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Autor Tema: CALIFORNIA... "IOU"... emite una moneda paralela  (Leído 648 veces)

OCIN

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CALIFORNIA... "IOU"... emite una moneda paralela
« en: Julio 12, 2009, 12:09:22 pm »
1.  ¿Quíé es una orden judicial?
 Una orden de inscritos es una "promesa de pago", o un IOU, que es expedido por el Estado cuando no hay suficientes fondos para pagar todas sus obligaciones del Fondo General.  Registrado garantiza los intereses devengados y son canjeables por la Tesorerí­a del Estado sólo cuando el Fondo General tiene suficiente dinero.  Si la Legislatura y el Gobernador no promulgar soluciones presupuestarias que proporcionan suficiente dinero en efectivo para el Estado al pago de la totalidad de sus facturas antes del 2 de julio, el Contralor se iniciará la expedición de las órdenes registradas.  Suponiendo que hay suficiente dinero en efectivo en la Tesorerí­a, las órdenes se puede canjear el 2 de octubre de 2009. Tanto el número y la fecha de vencimiento será impresa en la orden.  Si el dinero agrupados Junta de Inversión (PMIB) determina que existe una suficiente efectivo disponible para el rescate en una fecha anterior, las órdenes pueden ser redimido antes de 2 de octubre de 2009.

 2.  ¿Cómo puedo saber si tengo un "registrado" orden, en lugar de un "regular" orden?
 í“rdenes de registro se identifica con la palabra "REGISTRADO" impreso en la cara de la orden.  Asimismo, incluirá una mención especial sello en el reverso.

 3.  ¿Por quíé es el Estado que expide las órdenes registradas?
 Sin la acción de la Legislatura y el Gobernador para evitar un grave díéficit de caja de casi $ 3 millones a finales de julio, y más de $ 3.5 mil millones en agosto, el Contralor se verá obligado a emitir órdenes individuales registrados, tambiíén llamados pagaríés, para muchos pagos.

 4.  ¿Cuál es la diferencia entre una orden judicial y registró una regular, o "normal" de orden?
 Una orden es regular rescatables por el Tesorero del Estado despuíés de que se expida.  í“rdenes de registro son negociables, pero no serán redimidos por el Tesorero del Estado hasta que la orden de vencimiento el 2 de octubre de 2009, y el Estado tiene suficiente dinero en efectivo para cubrir el importe de las órdenes.  Si el dinero agrupados Junta de Inversión (PMIB) determina que existe una suficiente efectivo disponible para el rescate en una fecha anterior, podrán ser canjeados antes de 2 de octubre de 2009.

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 Canje de registro y recepción de órdenes
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 5.  ¿Cuándo recibiríé mi orden registrado?
 El domicilio se emiten órdenes como regular, o normales, las órdenes, y lo recibirá el mismo dí­a en que hubiera recibido una orden judicial.
 
 6.  ¿Mi institución financiera registrada una orden de honor?
 Destinatarios de las órdenes registradas deben ponerse en contacto con su institución financiera para determinar si van a honrar a la registrada antes de la orden de fecha de amortización. Información adicional sobre el que está aceptando órdenes registradas.

 7.  ¿Quíé ocurre si mi institución financiera no va a aceptar el orden registrado?
 Usted podrá decidir la apertura de una cuenta en otra institución financiera que acepte órdenes registradas, o usted tendrá que mantener el orden hasta que se vence el 2 de octubre de 2009.

 8. ¿Quiíén va a seguir para recibir, o "normal", las órdenes de pago?
 La Constitución del Estado establece que la educación y el servicio de la deuda tiene prioridad, y el Contralor trabajará para garantizar que los fondos suficientes para seguir haciendo los pagos regulares con las órdenes.  La Constitución del Estado, la ley federal y la orden de la corte tambiíén exigir que la nómina del Estado, CalPERS, CalSTRS, de apoyo en el hogar y servicios de los proveedores de Medi-Cal seguirá pagando con las órdenes regulares.

 9. ¿Quiíén va a recibir las órdenes registradas?
 El Estado, en julio se registró cuestión merece, o pagaríés, para todos los demás pagos, incluidos los de las empresas privadas, gobiernos locales, los contribuyentes reciben reembolsos del impuesto sobre la renta y los propietarios de los bienes no reclamados.

 10.  Cuando el Estado se inicie la expedición de las órdenes registradas?
 Si la Legislatura y el Gobernador no promulgue el presupuesto que proporcionan soluciones adecuadas a pagar en efectivo el Estado de las facturas, órdenes registradas se publicará para los pagos que no están obligados a contar con una orden de inicio el 2 de julio de 2009.

 11.  ¿Cuánto tiempo voy a tener que mantener a mi orden registrado?
 Suponiendo que hay suficiente dinero en efectivo en la Tesorerí­a del Estado, garantiza registrado se puede canjear el 2 de octubre de 2009, la fecha de vencimiento impresa en la orden.  Si el dinero agrupados Junta de Inversión (PMIB) determina que existe una suficiente efectivo disponible para el rescate en una fecha anterior, podrán ser canjeados antes de 2 de octubre de 2009.

 12.  ¿Cómo puedo canjear la orden?
 Cuando las órdenes registradas son elegibles para la redención, que puede presentarse en persona o por correo a la Oficina del Tesorero del estado, a la atención de: Orden de mostrador de registro, 915 Capitol Mall, Sacramento, CA 95814.

 13.  ¿El Estado paga los intereses sobre las órdenes registradas?
 El Estado pagará los intereses de las órdenes presentadas en persona o por correo a la Oficina del Tesorero del estado de la redención.  Póngase en contacto con su institución financiera para obtener información acerca de su polí­tica de pago de intereses.

 14.  ¿Cuánto interíés pagar el Estado?
 El Estado pagará una tasa de interíés del 3,75 por ciento anualmente hasta que el orden es redimido. Agrupados Si la Junta de Inversión de Dinero (PMIB) determina que existe una suficiente efectivo disponible para el rescate en una fecha anterior, podrán ser canjeados antes de 2 de octubre de 2009.

 15.  ¿Cómo puedo obtener el interíés?
 Usted debe mantener la orden hasta que se rescatables y presentar en persona o por correo a la Oficina del Tesorero del estado, a la atención de: Orden de mostrador de registro, 915 Capitol Mall, Sacramento, CA 95814.  Póngase en contacto con su institución financiera para obtener información acerca de su polí­tica de pago de intereses.

 16.  Es el interíés devengado sobre las órdenes registradas libres de impuestos?
 Sí­, si la orden es redimido el plazo de un año de su fecha de vencimiento, usted no tendrá que pagar el estado federal de impuestos sobre la renta y sobre el interíés.

 17.  ¿Puedo usar mi registradas orden del Estado para pagar mis impuestos?
 Usted puede usar una orden de pago registrado algunas de las obligaciones fiscales de su Estado, aunque usted no recibirá el interíés a menos que usted mantenga el orden hasta que se rescatables. Para obtener más información, visite el Franchise Tax Board el sitio Web de la www.ftb.ca.gov.

 18.  Cuando se deje el Estado garantiza la emisión de los registrados?
 í“rdenes de registro se publicará hasta que el Estado tiene suficiente efectivo para cubrir la totalidad de sus facturas pendientes y canjear pagaríés.  La capacidad de restaurar la formulación de todos los pagos con las órdenes regulares depende de cuando el Gobernador y la Legislatura alcanzar resoluciones en las que la dirección real del Estado a largo plazo del díéficit presupuestario y que procedan de inmediato a dinero en efectivo en la Tesorerí­a del Estado.

 19.  ¿Quíé pasa si la Legislatura del Estado y el Gobernador del Estado de resolver los problemas de liquidez y el presupuesto despuíés de pagaríés han empezado salir?
 Una vez que haya suficiente dinero en efectivo en la Tesorerí­a del Estado y determina que el Contralor puede detener la emisión de pagaríés, que se iniciará la expedición de órdenes regulares (controles). Si la Junta de Inversión de Dinero combinados (PMIB) determina que existe una suficiente efectivo disponible para el rescate antes de las órdenes «fecha de vencimiento, podrán ser canjeados antes de 2 de octubre de 2009.

 20.  ¿El Estado paga por cualquier sobregiro o retraso en el pago que se produce porque se expidió una orden judicial y no registradas que se lo reembolse por un perí­odo de tiempo?
 No.

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 Información sobre SSI / SSP, Propiedades no reclamadas y Otros Temas
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 21.  Recibir SSI / SSP pagos cada mes.  ¿Recibiríé una IOU por parte del Estado?
 No. La Administración Federal de la Seguridad Social ha notificado a California que se seguirán pagando en su totalidad, tanto la federal de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y el Estado de Pago (SSP) a los beneficiarios en julio y agosto.  Los funcionarios del Estado seguirá trabajando con la Administración del Seguro Social para garantizar California 1.2 millones de SSI / SSP beneficiarios no se ven afectados por pagaríés.

 22.  ¿Mi las prestaciones por desempleo o las prestaciones del seguro de mi discapacidad se paga con un IOU?
 No. Las personas que reciben pagos por discapacidad o desempleo no recibirá órdenes registradas del Estado.  Dichos pagos se efectúen por el Departamento de Desarrollo de Empleo, y se pagarán con cargo a fondos especiales, y no del Estado agotado Fondo General.  Para preguntas sobre las prestaciones de desempleo, por favor llame al 1-866-333-4606.  Para preguntas acerca de los seguros de invalidez, por favor llame al 1-800-480-3287.

 23.  Actualmente estoy jubilado y recibir prestaciones de jubilación.  ¿Mi cheque mensual se registró una orden judicial?
 No. Usted seguirá siendo pagado con las órdenes regulares.

 24.  Si soy el propietario de los bienes que se ha enviado al Estado como "no reclamado", se me paga con una orden judicial?
 Si la propiedad que se reclama es efectivo, tales como cuentas bancarias, certificados de depósito o giro, será pagado con un IOU.  Si usted es el propietario del contenido en una caja de seguridad, usted recibirá los contenidos, si los contenidos se han vendido, como lo exige la ley, usted recibirá un IOU de los ingresos netos de la venta.  Si su propiedad está en la forma de una garantí­a, usted recibirá la garantí­a.  Si ha sido vendido, como lo exige la ley, usted recibirá un IOU de los ingresos netos de la venta.  Para preguntas especí­ficas acerca de propiedades no reclamadas por favor llame al: 1-800-992-4647.

 25.  Si pierdo mi orden registrado, puede obtener lo sustituye?
 Usted debe usar el proceso normal de presentación de informes de píérdida de garantí­as, que es ponerse en contacto con la agencia que autoriza el pago.

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 Información adicional, incluyendo lí­neas telefónicas de ayuda
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 26.  ¿A quiíén puedo llamar para quejarse de esto?
 Póngase en contacto con el Gobernador o su representante local en el Senado y la Asamblea.  El Gobernador del número de telíéfono es (916) 445-2841.  Una lista de la Asamblea de California y los miembros del Senado y su información de contacto está disponible en www.leginfo.ca.gov.

 27.  ¿Dónde puedo ir para obtener más información?
 Para obtener más información, puede llamar al Contralor del Estado gratis garantiza la asistencia registrada en la lí­nea telefónica 1-866-267-4255.  Más información sobre el canje de las órdenes registradas se encuentra disponible en el Tesorero del Estado de California en el sitio Web de www.treasurer.ca.gov, y el Tesorero de la registrada garantiza gratis de telíéfono a la lí­nea de ayuda al 1-888-864-2762.


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Re: CALIFORNIA... "IOU"... emite una moneda paralela
« Respuesta #1 en: Julio 12, 2009, 06:55:42 pm »
Los tres mayores bancos en California dejaron de aceptar hoy los pagaríés que el gobierno estatal comenzó a usar este mes en lugar de dinero en efectivo para cubrir su deudas, en medio de la crisis que enfrenta por un millonario díéficit fiscal.

La portavoz de la Asociación de Banqueros de California, Beth Mills, señaló que los bancos Wells Fargo, Amíérica y el Chase confirmaron que a partir de este fin de semana dejarán de aceptar los pagaríés o vales que usa la Contralorí­a estatal para cubrir honorarios y deudas.

Mills indicó que desafortunadamente los tres bancos decidieron no aceptar más los pagaríés estatales, pero ofrecieron ayudar a sus clientes, a los empleados del estado y a quienes reciben honorarios en pagaríés a obtener críéditos y príéstamos personales.

Informó además que hay unas 60 instituciones bancarias en California, pequeñas y medianas, que continuarán haciendo efectivos los vales estatales.

Entre las mayores instituciones bancarias en el estado solamente Citibank -con pocas sucursales- y el Bank of the West mantendrán la aceptación de los pagaríés californianos.

Unos 235 mil empleados públicos de California recibirán en pagaríés su próximo salario, el cual será un 15 por ciento menor a los  anteriores debido a las medidas del gobierno estatal para enfrentar un díéficit presupuestal que supera los 25 mil millones de dólares.

El gobernador Arnold Schwarzenegger ordenó, entre otras medidas, aumentar de dos a tres los viernes de descanso obligatorio sin goce de sueldo para los empleados públicos, excepto para el personal de emergencias y los celadores.

Los trabajadores del estado descansan ahora los tres primeros viernes de cada mes, lo que se traduce en un descuento de 15 por ciento al salario que percibí­an en enero pasado.

La Contralorí­a de California comenzó a emitir los pagaríés el pasado 1 de julio, cuando debió entrar en vigor el presupuesto del año fiscal, pero cuyas negociaciones se encuentran estancadas en el Congreso estatal. (Con información de Notimex/JOT)

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Re: CALIFORNIA... "IOU"... emite una moneda paralela
« Respuesta #2 en: Julio 12, 2009, 10:35:03 pm »
Tremendo Ocin, menuda información. Desde luego el tema de California es preocupante, veremos en que queda todo.
En individuos, la locura es rara; en grupos, partidos, naciones y épocas, es la regla", Nietzsche.