Las empresas de solvencia patrimonial y de críédito que investigan los impagados estan obligados a comunicarselo por escrito en el plazo máximo de 30 días. Dicha comunicación se efectúa por cada una de las deudas impagadas. Si usted ha sido incluída en una lista de morosos y no se le ha efectuado la comunicación puede usted denunciarles con pruebas a la agencia española de protección de datos la cual puede sancionar al responsable del fichero por incumplimiento grave de las obligaciones. Toda inclusión en el fichero debe estar acompañada de DNI.
Puede ustesd salir de esos ficheros pagando la deuda, en ese caso debe instar a quien le haya introducido que informe en el periodo mas breve posible al fichero que usted ya ha pagado y por lo tanto que tienen que eliminarla; esto no puede exceder de una semana. Otra forma de salir aunque es mas complicada es demostrando la inesactitud de los datos que han sido incluidos son falsos. De todos modos, la permanencia máxima en esos ficheros es de seis años.
Direcciones útiles:
Agencia de Protección de Datos
Pº de la Castellana, 41, 28046 Madrid. Tf: 308 47 90.
Tribunal de Defensa de la Competencia
Avenida de Pío XII, 17, 28016 Madrid. Tf: 350 54 00.
Dirección General de Defensa de la Competencia
Pº de la Castellana, 162, 28046 Madrid. Tf: 583 51 55.
Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC).
C/ Marquíés de Urquijo, 7 28008 Madrid. Tf: 541 61 61.
Sólo se podrá registrar en una lista de morosos a las personas o entidades que cuenten con impagos a sus espaldas en los últimos seis años. En todo caso, se podrá introducir en el archivo a un ciudadano a partir del cuarto mes de impago, contando desde el vencimiento de la obligación incumplida o del plazo en concreto de la misma si fuera de cumplimiento periódico.
Suerte en las inversiones y que no nos metan en las listas de morosos.