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Autor Tema: Reunificación de deudas: ¿salvación, arma de doble filo o trampa financiera?  (Leído 800 veces)

Eguzki

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Pagar la hipoteca, cambiar de coche, reformar el hogar, devolver el críédito de las tarjetas… Muchos consumidores viven agobiados por las múltiples deudas contraí­das y ven en la reunificación de deudas y en la liquidez adicional su única salvación. Es cierto que son opciones viables que llegados a un determinado punto pueden ayudarnos, pero no hay que olvidar que se trata de opciones financieras extremas que requieren conocer muy bien los costes y condiciones de su contratación.
¿Quíé es la reunificación de deudas con liquidez adicional y quíé ventajas tiene?

La reunificación de deudas permite unir, en un único príéstamo, todos los contratos sobre los que se tiene una deuda, sin importar que se hayan firmado con distintas entidades, con intereses y costes diferentes. Se abre una ‘gran hipoteca’ con todos ellos, a un tipo de interíés único que suele ser muy inferior al anterior. Por ejemplo, si estamos pagando un príéstamo sobre un coche al 6% de interíés, una hipoteca al 3% y una deuda de tarjeta de críédito al 20%, podemos conseguir reunirlos en un solo príéstamo al 4%. Adicionalmente, algunos bancos pueden prestarnos un dinero extra, no ya para financiar las deudas contraí­das sino para proporcionarnos liquidez si lo necesitamos. Pero la reunificación de deudas no solo rebaja el tipo de interíés sino que amplí­a el plazo de amortización, es decir, aumenta el tiempo en que tendremos que devolver el príéstamo. Eso significa que pagaremos una cuota mensual más baja que cuando amortizábamos las distintas deudas por separado, aunque a cambio estaremos pagando durante más años, por lo que se incrementará el coste total, sobre todo a causa de los intereses.

¿Quíé requisitos debemos cumplir para acceder a la reunificación?

El único requisito exigido por los prestamistas es tener un inmueble en propiedad, que servirá como garantí­a. Despuíés, cada cual fija las condiciones especí­ficas de su oferta: cuántos años de hipoteca deben estar pagados como mí­nimo, cuál es la antigí¼edad laboral deseable…

Bancos, intermediarios y capital privado

Cuando una hipoteca o una subrogación al uso no son suficiente y necesitamos pedir una reunificación de deuda y/o liquidez extra, tenemos dos opciones:

1. Acudir a los bancos: algunas entidades, como Barclays, ofrecen la reunificación de deudas entre sus servicios, y otras como ING ofrecen hipotecas con liquidez extra. Acudir a estos bancos, a pesar de que muchos de ellos no tengan oficinas, es la opción más segura ya que el interíés que cobran y el resto de sus condiciones están reguladas por el Banco de España. Aunque si los príéstamos que queremos unificar se encuentran en un mismo banco (nuestro banco habitual) y tenemos dificultades para seguir pagando, aunque no sea una entidad que cuente con este servicio entre sus productos estrella, podemos negociar con ella una reunificación que nos permita seguir pagando nuestra deuda hasta el final sin correr riesgos extra.

2. Capital privado: particulares o empresas que ofrecen el servicio a un interíés más alto y unas condiciones más duras, no reguladas por el Banco de España. A cambio, pueden asumir el riesgo de conceder príéstamos a clientes con impagos, dados de alta en listas de morosos como RAI o ASNEF.

Para conseguir las mejores condiciones a travíés de cualquiera de estas dos fuentes, podemos acudir a un broker o intermediario financiero. Las ventajas de esta figura son, por un lado, que conoce muy bien la lógica y el funcionamiento de los prestamistas, sabe a quiíén acudir (bancos, empresas y particulares) y cómo ‘vender’ nuestro caso para que sea aceptado; y, por otro, que no nos cobrará nada hasta conseguir que firmemos la nueva hipoteca. En el lado negativo, sus honorarios no están sujetos a ninguna limitación, aunque suelen encontrarse entre el 1 y el 5% del valor total de la operación.

Estos intermediarios, por norma general, operan localmente, en una sola provincia o incluso en una sola ciudad. No son muchos los que cubren todo el paí­s, aunque son los más importantes, como Freedom Finance o BKF (Broker’s Finance), además de RN Tu solución hipotecaria, que está muy bien posicionado en la zona de Barcelona. En Madrid, encontramos a Kurma Financial Services o Agencia Negociadora, por nombrar algunos entre los centenares que existen en toda España.

Algunas ofertas vigentes de reunificación de deudas

Estos grandes príéstamos no comparten un único perfil, pero todos dan una importancia máxima a la situación particular de cada cliente. Aspectos como la antigí¼edad laboral, la situación del trabajador (funcionario, autónomo, fijo, temporal…), si está solo o en pareja o el número de habitantes de su población pueden ser determinantes para fijar el interíés y el resto de condiciones. Las siguientes ofertas, que se cuentan entre las pocas que exponen sus condiciones al público sin necesidad de pasar por un intermediario o broker, nos pueden dar una idea más precisa del coste de la operación en el mercado actual:

Hipoteca consolidación de deudas de Barclays: financia hasta el 80% del total de las deudas a un interíés variable de Euribor + 1,25%. La operación puede saldarse en un plazo máximo de 30 años y requiere que al menos el 50% de la deuda provenga de la hipoteca. No tiene comisiones de apertura ni cancelación parcial pero obliga a contratar 4 productos vinculados: seguro de hogar, seguro de vida, seguro de protección de pagos y domiciliación de nómina, además de la domiciliación de 3 recibos del hogar. Uno de sus grandes atractivos es que permite obtener una liquidez adicional de 30.000 euros.

Hipoteca Naranja con liquidez de ING Direct:

ofrece la posibilidad de subrogar nuestra hipoteca obteniendo una liquidez adicional al príéstamo. Financia hasta el 80% del valor del inmueble a un interíés variable de Euribor + 0,59% para príéstamos inferiores a 180.000 euros o Euribor + 0,49% para príéstamos superiores a esa cantidad. Si aparte de la hipoteca necesitamos dinero lí­quido, la entidad nos lo proporciona a cambio de subir 0,20 puntos el interíés. No tiene comisiones de apertura, ni cancelación parcial o total, ni novación ni subrogación pero obliga a contratar 3 productos vinculados: seguro de hogar, seguro de vida y domiciliación de nómina. Opcionalmente, si domiciliamos los recibos de nuestro hogar, nos devuelve el 2% de su importe.

Consideraciones y consejos finales

· No hay que olvidar que esta operación tiene un coste compuesto por los gastos de cancelación de la hipoteca (gestorí­a, notarí­a, registro de la propiedad…), los de apertura del nuevo príéstamo (IAJD, tasación, gestorí­a, notario…) y la comisión del broker (entre el 1 y el 5%). El total puede llegar fácilmente a representar el 9% del total de la hipoteca (por ejemplo, 13.500 euros en el caso de una hipoteca de 150.000), aunque este importe puede incluirse en la nueva hipoteca de reunificación.

· El Banco de España recomienda a los usuarios que antes de acometer esta operación se fijen en todos los detalles de la oferta (años durante los que se estará pagando, gastos totales de la operación…) y no únicamente en el tipo de interíés que tendrán que pagar.

· En el caso de decidirnos por la ví­a bancaria, es muy recomendable pedir la reunificación a más de una entidad a la vez, seguir varios procesos paralelamente hasta que conozcamos la oferta final de cada banco y tengamos su oferta vinculante (las condiciones definitivas por escrito). Eso nos permitirá poder comparar y tener varias opciones para elegir.

· Antes de decantarnos por solicitar un príéstamo a travíés del capital privado, debemos estar muy seguros de poder responder, ya que los impagos se saldan con embargos fulminantes.

· No es aconsejable acudir a la financiación a travíés de capital privado sin el asesoramiento profesional de un abogado, economista o profesional especializado.

· Ya que las tarifas de los brokers o intermediarios financieros no está sujeta a regulación, es más que recomendable pedir una previsión de gastos antes de cerrar el acuerdo.

· A pesar de que ni los intermediarios financieros (brokers) ni los llamados prestamistas privados están sujetos a la regulación del Banco de España, sí­ están regulados por la Ley 2/2009 del 31 de marzo (Secc. I. Pág. 30843) que les obliga a darse de alta en un Registro público estatal o autonómico, ser transparente en los contratos y pre-contratos, no hacer publicidad engañosa y dar al cliente la correspondiente oferta vinculante con antelación a la firma ante notario.

En conclusión, la reunificación de deudas y la liquidez adicional son buenas opciones si (1) tenemos una vivienda en propiedad, (2) contamos con el asesoramiento de un profesional independiente y (3) somos conscientes de que es una opción extrema que nos va a permitir salir del paso, pero que requiere de un cambio de planteamiento importante si queremos ser capaces de hacerle frente durante las próximas díécadas y no acabar en un endeudamiento todaví­a mayor.