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Autor Tema: El Gobierno favorece al gran operador nuclear en la nueva ley  (Leído 229 veces)

Eguzki

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La nueva norma beneficia a las compañí­as que ostentan porcentajes elevados de las instalaciones, como Endesa e Iberdrola. Las empresas deben constituir la figura del explotador único de las centrales.

La nueva Ley de Responsabilidad nuclear favorece a las grandes propietarias de centrales. Cuando Alemania ha fijado ya su apagón nuclear para 2022 e Italia va a votar un cambio de modelo energíético en un referíéndum, España acaba de aprobar la Ley sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos, una norma que ha establecido que cada central debe tener un único explotador, un cambio de modelo que beneficiará a Iberdrola o Endesa, que tienen porcentajes mayoritarios de varias centrales.

De esta forma, las empresas tienen tres meses desde el 27 de mayo para adaptarse a la nueva norma, que exige un explotador único de las centrales. Aunque se ha rebajado la pretensión inicial de que hubiera un único propietario a un solo explotador, este cambio de modelo sume a las compañí­as en una dura negociación contrarreloj.

En España hay en estos momentos ocho centrales nucleares en funcionamiento, de las que dos son propiedad exclusiva de Endesa (Ascó I) e Iberdrola (Cofrentes) y las seis restantes tienen varios propietarios. Son íéstas las que tienen que articular una solución a la salida de algunas de las compañí­as propietarias de cada instalación. En concreto, Santa Marí­a de Garoña, Almaraz I, Almaraz II, Ascó, Vandellós II y Trillo.

Los expertos consultados por este diario apuntan a que el modelo que se impondrá con el tiempo es el de Santa Marí­a de Garoña, ya que en esta central Endesa e Iberdrola han constituido una sociedad gestora ex profeso, Nuclenor, en la que participan al 50%.

Por lo tanto, la nueva medida va dirigida a las centrales nucleares cuyo ríégimen de propiedad se articula mediante comunidades de bienes. Así­, el titular único de la autorización de explotación deberá tener además objeto social exclusivo: la gestión de la central en cuestión o de varias centrales nucleares. Por tanto, a diferencia de ahora, no podrá gestionar ni ser propietario de otro tipo de instalaciones de energí­a elíéctrica o de carbón. Pero una misma persona jurí­dica podrá ser el explotador de más de una central nuclear, y podrá ser para ello titular simultáneamente de la autorización de explotación de varias centrales nucleares.

En las negociaciones para adaptarse al nuevo ríégimen pesarán más las empresas que posean un porcentaje mayor de la central, por lo que Gas Natural o Hidroelíéctrica Cantábrico deberán defender su territorio. Además, la píérdoda del tí­tulo de explotador puede ser negativo en concursos internacionales.

El texto
El 26 de mayo se publicó en el BOE la Ley sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos, aprobada el 12 de mayo.

La norma amplí­a en 500 millones de euros (de 700 a 1.200 millones de euros) el tramo de responsabilidad que debe ser asumida por el explotador y la extensión del periodo de reclamación de las ví­ctimas por daños a personas de 10 a 30 años.