â– Competencia cree que traspasó clientes sin consentimiento del consumidor.
â– La elíéctrica no está de acuerdo con la resolución y recurrirá su contenido.
â– La CNC indica en un comunicado que su decisión es fruto una denuncia presentada a finales de 2009 por Gas Natural Servicios y Unión Fenosa Comercial
La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha impuesto una multa de 10,6 millones de euros a Iberdrola por cometer infracciones relacionadas con el proceso de traspaso de clientes desde la comercializadora de último recurso de luz hasta la comercializadora en mercado libre.
La CNC considera que Iberdrola realizó estos traspasos sin recabar el consentimiento expreso del consumidor exigido por la normativa sectorial, y entiende por ello que la elíéctrica ha incurrido en un caso de "competencia desleal". Fuentes de Iberdrola indicaron que la elíéctrica no está de acuerdo con la resolución y que recurrirá su contenido por la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional.
Por su parte, la CNC indica en un comunicado que su decisión es fruto una denuncia presentada a finales de 2009 por Gas Natural Servicios y Unión Fenosa Comercial contra Iberdrola por realizar el traspaso de contratos desde la comercializadora que suministra energía a tarifa regulada a la comercializadora que lo hace en el mercado libre.
Entre agosto de 2009 y marzo de 2010, Iberdrola traspasó clientes sin su consentimiento desde la comercializadora de último recurso de su grupo hasta la comercializadora en mercado libre. La normativa sectorial obliga a disponer del consentimiento expreso del cliente para el cambio de suministrador de energía elíéctrica.
Pequeñas y medianas empresas
La CNC indica que las infracciones afectan en gran medida a consumidores conectados a baja tensión y con potencia contratada superior a 10 kilovatios (kW), quienes desde julio de 2009 se quedaron sin el derecho a disfrutar de la tarifa regulada. Por este motivo, asegura que "no resulta aventurado afirmar que fueron mayoritariamente pequeñas y medianas empresas las destinatarias de estas acciones de Iberdrola".
Tras constatar que la conducta se produce en plena liberalización del mercado minorista, que se dirigió a pequeñas y medianas empresas, y que el servicio afectado es un 'input' básico para las empresas, el consejo de la CNC concluye que "no hay duda de que la conducta de Iberdrola ha afectado al interíés publico".
Frente a la resolución, Iberdrola recuerda que los clientes afectados por el caso son lo que se quedaron sin derecho a acogerse a la Tarifa de Ultimo Recurso (TUR), a quienes se les suministraba electricidad desde la comercializadora de último recurso de la elíéctrica de forma transitoria y con el recargo del 20% que, a modo de penalización, contempla la legislación.
Iberdrola entiende que actuó correctamente al notificar a los clientes, mediante el envío de una serie de cartas, su situación y sus derechos y darles la opción de cambiarse al comercializador del mercado libre que desearan.
Además, considera que la CNC no ha tenido en cuenta los beneficios derivados del paso al mercado libre de dichos clientes, tanto en tíérminos de pago de un menor precio, dado que estaban siendo penalizados, como de eliminación del riesgo de cese del suministro elíéctrico, contemplado en la legislación vigente.
Además, la compañía recuerda que todos estos clientes eran libres para haber cambiado de suministrador en el mercado libre sin haber sufrido por ello penalización económica alguna.