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Autor Tema: Colonial pierde el primer envite en su demanda de 74 millones contra Portillo  (Leído 333 veces)

Eguzki

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Poco a poco se van desmarañando algunos de los muchos frentes judiciales de la inmobiliaria Colonial contra su expresidente, Luis Portillo. El último capí­tulo tiene que ver con una demanda interpuesta en junio de 2010 contra el promotor andaluz por una operación de compra de un terreno en Roquetas de Mar (Almerí­a) que asciende a 74 millones de euros.


La historia viene de lejos, cuando Portillo decidió comprar Colonial a travíés de Inmocaral. Para acometer dicha operación, realizó una ampliación dineria a la que añadió varias propiedades a cambio de tí­tulos de la inmobiliaria, entre las que se encontraban estos terrenos almerienses y cuyo desarrollo estaba paralizado a la espera de un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad. Estos activos pasaron a la cartera de Colonial una vez completó la compra Inmocaral, pero en el contrato, Portillo y sus socios se reservaban una opción de compra.

El problema es que cuando años más tarde se aprobó el Plan General, las perspectivas de construcción habí­an disminuido, por lo que Colonial reclama ahora el exceso del precio satisfecho, que asciende a 74,1 millones de euros, más los intereses legales de dicho importe. Además, Colonial se niega a pagar a los dueños del suelo los 41 millones de euros pendientes que quedaban de ese contrato y que ya tení­a provisionados.

De ahí­, el interíés de la inmobilaria para que se acometieran las medidas cautelares sobre la finca, es decir, que conste en el Registro que este suelo está bajo una demanda, ante el temor de que la propiedad pueda pasar a un tercero mientras se aclara el proceso judicial y ahora que el críédito hipotecario de 45 millones que pesaba sobre ella ha quedado extinguido.

Ahora, el juzgado de primera instancia número 1 de Roquetas de Mar ha decidido denegar estas medidas cautelares al considerar que la sociedad dueña de la finca, propiedad de Portillo, es solvente y que "no existe riesgo real y concreto de que la parte demandada pudiera aprovecharse de la duración del proceso para hacer inefectiva la tutela judicial que podrí­a otorgarle la sentencia resolutoria de la contienda". Cabe todaví­a recurso.