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Autor Tema: Financiamiento y tecnologí­a en el cambio climático...  (Leído 169 veces)

OCIN

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Financiamiento y tecnologí­a en el cambio climático...
« en: Noviembre 07, 2010, 12:54:58 pm »
Por...  David Choquehuanca
 

Discurso del Canciller de Bolivia en la Pre-COP de Míéxico en el grupo de financiamiento y transferencia de tecnologí­a.

 
1) Consideramos que lo mejor es establecer un nuevo Fondo de Financiamiento en la COP16 y constituir un Comitíé Constitutivo que se encargue del diseño del fondo hasta la COP17. Este Comitíé debe ser representativo de todas las regiones y visiones existentes.
 
Es fundamental en el desarrollo de este nuevo Fondo tomar en cuenta de que no existe consenso entorno a que el administrador del mismo sea el Banco Mundial.
 
2) Este Comitíé Constitutivo deberí­a presentar tambiíén una propuesta para la coordinación de todos los mecanismos de financiamiento existentes bajo el precepto de que el nuevo fondo a crearse debe ser el ente principal y articulador del financiamiento en cambio climático.
 
3) En relación a los recursos de financiamiento consideramos que este es el tema principal ya que no se trata de crear una arquitectura financiera vací­a de recursos. La oferta de movilizar 100.000 millones es insuficiente frente al drama de la realidad que se vive por los efectos del cambio climático y no esta acorde con las obligaciones de los paí­ses desarrollados de la Convención. "Movilizar" no quiere decir proveer, es decir que los paí­ses desarrollados no se están comprometiendo a otorgar recursos sino a buscarlos.
 
De otra parte, varias investigaciones han planteado que sólo para mitigación se debe invertir anualmente aproximadamente el 3% del PIB mundial, la inacción puede implicar costos que superen el 20% del PIB mundial. El costo social del carbono será mayor que el costo necesario para la adaptación y la mitigación. Sin embargo, se gasta más en la guerra que en combatir al cambio climático. Según Stiglitz la guerra de Irak le ha costado a su principal promotor hasta ahora 3 trillones de dólares.
 
Este financiamiento para atender los temas de adaptación, mitigación, tecnologí­a y bosques deberí­a ser del 6 % del producto nacional bruto de los paí­ses desarrollados equivalente en magnitud a los recursos que hoy destinan para presupuestos de defensa, seguridad y la guerra.
 
Las fuentes de financiamiento no deben venir del mercado de carbono porque ello solo servirá para que los paí­ses desarrollados traspasen sus obligaciones de reducción de emisiones a los paí­ses en ví­as de desarrollo. Si miramos de manera global a travíés de estos mecanismos de mercado serán los paí­ses en ví­as de desarrollo los que acabaran financiando a los paí­ses desarrollados, ya que les será mas barato comprar un certificado de reducción de emisiones que realizar dicha reducción en su propio paí­s.
 
Las leyes de la oferta y la demanda persiguen el lucro y no restablecerán el equilibrio con la naturaleza a nivel del clima, provocando un proceso especulativo que generara nuevas crisis financieras.
 
4) En relación al financiamiento de corto plazo es necesario que la COP 16 adopte una decisión especifica sobre la base de que los que ofrecieron ese financiamiento primero lo transparenten y lo hagan efectivo para que no sea una mas de esas promesas incumplidas.
 
5) El Comitíé Ejecutivo de Tecnologí­a debe estar bajo la autoridad de la COP y ser la entidad principal en esta materia. El Centro de Tecnologí­a Climática debe estar subordinado al Comitíé Ejecutivo de Tecnologí­a y debe actuar bajo sus instrucciones. Los procedimientos del Comitíé Ejecutivo de Tecnologí­a deben ser desarrollados por el directorio de dicho Comitíé.
 
Es fundamental que el TEC, por sus siglas en ingles, tenga como objetivo la transferencia de tecnologí­a a los paí­ses en desarrollo y no limitarse a ser una entidad de asesoramiento.
 
6) Los paí­ses desarrollados tienen en sus manos gran parte de los derechos de propiedad intelectual. Por ejemplo, para el año 2005 el 76% de las patentes de las energí­as renovables se encontraban en manos de Estados Unidos, Japón y paí­ses de la Unión Europea. En esa medida no es posible hablar de transferencia de tecnologí­a si el Comitíé Ejecutivo de Tecnologí­a no tiene atribuciones sobre el tema de propiedad intelectual.
 
7) En relación a las medidas de verificación reporte y verificación es necesario establecer criterios tanto en financiamiento como en transferencia de tecnologí­a. Este tema debe estar incluido en el trabajo del comitíé constitutivo en financiamiento y del directorio del Comitíé Ejecutivo de Tecnologí­a.



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