Bruselas - Ep
En la sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia declara que España «ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al derecho comunitario al no haber retirado determinadas condiciones impuestas por las resoluciones de la CNE y del Ministro, declaradas incompatibles con el derecho comunitario, dentro de los plazos señalados».
La justicia comunitaria dio así la razón a la Comisión Europea, que había denunciado que los requisitos impuestos por España violaban los principios de libre circulación de capitales y mercancías y el derecho de establecimiento. En contraste, el Gobierno alegó durante el procedimiento que las condiciones son compatibles con la normativa comunitaria y son esenciales para garantizar la seguridad de suministro
Entre las condiciones cuya retirada pedía el Ejecutivo comunitario se encontraban la obligación de que Endesa mantenga su marca durante un periodo de cinco años, la prohibición de venta de activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla tambiíén en cinco años, la exigencia de utilizar carbón nacional, y la obligación para E.ON de no adoptar decisiones estratíégicas sobre Endesa y que afecten a la seguridad de suministro contrarias a la legislación española.