Muy señores nuestros.:
En relacion con la operación nºÂ´de fecha por importe para la compra/venta del subyacente nº de titulos efectuada a las xx:xx horas en la que se incluia un stop loss al tick (), operación, en la que según sus indicaciones, no se ejecutó dicho stop por los problemas informaticos que han sufrido o por diferencias horarias con su broker (según versión de las personas de su organización que me han atendido telefonicamente en cada caso) y en vista de las perdidas economicas ocasionadas por dicho fallo en su sistema informatico o de gestión, cuantia que asciende a la cantidad de , y ante la imposibilidad manifiesta por mi parte de acceder a la persona o personas de su organización que pueda resolver dicha contingencia, debido a las constantes excusas, demoras, impedimentos y negativas a entregarme por escrito las causas que han producido este quebranto economico de mi patrimonio, dadas por los empleados de su empresa que me han atendido telefonicamente; por la presente les concedo un plazo de 5 dias laborables a partir de la recepción de esta reclamación, para que consideren la solución extrajudicial de este contencioso, indicandoles, que en caso de no obtener nuevamente, respuesta por su parte, me veríé obligado a comenzar las pertinentes acciones legales contra su entidad, requiriendoles en este acto, con el fin de imputar a dicha compañia de seguros como responsables subsidiarios de dicho quebranto, la poliza de seguros que cubre a su organización de los perjuicios ocasionados por errores o defectos personales o informaticos en este tipo de operaciones que su entidad gestiona. Asi mismo les indico que en dicha acción judicial, solictaríé se persone como parte tanto al Banco de España como garante de operaciones mercantiles con entidades financieras, como a la CNMV como entidad a la que compete dicha actución por rango.
Agradeciendoles de antemano su atención, quedo a la espera de sus noticias
Atentamente
Mas o menos (que yo soy economista y no abogado)
POR CONDUCTO NOTARIAL
A LA DIRECCION GENERAL DE LA ENTIDAD