Amplio la noticia. Artículo publicado en Expansión.
Hacienda da orden de desmantelar las sociedades ficticias de profesionales
Publicado el 01-05-09 , por C. Cuesta / E. S. Mazo
La Agencia Tributaria insta a combatir las sociedades que crean abogados, auditores o consultores y que sólo se usan, según la Inspección, para pagar menos impuestos por su remuneración.
Una nota reciíén remitida por la Agencia Tributaria ha abierto la veda. El texto del documento, al que ha tenido acceso EXPANSIí“N, asegura que “el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria está detectando la utilización indebida de ciertos mecanismos por parte de algunos profesionales, con el objeto de minorar la base imponible susceptible de ser gravadaâ€.
La nota añade que se trata de “mecanismos que pueden ser utilizados en cualquier sector profesional, como son los dedicados a la prestación de servicios de abogacía, auditoría, consultoría, financieros, ingeniería, arquitectura, medicina, etc†y que permiten “recibir retribuciones a travíés de sociedades interpuestasâ€, según añade.
Es decir, las tradicionales sociedades de profesionales que prestan servicios de forma prioritaria a una sola compañía. Y que la Agencia Tributaria afirma ahora que realmente son una farsa montada con el objetivo de no pagar como asalariado de esa empresa -con un tipo máximo del 43% en el IRPF- sino como empresa -con un tipo máximo que generalmente se limita a un 25% por Sociedades-.
La Agencia detalla en su nota el tipo de sociedades contra las que pretenden cargar: “Se trata de profesionales que prestan sus servicios, casi en exclusiva, a una sociedad que a su vez presta servicios profesionales, si bien formalmente esta prestación de servicios se efectúa a travíés de una sociedad interpuestaâ€.
La sociedad interpuesta, de la que es titular el profesional y a travíés de la que recibe las retribuciones por sus servicios a la sociedad profesional, “carece de estructura para realizar la actividad profesional que se pretende, al no disponer de medios personales y materiales suficientes y adecuados para la prestación de servicios de esta naturalezaâ€, aclara Hacienda.
Vigilancia
“El único objeto de interponer estas sociedades es obtener una ilícita reducción de la carga fiscal que se deriva de los servicios profesionales prestados realmente por el profesional a la sociedad profesionalâ€, concluye el documento.
La Agencia Tributaria incide en que vigilará, en estas investigaciones, las imputaciones como gastos de “partidas no afectas en modo alguno al ejercicio de la actividad profesional por parte del obligado tributario y que se corresponden con gastos o inversiones propias de su esfera particular, tales como inmuebles, reparaciones o reformas de su vivienda particular, retribuciones del personal de servicio, colegios, vehículos de turismo, embarcaciones de recreo, viajes en periodo vacacional, artículos de lujo, etcâ€.
La Agencia Tributaria considera que “en estos casos, la retribución obtenida por los servicios profesionales prestados†debe pagar directamente en concepto de IRPF, con un tipo máximo del 43%, no permitiendo que se acojan los contribuyentes al tipo del 25% de Sociedades y, además, acabando con las deducciones de gastos que Hacienda ve injustificados.
“El Departamento de Inspección está realizando una búsqueda sistemática de aquellos contribuyentes que hayan podido utilizar estos mecanismos de fraude y procederá a iniciar comprobaciones inspectoras para regularizar su situación tributaría, siempre que no se produzca con anterioridad la presentación de declaraciones extemporáneas tendentes a corregir las irregularidades comentadasâ€, advierte Hacienda.
La Agencia abre la mano en los aplazamientos
Las peticiones de aplazamiento de pago se amontonan en las mesas de Hacienda: ya en 2008 –el Gobierno no ofrece datos actualizados– superaron las 655.000 por un importe de 9.500 millones de euros. Este año, con previsiones de una tasa de paro cercana al 18% –según el consenso de analistas privados–, todo hace prever una clara píérdida de poder adquisitivo de los contribuyentes.
En este contexto, el Ministerio de Economía y Hacienda publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden ministerial por la que se amplía el aplazamiento o fraccionamiento de pago de impuestos sin garantías a 18.000 euros desde los 6.000 euros anteriores.
El objetivo de esta ampliación es otorgar mayores facilidades a los ciudadanos, empresas y autónomos para el cumplimiento de sus obligaciones de pago de impuestos ante la situación económica actual.
Según los cálculos del Ejecutivo, esta medida beneficiará a un número importante de empresas, autónomos y ciudadanos, ya que más del 95% de las solicitudes actuales son inferiores a 18.000 euros.
El portavoz de Economía y Hacienda de CiU en el Congreso de los Diputados, Josep Sánchez Llibre, recordó ayer que la medida publicada en el BOE recoge una proposición no de ley que su grupo presentó con ese fin y que la Cámara Baja aprobó el pasado 17 de marzo.