El "poder legislativo" de las comunidades autónomas les ha permitido establecer distintos tipos en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que atentan contra la libre circulación de personas y capitales.
Así lo entiende la Comisión Europea (CE), que ha enviado un dictamen motivado a España en el que le exige que modifique su normativa. Si no recibe una respuesta satisfactoria en dos meses, la CE remitirá el caso al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE).
Todo ello, en un momento en que Cataluña ha pactado la supresión parcial del Impuesto y Madrid y Baleares lo han eliminado completamente.
Por un lado, la Comisión destaca que los territorios forales de País Vasco y Navarra tributan menos que el tipo estatal que se aplica a no residentes. Y, por otro, señala que “todas las CCAA han utilizado sus poderes legislativos, lo que tiene la consecuencia práctica de que la carga fiscal del contribuyente es considerablemente inferior a la estatalâ€.
De esta forma, prosigue la CE, coexisten varios gravámenes “consecuencia natural de la descentralización fiscalâ€, proceso que “debe desarrollarse con cuidado para evitar la discriminaciónâ€. La Comisión considera que “aplicar la legislación estatal sólo en ciertos casos constituye un obstáculo a la libre circulación de personas y capitales que exige el Tratado de la UEâ€.
Legisladores autonómicos
A juicio de Eduardo Gracia, socio de Ashurst, “el mercado único se ha topado con los 17 parlamentos regionalesâ€. Gracia insta a los legisladores autonómicos “a tener en cuenta la normativa comunitariaâ€.
En esta línea, David Jimíénez Mouriz, asociado senior de Ernst & Young Abogados, explica que “a un no residente que tribute por obligación real no se aplica la normativa de las CCAA sino la estatal, pero sería discriminado, por ejemplo, si la CCAA de referencia fuera Madrid, que goza de bonificaciones más ventajosasâ€.
Así, cree que el toque de atención de Bruselas es “una oportunidad para que el Gobierno reforme el Impuestoâ€. No cree que sea cuestión de que las CCAA lo supriman, pero sí de que “el Ejecutivo lo modifiqueâ€. Y recuerda que “una reforma de Donaciones tendría efectos en 30 días, y de Sucesiones, en seis meses, lo que es más inmediato en la coyuntura económica actualâ€.
Problema de fondo
El problema de fondo, según Josíé María Cusí, socio responsable de Fiscal de Bird & Bird en España, “es que la fiscalidad española no está aún totalmente alineada con la legislación comunitariaâ€, por lo que añade que “España está obligada, a instancias de la CE o del TJCE, a adaptar su normativa fiscal a los principios del Tratado de Roma y posteriores modificaciones al mismo, siendo la última de ellas la del Tratado de Lisboa de diciembre de 2009â€.
Por otra parte, la CE interpuso ayer recurso ante el TJCE contra Bíélgica, Finlandia y Francia por no haber respondido a sus solicitudes formales previas de modificación de diversas disposiciones tributarias. La Comisión ha decidido llevar a Bíélgica ante el Tribunal por la aplicación de medidas que permiten conceder exenciones fiscales en relación con los intereses abonados por los bancos nacionales, pero no por los extranjeros.
A su vez, Finlandia deberá comparecer ante el TJCE por su trato discriminatorio a los fondos de pensiones extranjeros. Por último, la CE cuestiona a Francia porque aplica un sistema de inversión del sujeto pasivo en virtud del cual corresponde al cliente el pago del IVA adeudado si el proveedor o vendedor no se halla establecido en el país. Esto no contraviene la legislación comunitaria, pero sí una excepción por la que el vendedor debe registrarse en Francia y designar a un representante fiscal encargado de declarar y abonar el IVA en su nombre.