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Autor Tema: MUY IMPORTANTE para familiares de pensionistas fallecidos ...  (Leído 3081 veces)

txiki

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 MUY IMPORTANTE para familiares de pensionistas fallecidos ...

Cuando fallece un pensionista, la Seguridad Social le paga el mes completo
independientemente del dí­a que haya fallecido. Pero lo importante y lo que hay que vigilar es el pago de la paga extra, entera o prorrateada, correspondiente.

La Seguridad Social prorratea las pagas extras contando de Diciembre a Mayo
y de Junio a Noviembre, NO por semestres naturales partiendo de Enero.

Tal vez con un ejemplo o dos lo aclare mejor: Si un pensionista gana al mes 1200
euros y fallece el dí­a 3 de Mayo, deberá cobrar la paga extra entera, es decir, correspondiente a 6 meses de Diciembre a Mayo. Y puede pasar que se la abonen en Junio con el finiquito, o que la dejen pendiente como una prestación devengada y no percibida y que habrá que solicitar puesto que si no, no se cobrará.

Pero si falleció durante el mes de Junio, a finales cobrará 2600 euros (1200 del mes + 1200 de extra de Diciembre a Mayo + 200 de la promesa del Gobierno que se empezó a cobrar en Junio pasado.) Pero aunque ha cobrado la extra entera, le quedan pendientes de cobrar 200 euros más del prorrateo de la extra correspondiente al mes de Junio y que seguramente no se los pagarán.

Y lo mismo habrá que considerar en cualquier mes, teniendo en cuenta que las
extras enteras se cobran solo en los meses de Mayo y Noviembre, y cualquier fallecimiento ocurrido en otros meses genera una porción de la extra dependiendo del mes, p. ej. sobre un fallecimiento en este mes de Enero, corresponderí­an 2 meses de extra, o sea, 2/6 partes.

¿Que hacer en esos casos si la Seguridad Social no lo liquida por sí­ misma? Habrá
que acudir a la oficina más cercana o llamar al telíéfono gratuito 900166565 para informarse. Deberá solicitar el viudo/a o un heredero un impreso para “solicitud de prestaciones devengadas y no percibidas” y con el DNI y el libro de familia entregarlo en la Seguridad Social.

En el caso del fallecido en Junio habrí­a que solicitar el finiquito correspondiente a
la extra parcial que corresponderí­a por ese mes. Ah, y aparte tambiíén la paga única que cobran todos los pensionistas en Enero por el í­ndice de precios al consumo, que serí­a muy poca cosa.

Es muy importante tener en cuenta esto para informar a quien lo pueda necesitar
de nuestro entorno.

Fdo.:
M. Fernández Bermejo (asesor fiscal, no el ministro)



fancy4

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Re: MUY IMPORTANTE para familiares de pensionistas fallecidos ...
« Respuesta #1 en: Enero 30, 2009, 05:22:32 pm »
MUY IMPORTANTE para familiares de pensionistas fallecidos ...

Cuando fallece un pensionista, la Seguridad Social le paga el mes completo
independientemente del dí­a que haya fallecido. Pero lo importante y lo que hay que vigilar es el pago de la paga extra, entera o prorrateada, correspondiente.

La Seguridad Social prorratea las pagas extras contando de Diciembre a Mayo
y de Junio a Noviembre, NO por semestres naturales partiendo de Enero.

Tal vez con un ejemplo o dos lo aclare mejor: Si un pensionista gana al mes 1200
euros y fallece el dí­a 3 de Mayo, deberá cobrar la paga extra entera, es decir, correspondiente a 6 meses de Diciembre a Mayo. Y puede pasar que se la abonen en Junio con el finiquito, o que la dejen pendiente como una prestación devengada y no percibida y que habrá que solicitar puesto que si no, no se cobrará.

Pero si falleció durante el mes de Junio, a finales cobrará 2600 euros (1200 del mes + 1200 de extra de Diciembre a Mayo + 200 de la promesa del Gobierno que se empezó a cobrar en Junio pasado.) Pero aunque ha cobrado la extra entera, le quedan pendientes de cobrar 200 euros más del prorrateo de la extra correspondiente al mes de Junio y que seguramente no se los pagarán.

Y lo mismo habrá que considerar en cualquier mes, teniendo en cuenta que las
extras enteras se cobran solo en los meses de Mayo y Noviembre, y cualquier fallecimiento ocurrido en otros meses genera una porción de la extra dependiendo del mes, p. ej. sobre un fallecimiento en este mes de Enero, corresponderí­an 2 meses de extra, o sea, 2/6 partes.

¿Que hacer en esos casos si la Seguridad Social no lo liquida por sí­ misma? Habrá
que acudir a la oficina más cercana o llamar al telíéfono gratuito 900166565 para informarse. Deberá solicitar el viudo/a o un heredero un impreso para “solicitud de prestaciones devengadas y no percibidas” y con el DNI y el libro de familia entregarlo en la Seguridad Social.

En el caso del fallecido en Junio habrí­a que solicitar el finiquito correspondiente a
la extra parcial que corresponderí­a por ese mes. Ah, y aparte tambiíén la paga única que cobran todos los pensionistas en Enero por el í­ndice de precios al consumo, que serí­a muy poca cosa.

Es muy importante tener en cuenta esto para informar a quien lo pueda necesitar
de nuestro entorno.

Fdo.:
gracias txiki mira si no pueden ser listos estos de seguridad cuantas se habran perdido de verdad en que pais se vive si no las pagan y tu tienes que reclamarlas  :016:
M. Fernández Bermejo (asesor fiscal, no el ministro)