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Autor Tema: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece  (Leído 447 veces)

Eguzki

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El ríégimen de caja retrasará las desgravaciones y elevará el control fiscal
Los analistas auguran que una minorí­a optará por el nuevo míétodo

Pymes y autónomos descorcharon el miíércoles las botellas de champán cuando el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció que podrán, a partir de 2014, aplicar el criterio de caja en la gestión del IVA. Dicho de otra forma, pagarán el IVA al cobrar la factura y no, como sucede ahora, cuando se emite. Acogerse al criterio de caja será voluntario y, a la espera de conocer la letra pequeña, los expertos ya advierten que conllevará efectos colaterales no deseados. Según Hacienda, el denominada criterio de caja podrá “beneficiar a 2,3 millones de autónomos y pymes”. Las previsiones más pesimistas apuntan a que apenas 100.000 compañí­as optarán por este ríégimen y, las más optimistas, elevan la cifra por encima de las 500.000. En cualquier caso, mucho menos de la mitad. Estos son los obstáculos:

 ¿Cuándo desgravar?

El IVA es, en teorí­a, un impuesto neutro para las empresas que recae sobre el consumidor final. En un operación entre dos empresas, la compañí­a que actúa como cliente soporta un IVA que podrá deducirse y el proveedor será el encargado de ingresar el impuesto que lleva aparejada la factura. El resultado fiscal de la suma siempre deberí­a ser cero. Sin embargo, ello no siempre es así­. Si una compañí­a paga tarde o no paga a su proveedor, íéste se ve obligado a ingresar en Hacienda un IVA que no ha cobrado. Precisamente esta situación se pretende evitar con el llamado criterio de caja. Sin embargo, hay otra forma de verlo. Hasta ahora, un compañí­a tambiíén podí­a deducirse un IVA que no habí­a pagado. En principio, el criterio de caja afectará tanto al pago como a la deducción. Dicho de otra forma: el proveedor que opte por el criterio de caja no ingresará el IVA hasta cobrar la factura y, su cliente, no podrá deducirse el IVA soportado hasta que no abone el importe de la operación. Solo la primera parte de la ecuación es la que beneficia a las empresas.

Doble contabilidad

Recurrir al criterio de caja será optativo para aquellas compañí­as con un volumen de facturación que no supere los dos millones de euros. Ello supone que, a partir de 2014, algunas compañí­as utilizarán el criterio de caja y otras mantendrán el criterio actual de devengo. Precisamente, este es el motivo por el que Josíé Manuel de Bunes, exdirector general de Tributos y director de la oficina en Madrid de Arco Abogados, apunta que la medida anunciada por el Gobierno “es un disparate que va a complicar la vida a las empresas”.

En una nota del Gobierno se especifica que los clientes y proveedores de la pyme que se acoja al nuevo ríégimen “deberán utilizar el criterio de caja”. Eduardo Verdún, socio de Ernst & Young Abogados y exsubdirector general de Impuestos sobre el Consumo, señala que ello generará una suerte de doble contabilidad. En función de si sus proveedores aplican el criterio de caja o el de devengo, una empresa se deducirá el IVA en el momento de recibir una factura y, en otras ocasiones, en el momento de pagarla. Verdún, que en cualquier caso celebra la medida del Gobierno, apunta que ello genera un complejidad añadida. No es un tema menor. La gestión del IVA es uno de los trámites más farragosos para una empresa y que roba más tiempo. El presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, reconoce la dificultad tíécnica de materializar la medida del Gobierno y señala que toda esta problemática se está estudiando con Hacienda.

Legalmente, serí­a posible que el Ejecutivo permitiera que una empresa se desgravara siempre el IVA en el momento de emitir la factura con independencia de si su proveedor aplica el criterio de caja o de devengo. Sin embargo, como apunta Verdún, ese escenario resulta improbable. Hacienda difí­cilmente aceptará devolver un IVA que previamente no ha ingresado ni sabe cuando recaudará. En caso contrario, se originarí­a una serio problema a las arcas públicas, se fomentarí­a el fraude y las devoluciones de la Agencia Tributaria se convertirí­an en un fórmula de financiación sin interíés

Grandes empresas

La normativa europea impide que la posibilidad de pagar el IVA al cobrar las facturas se aplique de forma generalizada y limita tal posibilidad a las compañí­as con un volumen de facturación que no sobrepase los dos millones. Ello significa que parte de las pymes y todas las grandes empresas seguirán aplicando el criterio de devengo. Sin embargo, cuando su proveedor sea una pyme acogido al criterio de caja, no podrán deducirse el IVA hasta que paguen la factura. Como ya se ha señalado, ello implica llevar una doble contabilidad y genera disfunciones en los sistemas administrativos e informáticos que tienen las grandes compañí­as. En este contexto, resulta probable que estas grandes corporaciones solo quieran mantener relaciones comerciales con pymes que mantengan el sistema de devengo, lo que supone un importante desincentivo para acogerse al criterio de caja. Amor, de ATA, reconoce este problema y apunta que se buscan fórmulas para sortearlo. Hay que tener en cuenta que precisamente son las grandes empresas las que establecen perí­odos de pago más largos, provocando que los proveedores deban ingresar en Hacienda un IVA que todaví­a no han cobrado.

Además, el Gobierno señala en su nota que si una sociedad opta por el criterio de caja, deberá mantenerlo “en todas las operaciones”. Es decir, una compañí­a no podrá aplicar uno u otro ríégimen en función de la voluntad de sus clientes.

De Bunes asegura que los posibles beneficios del nuevo ríégimen no compensan los problemas que ocasionará. En su opinión, la solución más práctica hubiera sido que las pymes pudieran aplicar el criterio de caja cuando sean proveedores de la Administración Pública que, habitualmente, paga con un retraso muy superior al privado. Además, el sector público no tiene derecho a deducción y, por lo tanto, actúa como consumidor final. En estos casos, no existe el problema de que la Agencia Tributaria pudiera devolver un IVA que no ha ingresado. Fuentes de Hacienda no descartan que se establezca un perí­odo transitorio en el que el ríégimen de caja solo se aplicarí­a a pequeñas empresas que son proveedoras de la Administración Pública.

 Mayor control fiscal

La letra pequeña del cambio de ríégimen en el IVA tambiíén incluirá, con toda probabilidad, un mayor control fiscal sobre aquellas compañí­as que opten por el criterio de caja. No está claro todaví­a quíé tipo de nuevas obligaciones se establecerán pero resulta indudable que existirán. Hay que tener en cuenta que el hecho de que las compañí­as ingresen el IVA al cobrar la factura y no en el momento de emitirla supone que Hacienda perderá, en el corto plazo, ingresos. Y la Agencia Tributaria querrá establecer mecanismos para controlar que efectivamente el IVA se abona a las arcas públicas en el momento de cobrar la factura y no cuando a la empresa le convenga.

Una de las posibilidades pasa por obligar a las pymes a presentar en Hacienda los llamados libros registro de IVA, que incluyen el detalle de todas las facturas que una compañí­a emite y recibe. Este requisito actualmente solo se aplica para las compañí­as apuntadas al ríégimen de devolución mensual de IVA. Otra posibilidad es establecer una nueva declaración ad hoc para que Hacienda sepa exactamente cuando se cobra un factura.

Todas estas circunstancias son las que hacen prever que la mayorí­a de compañí­as se mantendrá en el ríégimen tradicional, aunque ello suponga pagar el IVA de facturas que no se han cobrado. En cualquier caso, la medida sí­ que puede resultar muy útil para ciertos establecimientos como las farmacias, que sufren las consecuencias en su tesorerí­a de la elevada morosidad de la Administración Pública.

Rebajas tributarias en Sociedades
I+d+i

Junto a la tan esperada opción de pagar el IVA en el momento de cobrar la factura, Mariano Rajoy anunció el miíércoles otras medidas. Una de las principales novedades es la mejora de la deducción en el impuesto sobre sociedades por las inversiones en I+D+i. Por primera vez, se permitirá que las empresas que no se hayan podido aplicar este beneficio fiscal por registrar píérdidas, puedan hacerlo más adelante.

Actualmente, muchas de las deducciones que contempla el tributo no sirven a las empresas, ya que, al no registrar beneficios, no deben pagar ni un euro por el impuesto de sociedades y, por lo tanto, resulta inútil cualquier deducción en la cuota. “Será el único incentivo fiscal del tributo que no estíé condicionado a la existencia de cuota del impuesto sobre sociedades, pero vinculado a la creación o el mantenimiento del empleo”, señala el Gobierno en una nota.

Tipo del 15%

Rajoy tambiíén prometió una reforma legal que establecerá que las sociedades de nueva creación tributen a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en los “que se obtengan beneficios”. Es decir, una sociedad que empiece ahora su actividad no precisará obtener ganancias de inmediato para acogerse al gravamen del 15%.

El tipo en el impuesto sobre sociedades asciende al 30% y al 25% para las pymes. Aunque aquellas compañí­as con una cifra de negocio inferior a cinco millones de euros y que mantengan el empleo pueden aplicar un gravamen del 20%. Por otra parte, tambiíén los autónomos que inicien actividades económicas y tributen en el IRPF podrán aplicarse una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en los que obtengan resultados positivos.

Reinversión

Las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones de euros podrán deducirse hasta un 10% en la cuota í­ntegra del impuesto sobre sociedades de los beneficios obtenidos en el periodo impositivo que se reinviertan en la actividad económica. En este caso, no se permite que las empresas puedan reservarse este beneficio fiscal. Los últimos datos de la Agencia Tributaria indican que solo el 40% de los contribuyentes del impuesto sobre sociedades presenta beneficios.

‘Business angel’

Las medidas fiscales que actualmente prepara Hacienda tambiíén incorporarán incentivos fiscales para facilitar que contribuyentes con recursos ayuden y financien a emprendedores. “El inversor particular que participe temporalmente en empresas nuevas o de reciente creación aportando o capital financiero exclusivamente (capital semilla) o capital financiero acompañado de sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la actividad de la sociedad en la que invierten tendrá derecho a una deducción del 15% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en una sociedad”, señala el Gobierno. Este beneficio fiscal se aplicará de forma parecida a la deducción por vivienda.

Además, cuando el inversor retire su capital al salir de la empresa, tendrá derecho a una exención parcial de la plusvalí­a obtenida del 50%. Este incentivo se aplicará siempre y cuando el dinero obtenido se reinvierta en otra “entidad de nueva o reciente creación”.

En cualquier caso, Hacienda aclara que la deducción en el IRPF y la exención en plusvalí­as solo regirá en inversiones temporales. Es decir, “las acciones deberán transmitirse entre el tercer y el noveno año de tenencia de la participación”



pharma

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #1 en: Febrero 22, 2013, 09:12:57 am »

Legalmente, serí­a posible que el Ejecutivo permitiera que una empresa se desgravara siempre el IVA en el momento de emitir la factura con independencia de si su proveedor aplica el criterio de caja o de devengo. Sin embargo, como apunta Verdún, ese escenario resulta improbable. Hacienda difí­cilmente aceptará devolver un IVA que previamente no ha ingresado ni sabe cuando recaudará. En caso contrario, se originarí­a una serio problema a las arcas públicas, se fomentarí­a el fraude y las devoluciones de la Agencia Tributaria se convertirí­an en un fórmula de financiación sin interíés
Que bueno, es justo lo que está sucediendo ahora mismo, Haciendaes ingresando un IVA que previamente la empresa no ha cobrado ni sabe cuando recaudará. es decir, la Agencia Tributaria se está financiación a interíés cero con el dinero de las empresas.
Esto que sucede ahora es admisible, lo contrario dificilmente...
CHORIZOS

Orpheo

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #2 en: Febrero 22, 2013, 12:58:01 pm »
El criterio de caja puede ser un autíéntico follón,  en principio ( a ver como lo articulan) no se puede hacer si llavas contabilidad según el PGC, otra cosa son estimación directa simplificada y demás zarandajas. No es oro todo lo que reluce.
En individuos, la locura es rara; en grupos, partidos, naciones y épocas, es la regla", Nietzsche.

pharma

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #3 en: Febrero 22, 2013, 01:47:54 pm »
El criterio de caja puede ser un autíéntico follón,  en principio ( a ver como lo articulan) no se puede hacer si llavas contabilidad según el PGC, otra cosa son estimación directa simplificada y demás zarandajas. No es oro todo lo que reluce.
La mayoria de la quejas de autónomos y pimes son de empresas que no llegan al millón de euros de facturación, o llegando lo sobrepasan por poco.
Si el PGC es obligatorio a partir de 600.000€, se pasa la obligatoriedad al millón de € y así­ pueden seguir en estimación directa simplificada un mogollón de pymes que tendrí­an más facil lo de seguir el criterio de caja.
Una vez sobrepasado el millón de € o millón y medio o lo que estipulen, te pasas a PGC y ahí­ tienes que pagar el IVA al emitir la factura, como hasta ahora.
Es una solución...? Pues no lo síé, con esto quiero decir que con voluntad de hacerlo se  puede hacer, eso está claro.

Orpheo

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #4 en: Febrero 22, 2013, 02:25:43 pm »
La mayoria de la quejas de autónomos y pimes son de empresas que no llegan al millón de euros de facturación, o llegando lo sobrepasan por poco.
Si el PGC es obligatorio a partir de 600.000€, se pasa la obligatoriedad al millón de € y así­ pueden seguir en estimación directa simplificada un mogollón de pymes que tendrí­an más facil lo de seguir el criterio de caja.
Una vez sobrepasado el millón de € o millón y medio o lo que estipulen, te pasas a PGC y ahí­ tienes que pagar el IVA al emitir la factura, como hasta ahora.
Es una solución...? Pues no lo síé, con esto quiero decir que con voluntad de hacerlo se  puede hacer, eso está claro.
Hay mucha pyme que es sociedad limitada. No pueden llevar la estimación directa simplificada.Tributan por impuesto de sociedades y tienen que aplicar el plan contable, aunque sea el de pymes o micropymes
En individuos, la locura es rara; en grupos, partidos, naciones y épocas, es la regla", Nietzsche.

pharma

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #5 en: Febrero 22, 2013, 04:38:41 pm »
Hay mucha pyme que es sociedad limitada. No pueden llevar la estimación directa simplificada.Tributan por impuesto de sociedades y tienen que aplicar el plan contable, aunque sea el de pymes o micropymes
No he caido en eso, en mi sector está prohibido constituirse en sociedad.

jeje

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #6 en: Febrero 23, 2013, 10:02:05 am »
De todas formas Orpheo y Pharma, ya esta bien de presuponer, por parte del Estado, que las empresas somos una pandilla de chorizos. Se aprueba la normativa y no hay que cambiar nada , ni mas papeles, ni mas leches. Señores, el IVA se paga cuando se cobra y Uds, hacen sus declaraciones trimestrales conforme al criterio de caja, ahora bien, como en un control de estos informativos o inspección, enganchemos a listo (no un error) si no a un listo, se va a acordar de la madre de todos los contribuyentes.. y ya esta... es muy sencillo. Pero ya esta bien de control+control+control+control sobre el control.. joder que yo no se las horas que echo al año con papeles, declaraciones informativas, me trae Uds esta documentación porque......etc... para que me tengan "controlado"...con el pluto (perro) descontrol que hay por todos lados...

jeje

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #7 en: Febrero 23, 2013, 10:08:02 am »
Y ademas... que ya se me han hinchado las "gonadas" con este tipo de articulos... QUEREIS CONTROL FISCAL?.. pues quitar el dinero de la circulación y que todo tipo de operacion la tengamos que hacer telematicamente, via tarjeta, DNI electronico con firma digital (de dedo) o similar.... vereis que rapidito se acababa el cuento... A no...que eso no interesa... que deja rastro hasta la compra de pipas y a ver como cooooniooo os lo llevais a Suiza sin que se note........andaaa carallo.... que va a ser eso...
Plutos golfos.... (somos una sociedad destinada a desaparecer.....no hacemos ABSOLUAMENTE NADA que no empeore el planeta... nada...)

Ricky33

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Re: Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece
« Respuesta #8 en: Febrero 23, 2013, 07:29:17 pm »


  Las ocurrencias del Gobierno.Tanto que hablan de simplificar papeleo,simplificar el procedimiento para crear ó abrir un negocio,quitemos a tanto inútil.basta de creer que el empresario se dedica a robar,estafar,esconder,mentir..simplente es un ciudadano que ha optado por crear una empresa para intentar obtener beneficios.Muy discutible hoy en dia,muchisimos ya se han rendido y otros debajo del agua.

   Los ladrones estaban en la CEOE,en las grandes fortunas que buscan dejar de pagar impuestos,seguros sociales,IVA.etc.A esos la GC y hasta el último euro para que retorne todo el dinero al ciudadano,de propina unos años en la cárcel.Empezando por los que todos tenemos en la cabeza y muchisimos más,ESO ES REGENERACIí“N.