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Autor Tema: Hacienda cambia la ley para evitar que los bancos utilicen la dación en pago  (Leído 148 veces)

Eguzki

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El Gobierno ha utilizado la nueva ley antifraude que entró en vigor el pasado 31 de octubre para modificar la Ley del IVA y evitar que los bancos utilicen la dación en pago para defraudar a Hacienda.

Los inspectores habí­an detectado un incremento del fraude en el IVA a travíés de la figura de la dación en pago entre entidades financieras y empresas que quieren liquidar su deuda con los bancos.

El presidente de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), Ransíés Píérez Boga, ha explicado a Europa Press que el fraude consistí­a no solo en eludir el pago del IVA que requiere la transmisión del inmueble, sino tambiíén en la deducción de la que se beneficiaba el banco posteriormente.

Cuando una empresa recurrí­a a la dación en pago para liquidar una deuda pendiente con un banco, la entidad financiera adquirí­a el inmueble por un determinado valor más lo correspondiente en IVA y la empresa liquidaba el pago del impuesto con Hacienda.

De esta forma, la empresa en cuestión no solo entregaba el inmueble al banco, sino que además era la responsable de cumplir con el fisco, a pesar de no haber recibido dinero del banco para satisfacer el pago pendiente con Hacienda.

Posteriormente, los bancos podí­an deducirse el pago del impuesto por la adquisición, ya que realizaban estas operaciones a travíés de las sociedades de gestión de activos inmobiliarios, que se dedican únicamente a la compra-venta y que pueden aplicarse este tipo de deducciones.

Así­, si una empresa transmití­a a una de estas sociedades una vivienda por valor de 100.000 euros para saldar una deuda con la entidad financiera, el banco formalmente adquirí­a el inmueble por un valor de 92.000 euros más 8.000 en concepto de IVA.

De esta forma y de cara al fisco, es la empresa la que no ha cumplido con sus obligaciones, puesto que es la que tiene que liquidar el pago del IVA, aunque es la sociedad de gestión la que se deduce despuíés el pago del impuesto soportado.

El IVA
El cambio que ha realizado Hacienda modifica el artí­culo 84 de la ley del IVA relativo a los sujetos pasivos, y establece que el sujeto adquiriente del inmueble solo podrá deducirse el IVA soportado si acredita que ha ingresado el IVA repercutido.

Así­ y a partir de ahora, serán los bancos los que tengan que pagar el IVA directamente Hacienda, de forma que no puedan eludir el pago de este impuesto y deducí­rselo despuíés sin haberlo soportado.

De hecho, con el cambio, el Gobierno busca evitar el doble perjuicio para la Hacienda Pública que supone la falta del ingresos del impuesto por el transmitiente del inmueble y por la deducción del IVA soportado por el adquiriente del mismo.

La propia Agencia Tributaria reconoció el aumento del fraude a travíés de la dación en pago y aseguró que lo "práctico" en estos casos es ir directamente a la inversión del sujeto pasivo.