realizan operaciones con activos virtuales como transmisores de dinero. En Japón asegura ya existe una definición de activo virtual y está regulada en la Virtual Currency Act, la cual entró en vigor el 1 de abril de 2017.

Mientras que tratándose de sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos o Regulatory Sandbox, que esta incluido también en la ley, se tomó el ejemplo de países como el Reino Unido y Singapur que ya cuentan con regulación.

Ejmplificó la autoridad mexicana, que el Financial Conduct Authority (FCA) del Reino Unido abre periodos para aplicar a dicho esquema y decide qué innovaciones entran con base en un criterio de necesidad (para poder desarrollarse sin barreras legales) y de utilidad para el consumidor (si la innovación agrega un beneficio).

La propuesta de Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (LRITF) consta de 139 artículos en donde además de darse da un reconocimiento a la operación con “activos virtuales”, se regula la forma de operar el crowdfuning, de los medios electrónicos de pago como PayPal y se crea un Grupo de Innovación Financiera conformado por autoridades e iniciativa privada para tratar temas del sector FinTech.

Con el envío a la Cofemer se inicia el proceso formal de análisis de esta ley, una vez que reúna los requisitos de dicha Comisión será enviada también al Congreso para que se discuta y de ser el caso sea aprobada por ambas cámaras para que pueda ser puesta en marcha, lo cual podría tardar hasta 24 meses más debido a los distintos periodos transitorios y tiempos de emisión de regulación secundaria que se establecen en la propuesta de ley.


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