Esta semana, el periodista Miguel íngel Criado lograba acceder a una lista elaborada por la CopeerRight Agency que incluía una serie de portales de internet. La lista, que fue encargada por la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos y remitida en 2009 a los ministerios de Industria y Cultura, contenía el nombre de 201 páginas web en español que enlazaban a obras protegidas por copyright.
79 de las 201 webs a día de hoy ya han desaparecido, pero quedan 122 que están en serio peligro. El pasado 30 de diciembre, el Gobierno aprobó el reglamento de la Comisión de Propiedad Intelectual, el órgano que se encargará de determinar si una web infringe la propiedad intelectual de un autor y, en caso de que lo haga, procederá a cerrar la web sin que un juez determine si su actividad venía siendo delictiva o no. La ausencia de los jueces es especialmente significativa, precisamente porque, hasta el día de hoy, ningún juez ha condenado a ninguna web que contuviese enlaces a archivos.
El reglamento de la Comisión entrará en vigor el 1 de marzo, una fecha a partir de la cual ya se podrá llevar a cabo denuncias contra webs que pudiesen estar infringiendo los derechos de algún autor por el hecho de enlazar a un servidor que contiene su obra. Ya ni siquiera bastará que la web no tenga ánimo de lucro, ya que, según el reglamento, la Comisión "llevará a cabo sus funciones respecto a los casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual, por el responsable de un servicio de la sociedad de la información, siempre que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial al titular de tales derechos".
Cerrar la web o bloquear el acceso a ella
En la lista se encuentran varias de las webs de descargas en español más conocidas: Series Yonkis, Taringa, PorDescargaDirecta, Vagos, Cinetube, Elite Torrent... Los procedimientos aprobados por el Gobierno son aún más políémicos si tenemos en cuenta que algunas de estas webs están en español pero no son españolas, mientras que gran parte de las españolas tienen los servidores fuera de nuestro país.
En ese tipo de casos las webs no se podrán cerrar, pero el reglamento establece que "los órganos que tengan legalmente atribuidas competencias para ello pueden dirigirse directamente a un prestador de servicios de intermediación de la sociedad de la información para ordenarle que interrumpa la prestación de un servicio de ese tipo, retire determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España, o impida el acceso desde territorio español a servicios o contenidos cuya interrupción o retirada haya sido decidida".
Sin embargo, tampoco parece que el hecho de que nuestro operador de ADSL nos impida el acceso a según quíé webs vaya a tener demasiado íéxito. Y es que son muchas las funcionalidades ya existentes para evitar los bloqueos DNS (sirva una de ejemplo), con lo que esquivar estas restricciones sería medianamente sencillo para un usuario medio de internet.
Las webs que cierren voluntariamente reconocerán su culpa
Queda por ver quíé harán las webs de descargas una vez que sean denunciadas. Las que quieran podrán cerrar sus webs, pero eso implicará su reconocimiento de la infracción, según el reglamento: "En caso de que, atendiendo al requerimiento de la Sección Segunda, el responsable del servicio de la sociedad de la información voluntariamente interrumpa el servicio o retire el contenido respecto al que se dirige el procedimiento, el instructor procederá a archivar el procedimiento sin más trámite, notificando tal circunstancia a los interesados y dándose, a dicha interrupción del servicio o retirada voluntaria, valor de reconocimiento implícito de la referida vulneración".
¿Quíé harán las webs que hayan sido cerradas?
Lo más probable es que muchas de las webs cerradas por la Comisión denuncien su cierre ante un juzgado. Y ahí es donde la cosa se pondrá interesante, ya que el protagonismo volverá a manos de un juez, que será el que decida si el cierre se llevó a cabo conforme a la Ley. Teniendo en cuenta, como dijimos al principio, que ningún juez ha condenado nunca a ninguna web de descargas, podría producirse un encontronazo entre la justicia y las decisiones de la propia Comisión de Propiedad Intelectual.
Por ello, son varios los expertos que a menudo reconocen en privado que la ley Sinde tendrá vigencia durante un espacio de tiempo limitado: el que tarde un webmaster en denunciar el cierre de su web ante un juzgado, ganar el caso y volver a operar sin problema.